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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0072 · Stuk · 1715/06/05
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Doña Ana de Pedraza, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vende al Teniente don Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa, un medio solar eriazo de 25 varas de frente y 50 de fondo, en el que hay fabricado un pozo con su brocal de cal y canto; ubicado en la calle que llaman de la Lagunilla, que por una parte linda con casa y solar de José Barrales; hace frente, calle en medio, con solar y casa de doña Gertrudis de Gatica; y por otro, calle en medio, con casa y solar del comprador; mismo que hubo y compró de su marido Bartolomé Moyano, vecino de esta villa. Lo vende por libre de empeño, censo, enajenación ni otro gravamen, al precio de 110 pesos horros de alcabala.

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MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0124 · Stuk · 1716/11/21
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Miguel García de Monzaval, don Joaquín José, don Alonso Gómez Dávila y doña Josefa de Pedraza, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, en virtud del poder para testar que les otorgó, el cual usan para señalar su testamento en la forma siguiente: Declaran fue sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Mandó se diesen 50 pesos de sus bienes para que se repartan entre las cofradías de esta villa, que son: el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Concepción, Señor San José, el Santo Cristo, Jesús Nazareno, Nuestra Señora de la Soledad, Nuestra Señora de Guadalupe, Tercera Orden de Penitencia y Nuestra Señora del Rosario. También, les comunicó el difunto que habiendo otros hermanos que apoyen y se fervoricen a hacer algún altar al Señor San Joaquín y Santa [roto] Ana en la parroquia de esta villa, se saque de sus bienes la cantidad que faltare para el cumplimiento de dicho altar, y en él pidió y suplicó se coloque la imagen del Señor San Nicolás, donde permanezca perpetuamente. Mandó se le den 500 pesos a doña Gertrudis Gómez Dávila, su sobrina, hija de su hermano Alonso Gómez Dávila, mismos que están prontos a entregarle por haber contraído matrimonio con don Miguel García de Monzaval. Ordenó que del remanente de sus bienes se impusiese una capellanía de 3 000 pesos de principal y como capellanes a Alonso, a Ventura José y a Nicolás Gómez Dávila y a falta de estos a los parientes más cercanos, y nombró por patrona de la capellanía a doña Josefa de Pedraza, por capellán interino al Bachiller don Juan Gómez Dávila, Presbítero, su sobrino, y en caso de que en el quinto de sus bienes no quepan los 3 000 pesos, se saquen 150 pesos y con ellos se compren hasta donde alcanzare unos mantos, y que éstos se [repartan] entre pobres de esta villa. Mandó se den 100 pesos para que se le entreguen a Josefa hija de Clemente José Hidalgo, difunto, en el ínterin que no tome estado se les entreguen a sus albaceas, cantidad que es en cuenta de 1 000 pesos que le habían ofrecido a Francisca Gómez, su madre, a quien ya le había entregado 900 pesos. El difunto mandó se paguen 50 pesos a Juan de Orantes por concepto de un solar que le compró hace 10 años. Dicho difunto tenía deudas con el Bachiller don Esteban Lambert, Nicolás de Leiva, el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís y otros más que se mencionan en esta escritura, las cuales mandó se paguen de sus bienes; y a él le debían don Lope Antonio de Iribas, Nicolás Campos y Pedro Zacarías, manda se les cobre. También, les comunicó fue albacea del Regidor don José Gómez Dávila y dentro de sus bienes quedó un negro nombrado José, Congo, que vendió al Capitán Manuel de Rosas en cantidad de 300 pesos, mismos que mandó se entreguen a sus hijos don Diego y don Ciprian; y estando en dicho cargo algunos vecinos le quedaron debiendo cantidades de pesos que constan por autos e inventarios, y de las diligencias que hizo entregó algunos pesos a los herederos del regidor, y aunque se había hecho cargo de todo el caudal en las aplicaciones y partes que les tocaba a los susodichos, les comunicó que del caudal le debían 2 500 pesos [roto] que el Alférez José Gómez Dávila, su sobrino, a quien se le aplicaron en las casas de su morada, y habiéndolos necesitado el dicho su sobrino, él se los dio de su propio caudal, y los otros 1 500 pesos fueron por la venta que como tal albacea hizo con doña Micaela Ramos, del potrero que llaman El Novillero, pero salió que por el precio del novillero estaba mal vendido, y así Juan Gómez devolvió los 1 500 pesos de su propio caudal, mismos que manda se rebajen a los menores de dicho su hermano. El difunto les comunicó tenía poder para testar de doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, cargo que usó para administrar todos sus bienes y especialmente la hacienda nombrada Señor San Joseph [José], que quedó por bienes del Capitán don Juan Rodríguez Durán, de lo cual ajustó y liquidó todas las cuentas y salió alcanzado [roto] por mano del Sargento Agustín de Villavicencio, quien ajustó y asistió a las cuentas, mismas que dejó en manos de la susodicha, y fue su voluntad se cobrase la cantidad de sus albaceas y herederos, rebajándosele un cofre pequeño viejo que tenía dado al Capitán Nicolás Rodríguez, que importó 150 pesos, asimismo, el valor de 80 arrobas de azúcar que de orden de dicho difunto remitió a la Nueva ciudad de la Veracruz, cuya venta fue a 11 reales arroba. El difunto señaló se debían 300 pesos de los bienes del Regidor don José Gómez Dávila a doña María de Olaso y Salgado. Asimismo, mandó se saquen de sus bienes 300 pesos, de los que hace manda a doña Catalina Muñoz de Pedraza, hija del Alférez Antonio Muñoz de Anaya y de doña Ana de Pedraza, y mujer de don Juan de [Meza] y Ascanio, Alcalde la Antigua Veracruz [roto]. El difunto tenía sobre la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa] [roto] de principal a favor de la Madre Catalina, hija del Regidor don Juan Gómez Dávila, reclusa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla. También les comunicó, que el Regidor don José Gómez Dávila, difunto, fue albacea del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, y tutor y curador de sus menores hijos y herederos, cuyo cargo recayó en él, y entró en su poder unas tierras que están en el pago de Tlacomulco, cuyo valor Juan Gómez tiene satisfecho a los herederos de Juan de Soto, y después apareció otro dueño reclamando derechos sobre dichas tierras en virtud de títulos que él volvió a comprar, y mandó que la cantidad que tenía suplida a los herederos de Soto se cobre de sus bienes. Por bienes del difunto, los otorgantes declaran la hacienda nombrada Santa Theresa [Teresa] en el pago de Tlacomulco que se compone de 21 caballerías de tierra y sobre éstas un censo a favor del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la Puebla. Y usando del poder para testar, señalan que se constituyen albaceas. Del remanente de sus bienes nombran por herederos a Alonso, doña Ana María, Ventura José y Juan Gómez Dávila, sus hijos; y nombran a doña Josefa de Pedraza por tenedora de bienes, tutora y curadora de sus personas y bienes.

