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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0086 · Stuk · 1697/11/07
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Francisco del Pino, natural de Triana en los Reinos de Castilla y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Juan del Pino, difunto, y de María Herera [Herrera], vecina de Triana, otorga poder a Josepha [Josefa] González [Moreno], su mujer, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara estar casado con Josepha [Josefa] González, quién no trajo ningún caudal y durante su matrimonio procrearon como hijos legítimos a María de quince años de edad, Nicolasa de trece, Juan de once, Pedro de nueve, Catalina de siete, Miguel de cinco, Antonio de dos años y Ana del Pino de dos meses. Nombra por su albacea, tenedora de bienes y como tutora y curadora ad bona a su esposa, y del remanente de todos sus bienes instituye por herederos a sus hijos legítimos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0036 · Stuk · 1698/04/09
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Doña María de Brito Lomelín, natural de esta villa, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], difuntos y vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena ser amortajada con hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Orden Tercera es profesa de hábito exterior, y sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, delante del altar de Nuestra Señora de la Soledad, de cuya cofradía es hermana, debajo de la última grada. Ordena se digan por su alma las misas de la emperatriz, pagando un peso por cada una de ellas. Ordena se saquen de sus bienes 400 pesos de oro común para ayuda a la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa que actualmente se está haciendo, y en caso de que la fábrica se termine antes de su fallecimiento, ordena que sus albaceas entreguen dicha cantidad al cura que sea de la iglesia para que los emplee en lo más necesario. Declara tener cuentas con Salvador Pérez [Milián], carpintero vecino de esta villa, quien le debe 100 pesos, los cuales manda se den para la fábrica material de la capilla de la Tercera Orden que se está labrando en el convento de San Antonio de esta villa, ya sea en reales o los desquite en dicha obra con su oficio de carpintero. Declara por bienes la casa de su morada, que hacen frente con la iglesia parroquial, y otras casas que tiene en esta villa; asimismo, una hacienda de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, nombrada San José [Suchiatl], que por el oriente linda con el trapiche que fue de Nicolás Rodríguez y hoy posee doña Marina Gómez Dávila. Declara haber estado casada con el Capitán don Thomas [Tomás] López de Sagade Bugeyro [Bugueiro], difunto, con quien procreó al Licenciado don Joseph [José] López de Sagade, Clérigo Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles; a don Alonso López de Sagade [Bugueiro], casado con doña Antonia [Clara] de Rivadeneira; a don Thomas [Tomás] López de Sagade [Bugueiro], casado con doña Juana de Ojeda, vecinos de esta villa; a don Juan Carlos López de Sagade, que se halla cursando filosofía en la ciudad de los Ángeles, de 21 años de edad; y a doña Francisca López de Sagade [Bugueiro], que falleció doncella. Declara que don Alonso López de Sagade [Bugueiro], su hijo, desde hace tres años se ha hecho cargo del trapiche, de cuyos frutos gozan todos, por lo cual ordena se le den 1 000 pesos por cada año que ha estado y esté al frente del trapiche. Ordena se le den 200 pesos de oro común a su sobrina María de Brito, de nueve años de edad, hija de Diego de Brito [Lomelín] y de doña Juana Villareal [y Estrada]; [roto] pesos a Isabel, hija de los susodichos; 400 pesos de oro común a su sobrina Antonia, niña de doce a trece años de edad, hija del Alférez Juan Gutiérrez y de doña Ángela de Brito, su hermana, vecinos de la ciudad de los Ángeles; 100 pesos a cada una de las siguientes niñas: María de dieciséis años de edad, Nicolasa de catorce años, y Catalina de ocho años, todas hijas de Francisco del Pino, difunto, y de Josepha González [Josefa González Moreno]; todas las cantidades anteriores para ayuda del estado que nuestro señor se sirva encaminarles, las cuales recibirán luego que tomen estado. Nombra como albaceas testamentarios al Licenciado don Joseph [José] López de Sagade, a don Alonso López de Sagade [Bugueiro] y a don Tomás López de Sagade [Bugueiro]. Nombra como herederos universales a sus hijos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0020 · Stuk · 1681/07/06
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Francisco del Pino y Josepha [Josefa] González Moreno, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, y la dicha Josefa con licencia de su marido para otorgar y jurar el presente poder; Antonio de Brito Lomelín, vecino de esta villa, como curador ad bona de Miguel González Moreno y Micaela González Moreno, tutor de Manuel González Moreno, hijos legítimos de Manuel González Moreno y de Catalina Rodríguez, otorgan poder a Andrés de Asiago, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, actualmente residente en esta villa, en primer lugar, en segundo al Capitán Juan Antonio Hugo, que lo es del navío nombrado el Santo Cristo [roto] de la flota que está surta en el puerto de San Juan de Ulúa, del cargo del señor General don Gaspar Manuel Fernández de Velasco, vecino de la ciudad de Cádiz; y a cada uno de los susodichos in solidum para que por dichos menores y en su nombre, y también por la susodicha, pidan y tomen cuenta a cualquier albacea, herederos y tenedores de bienes que hubieren quedado por fin y muerte de Tome González y Clemencia Mateos, abuelos de los citados Miguel, Micaela y Manuel, y de la dicha Micaela.

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