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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0017 · Stuk · 1693/04/01
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Juan Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, dijo que por cuanto tiene otorgado su testamento fecho en la ciudad de los Ángeles y al presente por vía de codicilio manda lo siguiente: Declara que ha criado en su casa a María, niña española, huérfana, que será de edad de diez años, a la cual por el amor que le tiene manda se le den de sus bienes 300 pesos, dicha cantidad está en poder del Capitán Pedro López del Castrillo, su yerno. Declara por sus esclavos a Alfonsa Maldonado, mulata, Francisca y Teresa hijas de dicha Alfonsa; a Juan Manjarres [Manjarrez] y Diego Maldonado, mulatos; a Petrona negra cocha, que será de edad de nueve años, que al presente está en poder de doña Francisca de la Torre [Mercado], vecina de la ciudad de los Ángeles. Asimismo, declara por sus esclavos a Nicolás, mulato; a Antonio Congo, Félix y María Conga, negros. Declara que por lo bien que le han servido los dichos Juan de Manjarres [Manjarrez], Diego Maldonado y Alfonsa Maldonado, es su voluntad que desde el día del fallecimiento de doña María de Manjarres [Manjarrez Azañón], su legítima mujer, a los susodichos se les otorgue la libertad. Por el amor y voluntad que le tiene a Francisco del Castrillo, su nieto que será de edad de cuatro años, hijo legítimo del Capitán Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado, su hija, manda se le dé por su esclava a Francisca, mulata, que será de edad de trece años, hija de Alfonsa Maldonado, para que la tenga como suya, con obligación de que no la ha de poder vender durante los días de la vida del susodicho. También manda se le dé a doña Gertrudis, niña, su nieta, la esclava negra cocha nombrada Petrona; y a doña Josefa Maldonado, su hija, le manda la mulatilla nombrada Teresa, de edad de diez años. Menciona por sus bienes una casa de piedra y madera, a la cual impone doce misas rezadas en cada un año perpetuamente. Declara que debe a Diego de Brito Lomelín, vecino de esta villa, 28 pesos; y señala como su deudor a don Isidro Sánchez, por cantidad de 220 pesos, manda se cobre [roto]. Por último manda se digan doce misas rezadas por la limosna ordinaria para las almas de aquellas personas “en que yo pueda ser encargo”; y otras veinte misas rezadas para el alma de los naturales.

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MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0073 · Stuk · 1694/10/05
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de Pedro López del Castrillo, difunto, y de doña Francisca de la Torre Mercado, vecina de dicha ciudad; y doña Josepha [Josefa] de Maldonado, mujer del susodicho, también natural de la ciudad de los Ángeles, hija del Alférez Juan Maldonado, difunto, y de doña María de Manxares [Manjarrez] Asañon [Azañón], vecina de esta villa; dijeron que por cuanto los descargos de su conciencia los tienen comunicados “el uno al otro y el otro al otro”, por tanto en aquella vía y forma otorgan que se dan el poder que se requiere, en caso de uno de los dos falleciere, y el que quedare vivo haga y otorgue su testamento en la forma y con las cláusulas que se tienen comunicados. Por otra parte, declaran que son casados y cuando contrajeron matrimonio él llevó de dote la cantidad de 3 000 pesos y la susodicha su mujer hasta cantidad de 5 000 pesos poco más o menos. Durante dicho matrimonio han procreado a Gertrudis, Pedro Pablo, Francisco, Felipe, Joseph [José] Zeferino, Juan Joseph [José] y a Gerónimo [Jerónimo] del Castrillo. Para cumplir las mandas y legados de este testamento ambos se señalan albaceas testamentarios. Por último, nombran por únicos y herederos universales a sus hijos, y dicho Pedro nombra por tutora y curadora de ellos y de sus bienes a doña Josepha [Josefa] de Maldonado, su mujer.

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MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0002 · Stuk · 1691/01/23
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder al Capitán Antonio Moreno de Torija, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre lo obligue a que dé y pague a doña Francisca de la Torre [y] Mercado, su madre, la cantidad de 15 000 pesos en reales por otros tantos que importó una hacienda de trapiche nombrada San Francisco de Paula, ubicada en esta jurisdicción, la cual se compone de 3 caballerías y media de tierra, caña dulce, esclavos, ganados, avíos y aperos, que la dicha su madre le tiene entregada y vendida. Por otra parte, señala que los 15 000 pesos han de quedar impuestos y cargados a censo principal redimible sobre su persona, bienes y dicho trapiche; asimismo, otros 900 pesos que están impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dicho trapiche a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de México. Finalmente menciona que los 15 900 pesos de principal los pagará con obligación de su persona.

