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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0155 · Unidad documental simple · 1703/11/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes que fue de Juan Camaño, difunto, nombrado como tal en el testamento que otorgó en esta villa a los 7 de agosto de 1696; dijo que por cuanto Juan Camaño no tenía herederos forzosos, nombró como heredera a su alma para que con el remanente de sus bienes se impusiera una capellanía de misas rezadas por su alma, la cual procedió a fundar el otorgante con el principal de 1 700 pesos, los cuales impuso a censo principal redimible sobre una casa que posee en esta villa. Asimismo, dijo que por ser dicho principal redimible y por hallarse hoy con la cantidad de 1 700 pesos en reales, pretende redimirlos y quitar dicho censo de su casa para situarlos en otra finca segura; por lo tanto, otorga poder al Doctor don Nicolás Carlos Bañuelos Cabeza de Vaca, Cura interino de esta villa de Córdoba y Juez Eclesiástico en ella, para que en su nombre y representación pueda parecer y parezca ante el Señor Doctor y Maestro don Carlos López Torrijos, Juez de Testamentos, Capellanías y Obras Pías de este obispado de la Puebla de los Ángeles, y en su juzgado y en los de más que fuere necesario, en conformidad al contenido de la escritura de imposición de dicha capellanía y censo, haga exhibición de los 1 700 pesos pidiendo se impongan en otra finca y se le dé por libre de la obligación y paga de dicho principal y sus réditos.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0075 · Unidad documental simple · 1696/08/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Muros en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se digan por su alma, la de sus padres [y las] de su intención 1 000 misas. Ordena que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial y 25 pesos para la del Señor San Antonio de esta villa. Declara no estar casado y no tener hijos. Declara tuvo compañía con Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, en el trato de diferentes mercaderías, la cual terminaron extrajudicialmente quedando separados y cada uno con su principal y ganancias. Es su voluntad se den de sus bienes 200 pesos de oro común a Gertrudis López [de Guzmán], niña de quince años de edad, hija de Bernardo López [de Guzmán] y de María [Martín] Lomelín, vecinos de esta villa, para ayuda del estado que elija. Declara por bienes una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle Real de esta villa, que va del mesón a la plaza Pública y hace esquina, fundada en solar de 50 varas de frente. Otra casa contigua a la anterior, que compró en almoneda de los bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, con el cargo y gravamen de 800 pesos pertenecientes a Joseph [Josefa] Marcela de la Rosa, hija y heredera de dicho capitán. Declara por bienes un negro esclavo nombrado Joseph [José], de veintisiete años de edad, que compró a Juan Pacheco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Declara que el Licenciado don Bernardo de Valdivia [de las Roelas], Cura Beneficiario de San Pablo Soquitlan [Zoquitlán], obispado de la Puebla de los Ángeles, le debe 96 pesos resto del valor de un esclavo negro que le vendió. Nombra como albacea y tenedor de bienes a Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa, y como albacea a Pedro Trillo de Figueroa. Nombra como heredera a su alma, para que con sus bienes se funde una capellanía de misas rezadas que goce juntamente las del purgatorio, sus padres y demás de su intención.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0059 · Unidad documental simple · 1697/07/16
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Licenciado don Joseph [José] Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla, vecino de esta dicha villa, otorga poder especial a Nicolás de Estrada, Escribano Real que despacha uno de los oficios públicos de dicha ciudad, estante en ella, para que en su nombre comparezca ante el señor Juez Ordinario de Testamentos, Capellanías y Obras Pías de dicho obispado, y pida que en conformidad de la cláusula del testamento que otorgó Juan Camaño, difunto, vecino que fue de esta villa, en que nombró al otorgante por capellán interino de la capellanía que mandó fundar de todos sus bienes, se le nombre como tal capellán interino de la citada capellanía. Y cumpliendo con la obligación de decir y rezar las misas de su dotación, pueda percibir y gozar los réditos de principal de la dote de dicha capellanía, mandando le acudan con ellos las personas inquilinos de los bienes de que se componen, ínterin que el capellán propietario se ordena conforme lo dispuesto en dicha cláusula.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0011 · Unidad documental simple · 1709/03/01
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Francisco Estévez, vecino y mercader de esta villa, exhibió una escritura de censo que otorgó en la ciudad de los Ángeles el 23 de enero de este presente año, de una capellanía que cargó sobre la casa de su morada que posee en esta villa, en la calle Real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz, con los linderos que en ella se refieren, de 1 926 y un real de principal y por ellos 96 pesos, 6 reales y 5 granos de réditos en favor de la capellanía que instituyó y fundó de sus bienes Juan [Camaño] y en su nombre sus albaceas en favor de los capellanes nombrados en ella; dicha escritura la exhibió para su registro en este libro.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0071 · Unidad documental simple · 1694/09/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, hace donación irrevocable a Pedro de Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, de medio solar con 25 [varas] de frente y 50 de fondo, que por una parte hace frente y esquina calle en medio con solar de Joseph Gómez de Dávila; por la otra hace frente calle en medio con casa y solar de Ysidro [Isidro] Sánchez de la Llama; y por la otra parte linda con solar suyo en que está edificada la casa de su morada. Dicho solar hubo y compró en almoneda por bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, el cual dona por libre de empeño, deuda, enajenación e hipoteca.

NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0066 · Unidad documental simple · 1716/07/09
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Juan Gómez Dávila, don Joaquín José Gómez Dávila y doña María de Pedraza, viuda de Pedro Trillo de Figueroa, todos vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Pedro Trillo, en virtud del poder que de él tienen, otorgan su testamento en la manera siguiente: Declaran que su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de padre San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, fronterizo a la capilla de Nuestra Señora del Rosario, y la forma de entierro se hizo como lo pidió. El difunto les dejó comunicado se dijesen 25 misas rezadas por el alma de Juan Camaño, asimismo, les dijo debía a Antonio Millán Quijada, a Juan Hernández, al Capitán Pedro Mosquera, que le había suplido para la siembra de tabaco, y 21 pesos y cinco reales de réditos de la capellanía que está sobre su casa. También, les comunicó que aunque tenía pagada una escritura de 1 500 pesos al Capitán don Antonio Díaz Maseda, como constaba de recibo simple que le había hecho don Domingo González, su apoderado, encargó a los dichos sus albacea solicitaran la cancelación de la escritura y satisfacer al susodicho los réditos que restaba. Declaran que le debían diferentes cantidades de pesos las personas siguientes: el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, el Capitán don Manuel Gómez Dávila, Diego de León, maestro de sastre, Juan de León, el Capitán don Alonso Gómez Dávila y otros más que se mencionan en esta escritura. También, le debe el Alférez don Diego Sequeros de Sotomayor, por concepto de arrendamiento de la casa en que vive, de dieciséis meses a razón de dos pesos cada uno. Dijeron que el difunto tenía en su poder 350 pesos poco más o menos pertenecientes a doña María Trillo de Figueroa, su hija, mismos que el Capitán don Juan Gómez Dávila en el ajuste de cuentas que tuvieron y en el que éste le hizo manda graciosa a la susodicha su sobrina, de lo cual declaran hubo yerro en la citada cantidad, por ser en realidad 400 pesos de manda graciosa. El difunto dejó por bienes un rancho de beneficio de tabaco con tres casas, herramienta, una cosecha de tabaco, el menaje de casa de vivienda y lo demás que le pertenece y de lo que se hará inventario. También, dijeron que los nombró albaceas testamentarios, y a María Pedraza por su tenedora de bienes, tutora y curadora, y nombró por sus herederos a Pedro Joaquín, Miguel y María Trillo de Figueroa, sus hijos.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0056 · Unidad documental simple · 1691/02/05
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Isabel de Larios, vecina de la Veracruz, vende a Juan Camaño, vecino de esta villa, una negra esclava llamada Inés, casta Arara de veintidós años de edad, en precio de 100 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0076 · Unidad documental simple · 1696/08/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que otorgó su testamento en esta villa el 7 de agosto del presente año, y ahora por vía de codicilio revoca la cláusula siguiente: Es su voluntad que Joseph [José], negro esclavo que tiene declarado por sus bienes en dicho testamento, sea entregado a Pedro Trillo de Figueroa, uno de sus albaceas, y lo tenga en su poder por tiempo de seis años a partir del día del fallecimiento del otorgante, y al terminar los seis años sea otorgada su libertad. Asimismo, ruega a Pedro Trillo ocupe a dicho esclavo en la obra de la casa que tiene dispuesta en su testamento. Finalmente, dijo que otorga libertad a Joseph [José], esclavo, por la mucha voluntad que le tiene y por haberle acompañado en diferentes viajes y haberle servido con toda fidelidad y prontitud.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0090 · Unidad documental simple · 1696/09/22
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Jacinto Ledos y Passos [Pasos], natural de Santiago de Galicia y estante en esta villa de Córdoba, dijo que el nueve de este corriente mes y año contrajo matrimonio con doña Gertrudis López [de Guzmán], doncella, hija legítima de Bernardo López [de Guzmán] y de doña María Martín Lomelín, y en el tiempo que se trató el casamiento y esponsales sus padres le prometieron dar en dote la cantidad que importaban las alhajas, ropa de vestir y parte de una casa, y debido a que no se le pudo hacer entrega de lo referido por la aceleración del matrimonio, por la presente otorga que ha recibido de mano de dicho Bernardo López y doña María Martín Lomelín los bienes que se mencionan en esta escritura, entre los que destacan: una sala de la casa de la morada de sus suegros, la cual hace esquina y frente con la plaza [Pública] de esta villa, por precio de 1 300 pesos. Una esclava nombrada Tomasa de veintitrés años de edad, la cual su suegro compró a Pedro Trillo de Figueroa por 350 pesos. Un esclavo criollo nombrado Joseph [José] [roto] de veinticuatro años de edad, el cual compró su suegro en la [ciudad de México] al Capitán don Joseph [José] del Pozo en precio de 400 pesos. Cuyo total de bienes que recibe suman 2 766 pesos 6 tomines, más 200 pesos que ha de recibir del albacea y tenedor de bienes de Juan Camaño. En cuya conformidad y por la honra, virginidad y calidad de la persona y linaje de Gertrudis López [de Guzmán], el Capitán Jacinto Ledos [y Pasos] le manda en arras proternupcias 2 000 pesos de oro común.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0107 · Unidad documental simple · 1696/12/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Benito Rendón, vecino de esta villa de Córdoba, [albacea] de Juan Camaño, difunto, como principal, y [roto] y Bernardo López, como fiadores, [roto] se obligan a pagar 2 496 pesos 2 reales, los mismos que han importado diferentes bienes que quedaron por muerte de dicho Camaño, valuados por Gaspar Rendón y Antonio Borrea [Borria], hombres experimentados en las mercancías de los géneros de Castilla, cuyos bienes se le han entregado a Benito Rendón por no haber otra persona que haga postura de ellos en las almonedas que se han celebrado por la justicia ordinaria de esta villa. Cuya cantidad se obligan a pagar a las personas que Juan Camaño ordenó en su testamento.

LOPE DE YRIBAS [IRIBAS], JUEZ RECEPTOR