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MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0073 · Stuk · 1691/12/18
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, Procurador Mayor de sus Propios y Arbitrios, otorga que da en arrendamiento a Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, 3 caballerías de tierra de las pertenecientes a los propios y rentas de ella. Dichas tierras lindan por la parte del oriente con tierras de propios de esta dicha villa; por el norte con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl]; por el sur y poniente con el potrero de esta dicha villa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0067 · Stuk · 1694/09/13
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario del [obispado] de la Puebla de los Ángeles, vende a Antonio Muños [Muñoz] de Anaya [roto], un mulato, su esclavo, nombrado Luis que será de edad de veintiséis años, poco más o menos, casado en la ciudad de los Ángeles, mismo que compró del Capitán Pedro Caramur y Enríquez. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, por libre de empeño, deuda, enajenación e hipoteca, sin asegurarlo de enfermedad, vicio ni defecto, en precio de 260 pesos que tiene recibidos en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0069 · Stuk · 1695/12/30
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Alonso Gómez [Dávila], dueño de trapiche de hacer azúcar, dijo se siguen y están pendientes [autos] en esta villa contra Juan de la [roto] Joseph [José] de la Cruz, negro Mina, esclavos presos en la cárcel pública de esta villa a pedimento de Antonio Malo de Molina, sobre haberse querellado ante el señor Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos], Alcalde Ordinario de esta villa, por haberle hurtado de su recua una petaquilla con géneros de Castilla que traía en ella, y mediante a las diligencias hechas, la halló en poder de dicho negro. Por lo que, con poder de dicho Antonio de Molina, pide se le entregue dicha petaquilla y los géneros que había en ella, que al presente se hallan depositados en don Juan de Figueroa, vecino de esta villa. Dicha entrega se ha de hacer bajo fianza depositaria para remitírselo a dicho su parte, en cuya conformidad y cumplimiento con lo que así tiene pedido se le mandó por su fiador a Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, quién estando presente aceptó y dijo que fiaba a favor de Alonso Gómez Dávila, en tal manera que de dicha petaquilla y lo que conste haber recibido en dichos géneros, dará cuenta con pago exhibiendo recibo personal de dicho Antonio Malo Molina, su dueño, dentro de 15 días que corren desde el día de la fecha [roto] que ha de ser depositario de ellos para que se ponga en los autos [roto].

