Pedro Canales de la Feria y Medina, vecino [roto] y natural de la ciudad de los Ángeles, hijo de Esteban Alonso de la Feria y de Juana García Canales, difuntos, otorga su testamento en el que señala lo siguiente: A las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén manda a cada una un peso; y para la beatificación de Gregorio López manda se den de limosna 4 reales; manda se digan veinticinco misas rezadas por su alma y la de sus padres; manda se den 10 pesos de limosna a la cofradía de la Purísima Concepción de esta villa. Declara estar casado con María de Suñiga [Zúñiga], y durante dicho matrimonio procrearon a Pedro Canales, niño de dos años de edad. Ítem declara que al tiempo y cuando contrajo matrimonio la dicha su mujer trajo por su dote 160 pesos. Ítem declara por sus bienes los muebles y menaje de la casa, [una mulata] nombrada Magdalena que será de veinticinco años y su hija nombrada Theresa [Teresa] de dos años poco más o menos; otro negro nombrado Gerónimo [Jerónimo] de veinte años poco más o menos. Ítem declara le deben diferentes cantidades de pesos Salvador Chacón; el Alguacil Mayor Juan de Soto [Noguera]; Juan Bautista de Ríoseco y Sierra Valle; Simón Trujillo; y el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de ésta villa. Nombra por albacea testamentaria, tutor y curador a la dicha su mujer, y del remanente que quedare de sus bienes nombra por único y universal heredero a su hijo Pedro Canales.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMaría de Suñiga [Zúñiga], de esta villa de Córdoba y viuda, albacea, y tenedora de bienes de Pedro Canales, otorga que vende a Joseph [José] de Leyba [Leiva], vecino de esta villa, un negro esclavo, de bienes de dicho difunto, nombrado Gerónimo [Jerónimo], de casta Mina, que será de veinte años poco más o menos, que dicho difunto hubo y compró de Miguel Mazón. Lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre por libre de empeño, enajenación e hipoteca, al precio de 200 pesos de oro común, que ya tiene recibidos en reales de contado.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Francisco Valero Grageda [Grajeda], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Pedro Canales, vecino la misma villa, un solar de 50 varas en cuadro, que linda por el oriente con solar de Isabel Galván, calle en medio; por el norte con la calle Real; por el poniente con solar del Bachiller don Juan Valero [Grajeda], su hermano; por el sur con el del Bachiller Juan García de Arroyo. Lo vende en precio de 80 pesos de oro común.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOIsabel Galván, viuda de Antonio Hernández, vecina de esta villa de Córdoba, [vende] a Pedro Canales, su sobrino, una mulatita, su esclava, nombrada Magdalena de edad [roto] poco más o menos, nacida en su casa, hija de Filipa [sic], por esclava cautiva, sujeta a perpetua esclavitud, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, sin asegurar de ninguna tacha, enfermedad pública ni secreta, al precio de 200 pesos de oro común, que tiene recibidos en reales de contado.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJuan García [de] Arroyo, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Xalalpan, del [obispado] de la Puebla de los Ángeles, otorga poder al Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Cura Beneficiado interino [roto] y Juez Eclesiástico de esta villa de [Córdoba], para que en su nombre venda o arriende [una casa] de vivienda que labró en esta villa, con paredes de piedra y cal, cubierta de teja, con el solar que le pertenece, que linda por el oriente con solar de Bernardo de Rojas, calle en medio; por el norte con el de Pedro Canales; y por el poniente con el del Regidor Francisco de Aguilar.