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Descripción archivística
1645, Expediente 1
MX UV.USBIX ANO-E-0092-EO_0092_1000 · Unidad documental simple · 05/02/1663
Parte de Archivo Notarial de Orizaba

Se tomó la razón de 4 pipas de vino en 24 barriles que remite el Capitán Juan de Baldona, vecino de la Veracruz, en la recua de José Ferrera, para entregar en México al Capitán Juan de Cabienas [Cabañas].

1645, Expediente 1
MX UV.USBIX ANO-E-0092-EO_0092_0739 · Unidad documental simple · 08/03/1657
Parte de Archivo Notarial de Orizaba

Se tomó la razón de 3 pipas de vino en 18 barriles, que lleva Joseph [José] Ferrera para entregar en la ciudad de Cholula al Capitán don Pedro Puerto Carrero [Portocarrero] y Monroy.\n

Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0024 · Unidad documental simple · 1694/04/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Miguel Díaz de Aguilar, marido y conjunta persona de doña Josepha [Josefa] María de Prado y Monje [Monge], hija del Tesorero Miguel de Prado y de doña Agustina [roto] y Monje, vecinos de esta villa, dijo que cuando contrajo matrimonio, su [suegro] le prometió por dote propio caudal de la dicha su mujer 668 pesos, de los cuales le legaron y mandaron: 200 pesos el Capitán Juan Rodríguez Durán, 150 el Alguacil Mayor Joseph [José] Ferrera, y 250 el Alguacil Mayor Juan González [de] Olmedo, y los 68 pesos restantes por cuenta de la legitima paterna y materna. Dicho su suegro al presente le pidió le otorgue escritura de recibo y dote; por lo que a través de esta escritura, otorga que recibe de su suegro dicha cantidad en los bienes siguientes: una negrita criolla, una saya de tela, ropa de cama, ropa de vestir, un corte de encaje para valonas, par de sarcillos de oro, otros aretes con lágrimas de cristal, una sortija de oro y esmeraldas, otra de piedras blancas, una crucecita de oro, una joya pequeña de perlas para el tocado y una caja de cedro. Dichas partidas suman los 668 pesos, que junto con 300 pesos que él manda a la dicha su mujer en arras propter nuptias en honra a su legitimidad y limpieza, que confiesa caben en la décima parte de sus bienes y caso que no, se los señala en los que en adelante tuviere, que suman y montan 968 pesos, los cuales tendrá por dote y se obliga a no hipotecar.

NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO