El Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad y mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial de esta villa, otorga vende a Alonso Bueno, vecino de esta villa, un solar de 21 varas de frente y 54 de fondo en la calle que va del pueblo de San Juan de las Casillas para la ermita [que fue del Señor] San Sebastián; que linda por la parte del oriente con casa y solar de Pascual de Carvajal; por el norte con casa de Isabel Álvarez, viuda de Manuel Martín; y hace frente, [calle] en medio, con casa y esquina de doña María de Pedraza, viuda de Pedro Trillo de Figueroa, y por el otro lado, calle en medio, con casa del Capitán Lope Antonio de Iribas. Dicho solar quedó por bienes de Isidro Sánchez de la Llama, difunto, siendo su voluntad que de los réditos de su valor se dijesen misas por las Ánimas Benditas del Purgatorio de la santa iglesia parroquial de esta villa. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común en reales, de los cuales 160 pesos que tenía de [roto] y valor dicho solar y los 40 pesos restantes que Rendón le dio al dicho Alonso para que hicieran los 200 pesos, que han de quedar impuestos a censo redimible sobre dicho solar a razón de 5 por ciento anual, pagando 10 peso de réditos anuales a la cofradía de las Benditas Ánimas para convertirse en misas por las ánimas.
Zonder titelIsidro Sánchez de la Llama, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Colana en las Asturias de Oviedo, hijo legítimo de Bartolomé Sánchez y Catalina Álvarez, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que tiene cuentas corrientes con Antonio Fernández de Obregón, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, vecino de la ciudad de los Ángeles. Ítem declara que tiene por su propiedad una casa de madera, cubierta de teja, en donde vive, en esquina que hace frente a casa de Pedro Trillo de Figueroa y el solar en que está edificada con 25 varas de frente y 50 de fondo; una tienda, atendida por José Núñez; y una mula ensillada. Ítem declara estar casado con Magdalena Navarro, vecina de esta villa, viuda de Francisco Núñez. Ordena que le den a su mujer 200 pesos en reales, asimismo, la cama, sábanas, almohadas y lo demás que fuere de ropa y servicio de la cama; y también manda 100 pesos Catalina Navarro, hermana de su mujer, en remuneración de la asistencia que le tuvo. Nombra albaceas testamentarios a Gaspar Rendón y Juan de Piña, vecinos de esta villa, para que hagan inventario de sus bienes y los vendan y rematen almoneda o fuera de ella como les pareciere. Finalmente, como no tiene herederos, ascendientes ni descendientes, pide que el remante que quede de sus bienes lo convierta en misas por su alma.
Zonder titelAntonio de Orantes [Dorantes], vecino de esta villa de Córdoba, como principal y obligado en derechos; el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], de esta villa por Su Majestad; Isidro Sánchez de la Llama, Lorenzo de Guzmán y [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecinos de esta dicha villa, como sus fiadores y principales pagadores que se constituyen, otorgan que se obligan de pagar al Capitán Marcos Blanco, Teniente General de esta jurisdicción [roto]; y por otro impedimento, al Sargento Juan Joseph [José], vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec]; a saber 448 pesos de oro común, mismos que por un vale simple, “yo el dicho principal fui demandado ante la Real Justicia de esta villa, y de que en caso necesario principal y fiadores nos damos por entregados […] yo el dicho Antonio de Orantes [Dorantes] [ilegible] dar y pagar al dicho Teniente General Marcos Blanco o al dicho Sargento Juan José”, los 50 pesos de ellos en la Navidad del presente año y otros 50 pesos de la fecha de este pago en un año, y consecutivamente ha de ir [ilegible] en esta forma hasta haber pagado íntegramente dicha cantidad.
Ysidro [Isidro] Sánchez de la Llama, vecino de esta villa, dijo que hubo y compró de Miguel Xaramillo [Jaramillo], vecino del pueblo [roto] de la provincia de Tepeaca, un caballo castaño colorado con el hierro del margen, y teniéndolo en su poder se lo hurtaron de un rancho que posee en arrendamiento en la jurisdicción de esta villa. Asimismo, señaló que habiendo conocido dicho caballo en poder de Juan Antonio Torales, vecino de esta dicha villa, trató de pedirlo de buena manera, pero el susodicho se resistió al entrego, porque declaró haberlo comprado en la ciudad de los Ángeles de persona segura; por tanto comparecieron ante el Capitán Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario actual de esta villa, en cuya presencia se arreglaron y para evitar litigios dicho Juan Antonio Torales entregó el citado caballo. Y para que tenga efecto otorga haber recibido de Juan Antonio Torales, el caballo, y le da su poder y lasto para que por sí reciba, demande y cobre de la persona a quien compró dicho caballo la cantidad que por él le dio.
Zonder titelYsidro [Isidro] Sánchez de la Llama, vecino de esta villa, en nombre de Juan Bautista [de] Sierra Valle [y] Rioseco, residente en la ciudad de los Ángeles; y el Capitán don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, dueño de hacienda labor en la jurisdicción de Quichula [Quechula], provincia de Tepeaca; dijeron que por cuanto dicho Capitán Diego Dávila compró de don Juan Bautista de Sierra Valle 3 sitios de tierra de ganado menor en términos del pueblo de Quezala [Coetzala] y Omealca, jurisdicción de Zongolica, partido de la Antigua Veracruz. Dichos sitios cuentan con un trapiche, casa de molienda, oficinas, aperos, mulas, suertes de caña y linderos de dichas tierras, cuya compra fue celebrada en cantidad de 10 000 pesos, de los cuales pagó 4 000 de contado y los 6 000 pesos restantes se obligó a pagar en un periodo de seis años que se contaron desde 1691, dando 1 000 pesos en cada uno, 500 para Juan Bautista [de] Sierra Valle [y] Rioseco y los otros 500 para [roto] de Sierra Valle, su hermano que ya es difunto, de que le hizo gracia. Asimismo, señalaron que en atención a que se cumplieron los plazos, dicho Juan Bautista [de] Sierra Valle solicitó a Diego Dávila Barrientos el pago de 5 130 pesos que quedaban pendientes de resto de los 6 000 expresados. En ese tenor Diego Dávila Barrientos notificó a Juan Bautista [de] Sierra Valle que aceptaba la deuda y se comprometía a pagar el resto, siempre y cuando el susodicho le entregara de manera íntegra los 3 sitios de tierra. Después de autos y apelaciones que realizaron los comparecientes dijeron que ajustaron cuenta y acordaron que Isidro Sánchez de la Llama a nombre su parte rebajaría 1 200 pesos de los 5 130 pesos, en razón de que no entregaría 15 caballería; por su parte don Diego Dávila Barrientos se obligó a pagar sólo 3 930 y aceptó recibir 2 sitios de los 3 que expresa la primera escritura.
Zonder titelYsidro Sanches de la Llama [Isidro Sánchez de la Llama], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de dar y pagar al Alférez [Juan] Maldonado, vecino de esta villa, 120 pesos de oro común en reales, por otros tantos que por hacerle amistad le ha prestado para labrar una casa de madera. Para asegurar el pago de la deuda hipoteca la dicha casa fundada en esta villa con medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo.
Zonder titelYsidro [Isidro] Sánchez de la Llama, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que Pedro Trillo de Figueroa, también mercader y vecino de esta villa, le puso demanda ante el Capitán Carlos [de] Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor, sobre el arreglo y derecera en que está fundada la casa de la morada del susodicho, y habiéndose mandado inspeccionar a Antonio Gómez Cataño, Fiel nombrado por el Cabildo de esta villa, éste juró estar 3 varas fuera de la derecera de la casa de dicho Pedro Trillo. Y habiéndose proveído auto para que dentro de cierto término se pusiese en derecera la casa de Isidro Sánchez y por haber sido edificada su casa por el arreglo que hizo Salvador Pérez [Milián] cuando la fabricó, midiendo el lugar y frente que dicha casa tiene sacándola desde la plaza Pública de esta villa, por tanto otorga poder a don Miguel de Roxas [Rojas] y Amer, Doctor en Medicina que reside en la ciudad de México, para que en su nombre pueda parecer ante su Alteza y Señores de su Real Audiencia de la ciudad de México y pida y suplique mande a dicho Pedro Trillo [roto].
Zonder titelConcierto entre Juan Antonio de Alarcón, como apoderado de Juan de Castro, e Isidro Sánchez de la Llama, para evitar pleitos, costas y gastos sobre los autos que en esta villa se siguen respecto a seis cacastles de borcelana [porcelana] de China, que remitió de la ciudad de los Ángeles Martín Calvo al Capitán Diego de Vera, vecino de la ciudad de la Veracruz, en recua de Juan Antonio Romero, vecino de Orizaba, y por cuanto la porcelana no llegó a manos del Capitán Diego de Vera y éste inició juicio por tal hecho ante el alcalde de la Veracruz, en cuyos autos se declaró que dicho Juan de Castro compró en esta villa a Isidro Sánchez de la Llama las mencionadas porcelanas chinas, siguiéndose causa contra dicho Juan de Castro.
Zonder titelBartolomé de Espina, vecino del pueblo de Orizaba, residente en esta villa de Córdoba, hijo de Bartolomé de Espina y María de Castro, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado con Isabel Martín, que ya es difunta, de cuyo matrimonio no tuvieron hijos. Menciona que debe a las siguientes personas: Tomás de Madrid, Juan Alonso Lozano, Isidro Sánchez de la Llama, Gregorio Martínez de Solís, Luis Fernández de Andrade y a la cofradía de San Jesús Nazareno y también a la del Santísimo Sacramento. Como sus deudores señala a Joseph [José] Blanco, don Miguel Valero [Grajeda] y Pedro de Cabrejas. Declara por sus bienes medio solar ubicado en el pueblo de Orizaba y unas herramientas que se mencionan en la escritura. Nombra albacea testamentario a Luis Fernández de Andrade y como heredera universal a su alma.
Zonder titelPedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa de Córdoba y Notario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, otorga que sitúa y carga a censo redimible sobre una casa que posee en esta villa, la cantidad de 1 000 pesos que ha recibido del Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa, por mano del Bachiller don José Mayorga Cervantes, su hermano. Dicha casa de cal y canto se ubica detrás del mesón y está fundada en la esquina frontera de la casa del Capitán Juan de los Santos Cubillos, hace frente con casa y solar de la viuda de Isidro Sánchez de la Llama, calle en medio, y por el otro lado con solar eriazo del Alférez don José Gómez Dávila, asimismo, tiene medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo y linda con casa del otorgante. Pedro Trillo se obliga a pagar 50 pesos de réditos anuales y a seguir las condiciones que se mencionan en la escritura.
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