El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de azúcar, en esta provincia de Jalapa, dio su poder cumplido a Esteban Gutiérrez de Peralta y a Don Alonso de Córdova, residentes en la ciudad de México, para que en su nombre y representando su persona, lo obliguen en la forma que les fuere pedido y en tal manera que Don Luis de Córdova[Luis de Córdoba], caballero del hábito de Santiago que nuevamente va proveído por Alcalde Mayor, juez de grana y obrajes de la ciudad de Cholula y su distrito, y dará residencia según y en la forma que debe, y se le obligue a la paga de cualquier demanda que por razón del dicho oficio le fueren pedidos.
El Capitán Don José de Ceballos y Burgos, dueño de este ingenio, se obligó a pagar al Padre Lector Fray Juan de Córdoba y al Padre Procurador Fray Alonso de Cordóba, religiosos del Señor Santo Domingo de la ciudad de Los Angeles, como albaceas tenedores de los bienes de Juan de Córdoba, vecino de la dicha ciudad, y como albacea heredero de su hermano Alonso de Guiterrez de Ceballos, 840 pesos de oro común; los 800 que por cláusula del testamento de Alonso Gutierrez de Ceballos confesó deberle al dicho Juan de Córdoba, y los 40 pesos de réditos de un año, a razón del cinco por ciento, para de hoy día de la fecha en un año cumplido.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de azúcar, en esta provincia, dio su poder cumplido a Esteban Gutiérrez de Peralta y a Don Alonso de Córdoba, residentes en la ciudad de México, para que en su nombre y representando su persona lo puedan obligar como fiador de Don Luis de Córdova[Luis de Córdoba], Caballero del hábito de Santiago que nuevamente va proveído por Alcalde Mayor, juez de grana y obrajes de la ciudad de Cholula, y pagará todas las penas de cámara, gastos de justicia que por dicho Luis de Córdova fueren hechas.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, residente en su ingenio de azúcar, en esta provincia, dio su poder cumplido a Esteban Gutiérrez de Peralta y a Don Alonso de Córdova, residentes en la ciudad de México para que en su nombre otorguen la fianza que les fuere pedida por el señor Contador General de Tributos Mateo de Arostegui, hasta en la cantidad de 2 000 pesos de oro común, de los tributos reales que ha de cobrar en la ciudad de Cholula Don Luis de Córdova[Luis de Córdoba], caballero del hábito de Santiago, como Alcalde Mayor y Receptor de Tributos, cerca de lo cual, otorguen las escrituras de obligación y deudo en la dicha cantidad.