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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0025 · Stuk · 1696/04/03
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, dijo que el poder que le otorgó su madre doña Francisca de la Torre [Mercado], viuda de Pedro López del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles, para cobranza de 1 000 pesos que a la susodicha le debe el Capitán Cristóbal Romero, vecino del pueblo de San Cristóbal Alvarado, correspondientes al arrendamiento de una hacienda que posee en dicho pueblo; lo sustituye en Diego de Brito Lomelín, vecino de esta villa y de partido de dicho pueblo de Alvarado.

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MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0029 · Stuk · 1688/08/03
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Doña María de Brito Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán Tomás [López] de Sagade, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos, vende a doña Francisca de la Torre [Mercado], vecina de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, un esclavo suyo, nombrado Domingo de nación portugués, que será de edad de treinta años poco más o menos, libre de empeño, deuda ni obligación y sin asegurarlo de ningún vicio, defecto, tacha ni enfermedad, al precio de 250 pesos de oro común, que tiene recibidos de contado.

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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0077 · Stuk · 1696/08/09
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, dijo que tiene poder que le dio su madre doña Francisca de la Torre [Mercado], viuda de Pedro López del Castrillo, vecina de la ciudad de los Ángeles, para la cobranza de 1 000 pesos que a la susodicha le debe el Capitán Cristóbal Romero, vecino del pueblo de San Cristóbal de Alvarado, procedidos del arrendamiento de una hacienda que posee en dicho pueblo, de tiempo de [dos] años, otorgado en dicha ciudad el 27 de marzo de este año ante Pedro Gómez de Prado, Escribano Real y Público. Y por cuanto había otorgado sustitución en don Diego [de] Brito Lomelín, vecino de esta villa, quien se lo ha devuelto, otorga por la presente lo substituye en Andrés Moreno de Torrija, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en dicho pueblo de San Cristóbal Alvarado, y lo firmaron siendo testigos Juan Ludovico Blois, Juan de Vega y Tomás Montero, vecinos de esta villa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0004 · Stuk · 1685/01/25
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneyra [Rivadeneira], vecino de la ciudad de los Ángeles, otorga que vende al Capitán Tomás López de Sagade, 11 y media caballerías de tierra eriaza, desde donde rematan 3 caballerías que se repartieron a Diego Hernández de Liguarda [Liguada], en que está fundado el trapiche de hacer azúcar de doña Francisca de la Torre [Mercado], viuda y vecina de la ciudad de los Ángeles; dichas tierras lindan hacia el oriente con el monte debajo de Totutla; por el sur linda con una barranca que llaman de Xuchiapa; por el norte con el camino real, que por dicho monte va a la Nueva ciudad de la Veracruz. La venta se realiza en precio de 2 379 pesos de oro común, de esa cantidad 2 000 han de quedar impuestos y cargados a censo principal redimible sobre dichas caballerías, para seguridad de los 2 000 pesos, el comprador hipoteca las citadas caballerías de tierra, así como una hacienda de trapiche de hacer azúcar, que tiene en la misma jurisdicción.

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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0027 · Stuk · 1703/02/10
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, revoca el poder que le dio y otorgó a Gabriel de Bonilla Calderón, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, con fecha a 27 de julio de 1697 ante Nicolás López, Escribano Público que fue de esta villa. Y por la presente otorga poder especial a José Núñez Jiménez, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda pedir y demandar, haber y cobrar de los bienes y albaceas de doña Francisca de la Torre Mercado, viuda mujer que fue de Pedro López del Castrillo, sus difuntos padres, 1 565 pesos 4 tomines y 4 granos que le tocan por cuenta y pago su legítima paterna y materna, que le fueron adjudicados, entre otras porciones, en el valor y sobre la hacienda nombrada San Pedro en el paso de Santa Ana Chautempan [Chiautempan]de la provincia de la ciudad de Tlaxcala, la cual fue rematada por bienes de dichos sus padres en Juan Álvarez Montero, quien especialmente se obligó a pagarle dicha cantidad.

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MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0050 · Stuk · 1700/07/16
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder al Alférez Manuel Serrano, vecino del pueblo de Albarado [Alvarado], y a Esteban López Mellado, residente en dicho pueblo; para que en su nombre pueda pedir, haber y cobrar a Isidro Romero, vecino de la ciudad de México y dueño de pescaderías en el dicho pueblo de Alvarado, la cantidad de 312 pesos y 2 reales que son los mismos que le dieron y le adjuntaron al otorgante como uno de los cuatro herederos de doña Francisca de la Torre Mercado, su difunta madre, en la cantidad que está debiendo dicho Isidro de resto de la pescadería que le vendió dicha doña Francisca de la Torre, el 28 de octubre de 1697, ante don Pedro Bernardes de Rivera, Escribano Real. Asimismo, les otorga dicho poder para que cobren todo lo que le deban y si fuese necesario contienda de juicio, lo representen y defiendan.

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