Francisco Romero, hijo legítimo de Pedro Romero y Antonia de Ochoa, difuntos, vecinos del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, de donde es natural, residente en la villa de Córdoba, otorga que hace su testamento en la manera siguiente: Declara ser casado con María Josepha [Josefa] su legítima mujer que vive en el citado puerto, la cual trajo en su poder 250 pesos en alhajas y trastes de casa, durante el matrimonio han tenido por hija legítima a Ana Francisca Antonia; asimismo, declara por su hija o hijo legítima al póstuma o póstumo que naciere, debido a que su mujer está preñada. Señala que debe a su padrino Marcos de Orellana, vecino de dicho puerto; a Pedro de Soto, vecino de dicho puerto; al Condestable Juan Antonio [roto]; a Francisco de Ochoa. Declara por sus bienes la ropa que tiene en Veracruz en la posada de Francisco de Ochoa, y 40 fanegas de maíz que tiene Juan Romero, su hermano. Ordena que se dé a Isabel Vázquez [roto]. Nombra por sus albaceas testamentarios a Marcos Orellana y Francisco de Ochoa; y del remanente que quedare de sus bienes, instituye como sus herederos a Ana Francisca Antonia y al póstumo o póstuma que la dicha su mujer pariere.
Sans titre
MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0002
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Pièce
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1681/02/08
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba