Don Joaquín de la Oliva, residente en este pueblo de Jalapa y vecino de la Ciudad de México, otorga poder a don Antonio de Guerra y Arce, vecino de dicha ciudad, para que en su nombre cobre de los bienes de Sebastián García, su señor suegro, y de sus albaceas y herederos 1, 500 pesos que le debe.
Se tomó la razón de 8 pipas de vino trasegadas en 48 barriles, que lleva Joseph [José] Martín en su recua, para entregar 4 de ellas en la Puebla al Capitán Domingo de la Rachao; y el resto a Sebastián García.\n
Codicilio de Doña Mariana de la Gasca, por el cual ordena a sus albaceas cuiden a un niño nombrado Sebastián García, de 2 años de edad, para que prosiga hasta saber leer y escribir, le fomente en el estudio, y mandó que de sus bienes le pongan a renta 200 pesos de oro común, para que de sus réditos ayuden a su gasto hasta que tenga suficiente edad.
Juan Martín de Abreo[Juan Martín de Abreu], vecino y mercader de Jalapa, dio su poder cumplido a Sebastián García, su mayordomo en una recua de mulas, para que en su nombre reciba de Juan Bautista Barragán, vecino de Tulancingo, 33 mulas de arria, machos y hembras, aparejadas, las cuales le ha de entregar en las minas y pueblo de Pachuca, y un negro criollo y lo pueda obligar por escritura pública que pagará 1 720 pesos de oro común, precio de las mulas y el negro, el dicho Juan Bautista Barragán, en esta manera: 500 pesos para fin del mes de agosto del presente año, y los 1220 pesos restantes, para fin del mes de agosto de 1629.
Antonio Íñiguez de Estrada, Furrier de la Compañía de Montados de esta villa de Córdoba, vecino y natural de ella, hijo de José Iñiguez y de Gertrudis Duque de Estrada, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Deja un dinero de cuenta de los bienes de sus padres a los diezmos de la catedral de la Puebla de los Ángeles y a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio de esta villa. Declara debe al Capitán don Jerónimo de Acosta, al Capitán don Juan de Oscaño, a los bienes de Diego de Rojas, a Sebastián García, a don Gaspar Rendón, a don José Hernández, a Juan Juárez, a Francisco Díaz y al diezmo del año pasado. Señala que hace veinticuatro años poco más o menos contrajo matrimonio con Josefa de Robles Reinoso, ninguno de los dos llevó caudal alguno y han procreado nueve hijos. Por bienes suyos tiene una casa de su morada, un rancho, media sembradura de maíz [roto], reses, mulas, caballos y otros. Nombra por sus albaceas a su mujer, a Miguel Íñiguez de Estrada, su hermano, y a Gregorio Íñiguez de Estrada, su hijo. Nombra por herederos a sus hijos.
Zonder titelTestamento de Doña Mariana de la Gasca, vecina de Jalapa, hija legítima de Don Lorenzo Vázquez y de Doña Luisa de la Gasca, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de donde es natural la otorgante. Declara haber sido casada en primer matrimonio con Francisco de Estupiñan, con quien procreó a doña María de Estupiñan, casada con Juan de la Gala Moreno, y a José de Estupiñan, quien murió mancebo. Por segundas nupcias con Sebastián García Adán, vecino que fue de este pueblo, con quien procreó a Sebastián de Aparicio, quien murió religioso profeso de señor San Francisco. Ordena que, a Sebastián García, niño de más de doce años que ha criado y que está en la ciudad de México aprendiendo el oficio de platero, se le den, cuando sea hombre, 200 pesos y una mulatilla de tres años de edad llamada Antonia, hija de Isabel, su esclava mulata. Manda que una niña que le echaron a la puerta, llamada Juana, de 10 meses de edad, se le dé un mulatillo de 15 días de nacido llamado Luis, hijo de dicha su esclava Isabel. Ordena que por el mucho amor y voluntad que le tiene Dominga, negra su esclava, de veinte años de edad poco más o menos, que nació en su casa y crio a sus pechos, hija e Catalina, negra de Guinea, difunta, mientras no se case sirva y esté en compañía de su hija, doña María de Estupiñan, y casándose con persona libre la ahorra y liberta de su cautiverio; pero si se casa con un esclavo revoca dicha libertad, quedando sujeta a doña María de Estupiñan. Ordena que un negrito nombrado Juan, de año y medio de edad, hijo de Dominga, negra criolla su esclava, cuando tenga 8 años de edad se le entregue al convento de San Juan de Dios de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, por haberlo mandado de limosna al glorioso santo, con cargo que sirva a sus religiosos y enfermos el tiempo que viviere, y si fuere vendido que no valga la venta. Ordena se libere a su esclava Juana Dominga, negra criolla del Lencero, que ya es vieja, con la condición de que sirva a los enfermos en el hospital de este pueblo. Ordena fundar una capellanía de memoria de misas rezadas en la iglesia del convento de San Francisco de este pueblo, donde tiene a su costa levantado un colateral con un lienzo de Cristo a la columna y adornado con sus cortinas, lámpara de plata, ornamentos, manteles y candeleros. Nombra como albacea a su yerno, a su hija y al licenciado Andrés Méndez de Luna, cura beneficiado por Su Majestad de este partido. Nombra como heredera universal a su hija.
