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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0066 · Unidad documental simple · 1689/09/06
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan López Pardo, residente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de [roto] Pardo e Isabel de la Paz, difuntos, otorga poder al Contador Miguel [González de] Figueras, Juez Oficial de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que haga su testamento según como le tiene comunicado. Declara como sus bienes 50 pesos, dos cajas de cedro, ropa, un colchón, libros y otros artículos que se mencionan en la escritura. También menciona que Alonso Rodríguez, vecino que fue de la Veracruz, le adeuda 530 pesos. Nombra albaceas testamentarios a Miguel González [de Figueroa] y a Bernardo López, y como su heredero universal instituye a Miguel González [de Figueroa].

ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0088 · Unidad documental simple · 1689/12/31
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Joseph [José] de Brito [Lomelín] y Diego de Brito [Lomelín], hermanos, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan traspasan al Sargento Bernardo López, 12 y media varas de un solar que tienen en esta villa y que era del padre de los otorgantes, con calidad de que se obligue a pagar a esta dicha villa y a su mayordomo 6 reales en cada un año “para siempre jamás”.

ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0107 · Unidad documental simple · 1696/12/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Benito Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, [albacea] de Juan Camaño, difunto, como principal, y [roto] y Bernardo López, como fiadores, [roto] se obligan a pagar 2 496 pesos 2 reales, los mismos que han importado diferentes bienes que quedaron por muerte de dicho Camaño, valuados por Gaspar Rendón y Antonio Borrea [Borria], hombres experimentados en las mercancías de los géneros de Castilla, cuyos bienes se le han entregado a Benito Rendón por no haber otra persona que haga postura de ellos en las almonedas que se han celebrado por la justicia ordinaria de esta villa. Cuya cantidad se obligan a pagar a las personas que Juan Camaño ordenó en su testamento.

LOPE DE YRIBAS [IRIBAS], JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0101 · Unidad documental simple · 1697/12/21
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Alférez Joseph [José] de Brito Lomelín, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Diego de Brito Lomelín y de doña Luisa de la Torre, sus padres difuntos, dijo que la gravedad de su enfermedad no le da lugar a otorgar su testamento, por lo cual otorga poder a doña Inés Moreno, su esposa, y a su primo y compadre Bernardo López, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara estar casado con Inés Moreno, quien trajo por dote al matrimonio 300 pesos, y con quien procreó a Antonio de Brito, de nueve a diez años; a doña Luisa de Brito, de siete años; a Salvador de Brito, de cinco años; a Juan Francisco de Brito, de dos años; y declara por su hijo al póstumo del que está encinta su mujer. Nombra por albaceas testamentarios a su esposa y a Bernardo López; y por tenedora de bienes a la dicha su mujer. Instituye como herederos a sus hijos, y como tutora y curadora ad bona de ellos a su esposa.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0006 · Unidad documental simple · 1695/07/23
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Diego de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, mayor de veinticinco años, hijo legítimo de Diego de Brito Lomelín y de doña Luisa de la Torre, difuntos, heredero de la referida su madre nombrado por tal, juntamente con su hermano Joseph [José] de Brito [Lomelín]; dijo que por división y partición de los bienes que quedaron de dicha su madre se le adjudicaron 1 391 pesos y 2 tomines en la mitad de una casa y la mitad de un solar, asimismo, se le adjudicaron un [negro] llamado Domingo, de nación Congo, [roto] mujer nombrada Lucía, y un negrito nombrado Jacinto, hijo de ambos. Y teniendo trato para vender dicho bienes, lo pone en efecto y otorga que los vende en la manera siguiente: al Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa y dueño de trapiche en su jurisdicción, los tres esclavos, al precio y cuantía de 500 pesos de oro común; la media casa y solar, de [18] varas y media de frente y [100] de fondo se los vendió a Bernardo López, vecino de esta villa, quien los posee. “Dicha venta la otorgó con tan solamente 24 pesos y 3 tomines de censo que es lo que le corresponden a 65 pesos de principal que se halla impuesto sobre lo que vendió a dicho Bernardo, y la otra mitad que posee su hermano Joseph [José] de Brito, que dicho comprador ha de reconocer a los propios de esta villa a quien pertenecen y pagar los réditos que le corresponden a dichos 24 pesos y 3 tomines, libre de censo, gravamen e hipoteca y otra enajenación, sólo la que se mencionó, y por precio de 100 pesos, que le tiene entregado”.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0087 · Unidad documental simple · 1689/12/31
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

María [Martínez], vecina esta villa de Córdoba, viuda de Juan Martín Román, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos que al presente están en edad adulta, otorga que vende al Sargento Bernardo López, vecino de esta villa de Córdoba, 6 varas de solar que linda por el norte con la plaza, por el oriente con solar de Joseph [José] de Brito [Lomelín] y Diego de Brito [Lomelín], por el sur con solar suyo. Lo vende en precio de 15 pesos.

ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0011 · Unidad documental simple · 1697/01/23
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Antonio Martínez Romano, vecino de esta villa, dijo que por cuanto quedaron por fin y muerte de Juan Martínez Romano, su padre, dos solares en esta villa y esquina de la plaza, que fueron de Dionisio Francisco, su abuelo, en dichos solares su padre tenía labrada su casa de vivienda siguiéndose el uno a la linde de otro, como parece por el testamento, bajo cuya disposición falleció y en la cual “a mí” en compañía de Ana [María] Martínez [Romano], Joseph [José] Martínez [Romano], sus hermanos, los declaró herederos; asimismo nombró por tutora y curadora a su mujer María Álvarez Galván, “nuestra legítima madre”. Y respecto a que conviene y es de utilidad “a mí y dichos mis hermanos” vender 10 varas ha Jacinto de Ledos [y Pasos], estante en esta villa. Y poniendo efecto como tal heredero, mayor de veinticinco años y fuera de la patria potestad, prestando voz y caución por los demás sus hermanos, otorga que vende a dicho Jacinto de Ledo s [y Pasos], las 10 varas de solar, en la parte que linda con casa de Bernardo López, su suegro. Lo vende en precio de 100 pesos de oro común.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO