Amaro José Bocarando, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que desea poner una capellanía de misas rezadas, para que a su título se pueda ordenar el Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo y de doña María de Espinosa de los Monteros y por su falta a los demás sus hijos que sucedieren. Y porque al presente se halla con 3 000 pesos de principal que tiene a censo redimible sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza que posee don Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza, quienes la heredaron por muerte del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza su padre difunto, los 2 000 pesos de ellos que le hizo cesión y traspaso el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la ciudad de los Ángeles, los mismo que el susodicho tenía sobre las tierras de la citada hacienda a censo, de que el dicho Hipólito otorgó reconocimiento a su favor y se obligó a pagar sus réditos; y los 1 000 restantes que [roto] entregados del dicho Hipólito. Por otro parte, dijo que es su intención fundar la capellanía para que mediante ella se pase a ordenar el Bachiller Pablo José Bocarando, primer capellán que debe ser nombrado, por lo que poniendo en ejecución otorga que instituye la capellanía con la dote, número de misas, capellanes propietarios e interinos bajo las condiciones siguientes: Lo primero que dota la capellanía con el principal de 3 000 pesos los cuales lleva declarados. Nombra por primer capellán al Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo, que se halla estudiando en la ciudad de los Ángeles, y por su falta nombra por tales capellanes propietarios a los demás sus hijos José Amaro, Juan Pedro Manuel y Luis de Bocarando, y en lugar de sus hijos a Manuel Bocarando, hijo legítimo de Bartolomé Bocarando y de doña María de Aguilar, y por falta de todos a sus parientes más cercanos. Nombra por capellán interino al Bachiller don Ignacio Carrillo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, para que así éste como los propietarios de ella cada uno en su tiempo deben decir veinticinco misas rezadas por su alma, la de sus padres, abuelos, parientes y demás personas de su intención; y pide al ilustrísimo señor obispo de este obispado que fuere de la Puebla de los Ángeles, señor provisor y vicario general, haga en los dichos capellanes propietario e interinos colación y canónica institución de esta capellanía convirtiendo su principal y réditos en beneficios espirituales. Y como instituyente de esta capellanía el presente otorgante se nombra como primer patrono y por su fallecimiento lo ha de suceder su mujer María de Espinosa de los Monteros y por su fin y muerte sus hijos legítimos.
Sem títuloPablo Bocarando, residente en esta villa, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Bartolomé Bocarando y María Basa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado de primer matrimonio en dicha ciudad con Isabel Hidalgo, difunta, dentro de este matrimonio tuvieron por hijos a Bartolomé, Amaro [José], Pablo, Agustín Bocarando y a Manuela Bocarando que está casada con Tomás Xenis [Genis], que reside en el pueblo de Orizaba. Señala que a Bartolomé, Amaro y Manuela les tiene pagado sus legítimas paternas. Por otra parte señala que pasó a segundo matrimonio con Petrona Jiménez, durante el cual han tenido por hijas a María [roto] que está en edad pupilar en compañía de la dicha su madre. Declara que sus bienes, así como las personas y cantidades que debe y le deben, constan en un libro de cuentas. Y para cumplir y pagar su testamento nombra albacea testamentario a Tomás Xenis [Genis], su yerno, y a Agustín Bocarando, residente en el pueblo de Orizaba, para que entren en sus bienes y tomen posesión de ellos. Por último nombra por sus universales herederos a Amaro, Bartolomé, Manuela, Pablo, Agustín, María y Jacinta, sus hijos e hijas legítimos.
Sem títuloDon Antonio Hernández, maestro de herrador, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Agustín José Bocarando Hidalgo, vecino del pueblo de Orizaba, medio solar de tierra que posee por propio en el pueblo de Orizaba, en la calle nueva, con 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa de los hijos de los herederos de Bartolomé Bocarando, difunto; y por la otra, con medio solar de Juan Hernández, su hermano; y por el fondo, con solar de Diego Martínez Vanegas; y al frente, la calle Real, en medio, con casas de Rafael de Ayala, vecino del dicho pueblo de Orizaba. Lo vende libre de empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 200 pesos.
Sem títuloJuan Hernández, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Agustín José Bocarando Hidalgo, vecino del pueblo de Orizaba, medio solar de tierra que tiene y posee por propio en dicho pueblo, mitad de uno que compró a los herederos de Antonio Olazaba. Dicho medio solar está en la calle Real, con 25 varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa de los hijos y herederos de Bartolomé Bocarando, difunto, y por la otra con el otro medio solar expresado, y por el fondo con solar de Diego Martínez Vanegas y hace frente, la calle Real en medio, con casas de Rafael de Ayala. Lo vende libre de empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 200 pesos.
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