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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0010 · Unidad documental simple · 1685/02/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que 1684 otorgó testamento y posteriormente dos codicilios, pero que a la fecha se le han presentado algunas cosas que añadir y quitar, y por vía de codicilio otorga lo siguiente: Lo primero que por cuanto en algunas de las cláusulas ordenó la libertad de sus esclavos hasta después de la vida de doña Ana González de Velilla, su sobrina, y por la presente revoca dicha disposición y ordena que dichos esclavos sean por todos los días de su vida. También ordena que se pague de sus bienes una lámpara de plata para el santísimo sacramento que mandó hacer por mano del escribano Juan Godínez [Maldonado]. Asimismo señala que en su primer codicilio ordenó que sobre dos casas de su morada que tiene en esta villa de Córdoba se fundase una capellanía, y por la presente es su voluntad que en lugar de dicha capellanía, “para que perpetuamente esté ardiendo la lámpara de plata contenida en la cláusula antecedente” las personas que quedaren en propiedad de las casas sean obligadas desde el día de su fallecimiento para siempre jamás a dar todo el aceite que fuere necesario para que dicha lámpara esté ardiendo de día y de noche. Por último, señala que la persona o personas que obtuvieran su hacienda de trapiche de hacer azúcar, sean obligadas perpetuamente a dar a cuatro mujeres pobres un manto nuevo de seda [roto].

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0025 · Unidad documental simple · 1695/09/03
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa y su jurisdicción, padre y administrador de su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas], y de su difunta mujer Ana González de Belilla, otorga poder especial a don Juan Godínez Maldonado, Escribano Real y vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación venda un mulato, nombrado Diego que se halla en dicha ciudad, por bienes y esclavo que fue de dicha difunta, sujeto a servidumbre y cautiverio, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurar de ningún vicio, tacha ni enfermedad; confesando que la cantidad que le dieren, será su justo precio, y en caso necesario haga los autos y demás diligencias, por lo que se le da éste con libre y general administración.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0041 · Unidad documental simple · 1698/04/22
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Lope de Yribas [Iribas], natural del lugar de Artarcos en el Reino de Navarra y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Juan Martín de Yribas [Iribas] Yrursum [Yrurzum] y de doña María de Yvero [Ibero], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara haber estado casado con doña Ana González de Belilla Blanco, difunta, a cuyo matrimonio ninguno de los dos llevaba capital alguno, hasta que el tío de su mujer, el Capitán Nicolás Blanco, falleció y la dejó como heredera universal de todos sus bienes. Declara haber procreado con su esposa a Fermín, que murió a los cuatro años de edad, y a Lope Antonio de Yribas [Iribas], de catorce a quince años de edad. Declara que su esposa estuvo casada en primeras nupcias con don Antonio Sentís [de Ojeda] y que de dicho matrimonio procrearon a Joseph [José], difunto, y a Antonia de San Nicolás [roto] Religiosa profesa [roto] en la ciudad de los Ángeles. Dijo que como albacea de su mujer ha administrado y corrido con la hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl]; con unas tierras nombradas Tocuila, de la otra banda de la barranca de Chocamán; y un sitio de ganado menor en el paraje nombrado Mazapa. Declara por bienes la casa que sirve de convento a los religiosos descalzos de la orden de San Diego en esta villa, mientras se acaba de construir el convento nuevo. Declara tener dado en administración a Juan García del Castillo, la dicha hacienda de San Miguel Asesenatl [Azezenatl], por tiempo de ocho años a partir del 10 de septiembre de 1696. Nombra como albaceas a Juan García del Castillo y al secretario Juan Godínez [Maldonado], vecino de la ciudad de los Ángeles; asimismo, nombra a Juan García del Castillo como tenedor de bienes, tutor y curador de su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas]. Como heredero universal nombra a su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas].

SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0024 · Unidad documental simple · 1685/07/01
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, y doña Ana González de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta dicha villa, y la susodicha con licencia previa de su marido para otorgar la presente escritura, otorgan que dan poder general a Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre gobierne y administre todos los bienes que poseen, y los venda de contado o fiado; de manera que vendidas queden líquidos 10 000 pesos de oro común o los reciba por vía de préstamo o suplementos con los intereses que le pareciere, obligándolos a la paga de uno y otro. También lo otorgan para que pida cuentas a todas las personas por cualquier razón que sea.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0011 · Unidad documental simple · 1687/02/13
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Lope de Yribas [Iribas] y [Ana González] de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, declaran que ambos compraron del Licenciado Diego Peláez [Sánchez], Prebendado de la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles y de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlaxcala, en virtud de poder de Andrés de Vivero Villavicencio, vecino que fue la ciudad de los Ángeles, un trapiche de beneficiar azúcar nombrado San Miguel Tocuila ubicado en la jurisdicción de San Juan Coscomatepec. También señalan que del precio de la compraventa se debían sacar 3 000 pesos de oro común para la dote de una capellanía que dicho Andrés de Vivero ordenó fundar, por lo que el otorgante suplicó al Ilustrísimo don Manuel Fernández de Santa Cruz, Obispo del obispado de la Puebla de los Ángeles, le concediese licencia y espera para el pago de la dote. Y para que lo antecedido tenga efecto los comparecientes otorgan que dan poder a don Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre los obligue de mancomún acuerdo a que darán y pagarán los 3 000 pesos por fin de cuatro años, y para seguridad del principal hipotecan las haciendas San Miguel Tocuilan [Tocuila] y San Miguel Asesenatl [Azezenatl] con todo lo que les pertenece, incluyendo los 147 esclavos.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0025 · Unidad documental simple · 1685/07/21
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, y doña Ana González de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa, dueños de la hacienda de trapiche de hacer azúcar, situada en esta jurisdicción, y la susodicha con licencia previa de su marido para otorgar la presente escritura, dijeron que ambos tienen comprados de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], una hacienda trapiche de hacer azúcar de Andrés de Vivero, vecino de la ciudad de los Ángeles, con cuyo poder el susodicho les vendió la citada hacienda que llaman de San Miguel Tocuila, de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] al pago de la barranca de Chocamán y camino real de la Nueva Veracruz, por precio de 20 000 pesos de oro común, 1 000 de ellos están cargados a censo principal redimible a favor de los hijos de Marcos Martín de Castro. Y por la presente otorgan que dan poder a Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que los obligue juntamente de mancomún a que pagarán a la persona o personas los 19 000 pesos del valor y precio asentado.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO