Antonio Gómez Cataño, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habrá trece días que murió Fernando de Betancourt y que por hallarse enfermo en un rancho fuera de esta villa y por su acelerada muerte, sólo otorgó ante testigos una memoria como testamento, con asistencia del Bachiller don Juan Medrano y Avendaño, persona que le administró los sacramentos, en cuya memoria lo nombra como su albacea, junto con Isabel de Arévalo, su mujer, a quien nombró como su heredera. Por lo tanto, solicita a Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa, que presentada dicha memoria, se sirva mandar que los testigos de dicha memoria declaren si la otorgó por su última voluntad estando en su entero juicio, y hecho, la declare por testamento nuncupativo, para así poder pasar al avalúo y aprecio de sus bienes por la persona o personas que su merced fuere servido.
Sem títuloIsabel de Arévalo, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], hija legítima de [José de] Arévalo y Petrona Gómez, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda a Nuestra Señora de los Dolores, sita en el convento de Señor San Antonio de esta villa, 10 pesos para ayuda de su colateral. Manda que de los bienes de Juan Ludovico Blois, declarados en el testamento que dejó el susodicho, cobre su albacea los reales que fuere por bienes suyos. Declara que en poder de Antonio de Olivera, su hermano, tiene 200 pesos desde hace cinco años y solo le ha pagado réditos de dos años, de los cuales ordena se destinen 100 pesos para su entierro, misas y mandas, y los otros 100 pesos los hace manda graciosa a Elena García de Miranda, su sobrina, que está en su compañía, hija de Juan García de Miranda y María García, difuntos, hasta que tome estado o tenga edad competente, y en caso de que fallezca antes, se le entregue dicha cantidad a sus otras sobrinas en el orden que se menciona. Declara que durante el matrimonio que tuvo con Francisco de Porras, no tuvieron hijos. Nombra como albacea al Capitán Alonso Gómez Dávila. Y nombra como herederas a sus sobrinas Elena, Juana y Nicolasa García de Miranda.
Sem títuloIsabel de Arévalo, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima de José de Arévalo, vecino de ella, y de María Anastasia Gómez, difunta, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara haber sido albacea, heredera y tenedora de bienes de Fernando de Betancourt, su marido. Declara que entre varias personas que le deben, Nicolás Velázquez, carpintero, vecino de esta villa, le debe 12 pesos que le dio para una puerta con su clavazón y cerradura. Declara por bienes la casa de su morada, que es de cal y canto, cubierta de teja, sin puertas y sin ventanas, labrada en solar de 50 varas por cada viento; por el norte, calle en medio, linda con casa que fue de Benito Caravallo; por el sur con solar que fue de Francisca de Betancur; por el oriente, calle en medio, con solar de Francisca García; y por el poniente con solar de Josefa de Guzmán. Manda se le dé a Juana de Arévalo, su hermana, 200 pesos para ayuda al socorro de sus necesidades, por ser doncella pobre. Nombra como albacea testamentario y tenedor de sus bienes al Licenciado don José Mayorga Cervantes, Presbítero Vicario de esta villa. Nombra como heredero a José de Arévalo, su padre.
Sem títuloDoña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de don Joseph [José] de Olibera [Olivera], vecina de esta jurisdicción y natural de esta villa de Córdoba, hija de [Juan] García de Miranda y de doña María de [Leiva], difuntos, otorga su testamento en el que señala lo siguiente: Ordena se digan 1 000 misas rezadas por el alma de su marido y sus padres; y por su alma se digan las misas de la Emperatriz y las de San Vicente Ferrer. Ordena se den 300 pesos al convento de Señor San Antonio de esta villa y 300 a la iglesia parroquial para ayudar a la continuación de sus obras materiales. Declara ser deudora de diferentes cantidades de pesos a don Nicolás de Olibera [Olivera], su hijo, y al Regidor Miguel de Leiba, su primo, persona que tiene su poder y ha corrido con sus negocios, y a quien manda no se le pida cuenta alguna. Declara haber sido albacea y tenedora de bienes de su marido, tutora y curadora ad bona de sus menos hijos. Durante su matrimonio procrearon a Nicolás de Olibera [Olivera], que fue casado con doña Magdalena de [Gatica], difunta; a María de la Encarnación, Religiosa en el monasterio de Santa Clara de la ciudad de la Puebla; y a doña Rosa Francisca, de quince años. Nombra como herederos a don Nicolás de Olivera y a doña Rosa Francisca de Olivera, en atención a que la madre María de la Encarnación, al tiempo de su profesión renunció a las herencias paterna y materna. Declara que en una de las cláusulas del testamento de su marido, mandó se sacaran 1 000 pesos de sus bienes y se le diesen a la madre María de la Encarnación, y con sus réditos hacer vestuario o lo que quisiese, para cuyo efecto se pusiesen en depósito, lo cual no ha tenido efecto. También es su voluntad que de sus bienes se saquen 200 pesos para Francisca de Miranda, su sobrina y ahijada. Declara tuvo en su [administración] la hacienda de trapiche que quedó por bienes del dicho su marido y la casa de su morada, cuyo trapiche se encuentra libre de cuentas. Manda se den 200 pesos a la niña Francisca de Betancor, su sobrina; a Isabel de Arebalo [Arévalo], su hermana, 100 pesos; 100 pesos a Thomasa [Tomasa de Herrera], la viuda de Mathías [de] Tamaris [Matías Tamariz]; 100 pesos a [roto] de Algarín, viuda de Juan de Manecas; asimismo, 50 pesos de limosna para el santuario del Señor San Miguel del Milagro, de la jurisdicción de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala]. También, manda se saque de sus bienes lo que importare un vestido de lama para la Limpia Concepción de Nuestra Señora, sita en la iglesia de esta villa. Ruega a su hijo Nicolás, continúe sacando a procesión el paso del Santo Sepulcro como se acostumbra todos los viernes santos. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes, se imponga a 5 por ciento y sus réditos se adjunten a los 1 000 pesos referidos, para que le sirvan de alivio a la madre María de la Encarnación. Declara por bienes la hacienda de trapiche en esta jurisdicción, nombrada San Francisco de las Mesillas, con las suertes de caña, casa y todo lo que le pertenece, junto con los esclavos que se mencionan en esta escritura, y medio solar. Nombra por su albacea testamentario y tenedores a dicho [Nicolás] de Olibera [Olivera], y al Regidor Miguel de Leyba [Leiva].
Sem títuloIsabel de Arévalo, viuda de Fernando de Betancourt, hija legítima de José de Arévalo y de María Anastasia Gómez, difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba de donde ella es natural, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara por bienes la casa de su morada, de cal y canto cubierta de teja, fabricada en un solar de 50 varas por cada viento, que por el norte linda, calle en medio, con casa que fue de Benito; por el sur con solar que fue de Francisco de Betancur; por el poniente con solar de Josefa de Guzmán; cuya casa heredó de su marido. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero. Nombra heredero a dicho bachiller, por no tener herederos forzosos.
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