El Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, otorga que el poder que tiene de doña María Manjares [María Manjarrez Azañon], vecina de ella, viuda, mujer que fue de Juan Maldonado, fecho en la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Francisco de Paula, a los 15 de febrero del presente año, lo sustituye en Gabriel de Bonilla Calderón, vecino de la ciudad de los Ángeles.
Sans titreDiego de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán don Gabriel de Bonilla Calderón, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre venda, en dicha ciudad o en donde le pareciere, al precio que ajustare, un negro esclavo, criollo, nacido y criado en su casa, nombrado Juan de la Cruz, de quince años poco más o menos de edad, el cual venda sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, por libre de empeño, enajenación hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, enfermedad, vicio ni defecto.
Sans titreDiego de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a doña María del Castillo y Peña, vecina de la ciudad de los Ángeles, viuda del Capitán don Gabriel de Bonilla Calderón, un negro criollo nacido y criado en su casa, nombrado Juan de la Cruz, de quince años de edad poco más o menos, lo vende por esclavo cautivo sujeto a servidumbre por libre de empeño, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, en la cantidad de 300 pesos de oro común que declara haberlos recibido en reales de contado.
Sans titreFrancisco [roto], vecino de esta villa, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar, otorga poder especial al Capitán Gabriel de Bonilla Calderón, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre pueda vender y venda un negro su esclavo nombrado Juan del Corral, que hubo y compró de Joseph [José] de Mañas; y en caso que no pueda vender dicho esclavo, lo pueda cambiar por otro esclavo o esclava otorgando escritura necesaria.
Sans titreEl Capitán don Gaspar del Monje y Mendossa [Gaspar del Monge y Mendoza], vecino de esta dicha villa, dijo que por escritura de 23 de octubre de 1684 se obligó a la paga y satisfacción de un [roto] y 4 pesos y 4 tomines de oro común [roto] a la Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, [roto] de los diezmos que fueron de la cordillera de [la ciudad de Tehuacán], por otros tantos que lo importaron [roto] y maíces [roto]. Asimismo, señala que al presente sólo resta debiendo 77 pesos y 4 tomines, como consta por recibo que tiene en su poder; sin embargo la parte de la Santa Iglesia asegura que el otorgante adeuda 184 pesos. Por tanto, para que se pueda ajustar cuentas, otorga poder al Capitán don Gabriel de Bonilla [Calderón], vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre del otorgante comparezca en la contaduría de dicha Santa Iglesia, ante los señores jueces hacedores de ella, y represente no deber más que los 77 pesos y 4 tomines de resto de la escritura mencionada, para lo cual presente los recibos que le remite junto con este poder.
Sans titreDon Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, como albacea testamentario y tenedero de bienes del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, sus difuntos suegros, nombrado por tal en el testamento que dichos difuntos otorgaron en la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en esta jurisdicción, su fecha a 13 de mayo de 1699 por ante Bernardino Felices, Escribano de Su Majestad; dijo que don Gabriel de Bonilla, difunto, y doña María del Castrillo y Peña, su legítima mujer, vecina de la ciudad de los Ángeles, deben a los bienes de dichos difuntos 1 494 y 5 reales de resto de ajuste de cuentas, cuya cantidad se obligaron a pagar juntos de mancomún al dicho don Gaspar del Monge, por escritura que otorgaron en dicha ciudad de los Ángeles el 23 de abril de 1702. Y siendo su obligación la cobranza de dicha cantidad, otorga poder especial al Capitán don Pedro Fernández Ronderos, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda pedir, demandar, recibir y cobrar de los bienes y herederos de don Gabriel de Bonilla Calderón y de los de María del Castillo y Peña, dicha cantidad que deben.
Sans titreEl Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que los poderes generales que le otorgaron doña María López del Castillo, mujer legítima del Capitán Gabriel de Bonilla Calderón, ante Juan Gutiérrez de Padilla, Escribano de Su Majestad, en la ciudad de los Ángeles el 22 de agosto de pasado; y el otro por doña María del Castrillo, viuda del Capitán Juan Moreno de Torija, vecina de la ciudad de los Ángeles, ante el mismo escribano y en dicha ciudad el 23 de dicho mes y año; otorga los sustituye en Diego de Brito Lomelín, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que use de ellos en todo y proceda a las diligencias convenientes y necesarias según lo mencionado en ellos.
Sans titrePedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, revoca el poder que le dio y otorgó a Gabriel de Bonilla Calderón, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, con fecha a 27 de julio de 1697 ante Nicolás López, Escribano Público que fue de esta villa. Y por la presente otorga poder especial a José Núñez Jiménez, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda pedir y demandar, haber y cobrar de los bienes y albaceas de doña Francisca de la Torre Mercado, viuda mujer que fue de Pedro López del Castrillo, sus difuntos padres, 1 565 pesos 4 tomines y 4 granos que le tocan por cuenta y pago su legítima paterna y materna, que le fueron adjudicados, entre otras porciones, en el valor y sobre la hacienda nombrada San Pedro en el paso de Santa Ana Chautempan [Chiautempan]de la provincia de la ciudad de Tlaxcala, la cual fue rematada por bienes de dichos sus padres en Juan Álvarez Montero, quien especialmente se obligó a pagarle dicha cantidad.
Sans titreEl Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán Juan de Vargas Carvajal, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles; para que en su nombre pueda pedir, demandar, haber y cobrar de los bienes y herederos de don Gabriel de Bonilla Calderón, 600 pesos de oro común que el susodicho le quedó debiendo y de que le hizo esperas como consta de los autos que se están siguiendo de concurso de acreedores que se ha formado contra los bienes del susodicho. Asimismo, para que haga nuevo pedimento contra dichos bienes por cantidad de 584 pesos 5 reales y medio, que por último ajuste de cuentas que hicieron después de dicha espera, le quedó debiendo el dicho don Gabriel de Bonilla Calderón, cuya liquidación y alcance de dicha cantidad consta en el libro de dicho difunto, que para en poder de doña María del Castrillo y Peña, mujer de dicho Gabriel de Bonilla, y que le consta también a Manuel Carmona, su mayordomo.
Sans titreEl Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder a Gabriel de Bonilla [Calderón], vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre cobre todo lo que le deban; para que pueda vender cualesquier de sus esclavos y comprar otros al fiado o de contado; para que a su dicta y crédito saque dineros en préstamo, lo pueda obligar a pagar y otorgue las escrituras necesarias; y para que lo represente y defienda en todos su pleitos, causas y negocios.
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