Los alcaldes Don Andrés Francisco y Don Diego Rodríguez, del pueblo de Santiago Coacoatzintla, prestando voz por su gobernador Don Juan Bautista, que se halla enfermo; y los regidores Pascual Juan y Gabriel Juan; alguacil mayor Manuel Rodríguez; escribano Diego de Santiago, dijeron que en cumplimiento de una real cédula de Su Majestad para que se pongan maestros de escuela en los pueblos de esta jurisdicción, la justicia de Jalapa les asignó a Sebastián García, por tiempo de cuatro años, a partir del 17 del presente mes, a razón de 50 pesos de oro común anuales, 12 fanegas de maíz en cada uno, y un huevo el viernes y otro el sábado, por muchacha y muchacho a la semana, conforme fueren corriendo.
Sebastián García, mayordomo de las recuas de Alonso Martín, vecino de Guatemala, manifestó llevar en ellas para la Nueva Veracruz y en su servicio, 14 indios, 10 en 2 atajos de mulas de 5 cada uno y 4 en otro, nombrados: Jusepe [José], Agustín, Pedro, Juan, Andrés, Nicolás, Juan, Pedro, Salvador, Diego, otro Andrés, otro, Juan, otro Salvador, y Agustín. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz, ni pasar con ellos de este pueblo, a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, pena de 200 pesos; también le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.
Sebastián García, vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a pagar a Don Diego de Rojas, residente en este pueblo, 270 pesos de oro común por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado, para de la fecha de esta carta en 18 meses.
Bernabé de Castro, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Santoya de las montañas de Burgos en los reinos de Castilla, viudo de María de Herrera, hijo de Bernabé de Castro y de María Magdalena de Collado, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado de primeras nupcias con Catalina de Lechunde, natural del lugar nombrado San Sebastián en la provincia Ipusco (Guipúzcoa] en el señorío de Vizcaya, con la cual no hubo bienes dotales ni hijos. Declara que pasó a segundo matrimonio con María de Herrera, quien trajo en dote la cantidad de 150 pesos, durante el cual procrearon un hijo nombrado [roto] que falleció en edad pupilar. Declara que debe a José Domínguez, vecino de la ciudad Nueva de Veracruz, a José de Segura y Ceballos, Sebastián García y a Juan Fernández. Ítem menciona por sus deudores a Manuel Grajea, vecino de la ciudad de los Ángeles, a Domingo Toscano, vecino de esta villa, [roto]. Ítem, declara por bienes una casa de madera y barro, cubierta de teja; un solar que hubo y compró a censo de la cofradía de la Santa Caridad y Sangre de Cristo, cita en la iglesia parroquial de esta villa, y que tiene redimido dicho censo; y la mitad de dicho solar se lo vendió a Juan Fernández, vecino de esta villa, manda a su albacea que otorgue escritura de venta; una tienda de género. Declara tener un hijo natural que tuvo cuando era viudo de su primera esposa, de una mujer soltera española de nombre Francisco de Castro, de veintiséis a veintiocho años más o menos, casado y que vive en la tierra de San Luis de la Paz, ordena que, si aparece, le den la porción que cupiere en el quinto de sus bienes. Nombra por sus universales herederas a su alma, la de su mujer María Herrera, la de sus padres y las almas del purgatorio. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de bienes a Gaspar Rendón, vecino de esta villa y mayordomo de la cofradía de las Benditas Almas, a quien le encarga que imponga a censo dicha porción de principal de sus bienes en finca segura; y otorgue escritura de reconocimiento a la persona de quien parare dicho censo.
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