Juan [Guazo] de los Ríos, vecino de esta villa de Córdoba, y María Galván, su legítima mujer, como hija y heredera de Alonso Galván su padre y con licencia de dicho su marido, venden a Ana Martín, vecina de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo que heredó de su padre, y que linda con solar de Gertrudis de Estrada y hace frente, calle en medio, con casa y solar de Luisa Íñiguez; y por otra parte linda con solar de Francisco Galván; y por el fondo linda con la morada de los otorgantes. Lo vende en precio de 50 pesos de oro común en reales.
Sans titreLeonor López, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Tecamachalco, hija de Juan López Martín y Catalina Milián Perdomo, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda 4 reales para la canonización del venerable Gregorio López y otros cuatro para la canonización de Juan de Palafox y Mendoza. Ítem, manda 4 reales a cada una de las cofradías de la iglesia parroquial. Ítem, manda dos sábanas a Gertrudis, su sobrina; una caja de cedro, unas naguas y camisa de seda a Micaela Margarita niña que ha criado en su casa; una mantilla, una camisa y unas naguas de sarga a Petrona González por el mucho amor y cariño que le ha servido y asistido. Declara que, a Micaela de Estrada, vecina de esta villa, viuda de Manuel de Piña, le prestó 5 reales manda que se cobren. Declara que fue casada con don Juan González, difunto, y al tiempo que contrajo matrimonio ambos no tenían ningún caudal y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo a Miguel González de veinticinco años. Por bienes menciona una caja de cedro grande con llave, seis cucharas de plata; un solar en esta villa, ubicado en la calle Real, con 50 varas de frente y 50 de fondo, por el oriente da con solar de Juan del Río, y por el poniente con solar de Micaela de Agra, por el sur con solar de Gertrudis de Estrada y por el norte calle en medio con solar del Capitán Francisco de Meza y Mendoza, en el cual tiene labradas 11 varas de cal y canto cubiertos de teja con sus puertas y ventanas. Por último, instituyó y nombró por albacea testamentario y tenedor de bienes a Miguel González, hijo, y lo nombró su único y universal heredero.
Sans titreJoseph [José] de Betancur [Letancur], natural del pueblo de San Juan Cuscomatepec [Coscomatepec], vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del ayudante Matías [de] Betancur [Letancur], vecino y Regidor que fue de esta villa, y de [Juliana] de Tapia, difuntos, otorga su testamento en el que declara: Debe y manda se pague a Gregorio [Martínez] de Solís, al Capitán Nicolás Blanco y a Lorenzo de Guzmán. Declara que le deben las siguientes personas: un indio del pueblo de Tequila llamado Francisco, Alonso de Meza [y Mendoza] y Gaspar González. Señala no estar casado ni tener hijos, y que tiene asentado casamiento con Josepha [Josefa] Íñiguez, hija de Joseph [José] Iñiguez y de Gertrudis de Estrada, a la cual tiene entregado vestuario y otras cosas, y en caso de que él falleciera manda que no se le quiten, sino que las tome para sí porque de ello le hace gracia y donación. Declara por bienes 2 suertes de tierra en esta jurisdicción que fueron de su padre, las cuales ahora son de él por haber pagado con su trabajo la cantidad de 550 pesos a Antonio Cornejo de Villarroel, que le debía su padre; cuatro caballos, dos sillas jinetas, un aderezo nuevo de espada y daga, una escopeta, un arcabuz de cuerda, un potrito, dos jacales grandes en dichas tierras. Declara haber dado al Capitán Joseph [José] Blanco tres fardos de tabaco de cuya cuenta le dio 20 pesos y después le pidió 100 pesos para ir a Puebla. Nombra por albacea a sus hermanos Juan [de] Betancur [Letancur] y Tomás Martínez, a quienes también nombra herederos junto a Antonia de Betancur [Letancur].
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