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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0073 · Stuk · 1697/09/12
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Corregidor y Depositario General de esta villa de Córdoba, vecino en ella, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, con facultad de seguir sus negocios, cobranzas y arrendar sus propios; dijo que por cuanto el Capitán Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor, siendo tal procurador mayor de esta dicha villa, dio en arrendamiento a Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, 3 caballerías de tierra, pertenecientes a los dichos sus propios y rentas, que lindan por la parte del oriente con tierras arrendadas a Juan de Soto Noguera; por la parte norte con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl]; y por el sur y poniente con potrero de esta villa, por el tiempo de nueve años que empezaron a correr desde 1691 y por precio en cada un año de 40 pesos. Y respecto de haber transcurrido cinco años y nueve meses, le ha pedido el dicho Antonio Muñoz de Anaya que atento que se encuentra imposibilitado de continuar con el tiempo que resta de dicho arrendamiento, consienta pase el arrendamiento a Pedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa, y le cancele dicha escritura. Y poniéndolo en efecto, juntamente con Antonio Muñoz de Anaya, otorgan que dan por cancelada la escritura susodicha; y en conformidad como tal procurador mayor consiente el pase de dicho arrendamiento; y de nuevo arrienda las 3 caballerías de tierra al referido Pedro García de Meza por tiempo y espacio de nueve años, en precio y cantidad de 40 pesos cada año.

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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0029 · Stuk · 1703/02/16
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, otorga que ha recibido del Alférez Antonio Muñoz de Anaya, 6 000 pesos de oro común en reales, los mismos que el susodicho como principal y el Capitán Juan Gómez Dávila, como su fiador, se obligaron a pagarle de la venta y valor del trapiche que le vendió el Regidor don Francisco de Aguilar al dicho Alférez Antonio Muñoz de Anaya, y por las causas y razones que se expresan en la escritura de venta y obligación que se otorgó su fecha en esta villa a los 6 de septiembre de 1698 ante Sebastián de la Peña, Escribano que despachó este oficio. Por lo cual, otorga carta de pago y recibo en forma, y da por rota, nula y cancelada dicha escritura de obligación.

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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0042 · Stuk · 1703/03/20
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Jácome Amaris Reinaldo, residente de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Juan Hernández, mercader y vecino de esta villa, 20 varas de solar de frente y 20 de fondo, que es en esta villa, en el barrio que llaman de la Lagunilla, que linda por la parte de la esquina que es al poniente, con solar del Alférez Antonio Muños de Anaya; por el sur con casa y solar de Domingo Merodio, calle en medio; y por el fondo y oriente linda con el demás solar que le pertenece a los herederos de Juana Hernández, vecina que fue de esta villa. Las cuales 20 varas de solar las hubo y compró de José de Gatica, vecino de esta villa, el 16 de enero de 1703. En dicho solar tiene armada una casa de vivienda sobre horcones, cubierta de teja. Las vende en precio de 100 pesos de oro común la ha pagado en reales de contado y confiesa que paran en su poder.

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MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0011 · Stuk · 1705/01/15
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa y Alcalde por Su Majestad en ella, un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de Guadalupe que hubo y compró de don Francisco de Aguilar el 6 de septiembre de 1698, el cual está ubicado a una legua distante de esta villa hacia la parte del norte, fundado en tierras de propios de esta dicha villa, que por todas partes linda con tierra de los propios. Lo vende con el gravamen de la pensión de satisfacer a dichos propios lo que tocare por razón de las tierras, en precio de 5 000 pesos. El trapiche contiene los bienes y aperos siguientes: una casa vivienda cercada de palo embarrada y cubierta de zacate; una casa de madera embarrada en que se purga el azúcar con su cajón que sirve de soleadero; seiscientas formas y porrones; una piedra de amolar; una cocina de madera cubierta de teja; una casa de calderas; veinte machos de tiro y tres de carga; doce yeguas con una cría; un negro y una negra esclavos, entre otros artículos que se mencionan en la escritura.

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MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0056 · Stuk · 1705/06/12
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general al Alférez Antonio Muñoz de Anaya, vecino de esta villa, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, saque escrituras, testimonios que le pertenezcan y los presente ante quien convenga. También, le da poder para que representando a su persona demande, reciba y cobre de cualquier persona todas las cantidades que le adeuden, de lo que recibiere otorgue cartas de pago, finiquito y lasto. Asimismo, se lo da para que lo pueda obligar como principal o como su fiador y principal pagador hasta en cantidad de 2 000 pesos, obligándolo a la paga de ellos, cargándolos a censo redimible sobre todos sus bienes y especialmente sobre su hacienda de fabricar azúcar nombrada San Joseph [José]. Igualmente, le da el poder para que pueda vender y comprar cualquiera de sus esclavos; para que pueda hacer con sus deudores cualquier trato por la cantidad y el tiempo que le pareciere. Finalmente, se lo otorga para que prosiga las diligencias del juicio divisorio en que actualmente atiende como albacea testamentario del Regidor José de Leiva, su padre difunto.

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