Diego Maldonado y Juan de Quiñones, vecinos de Jalapa, venden a Pedro Cuadrado dos picos de mina registrados en la mina San Nicolás, en el descubrimiento de Tlatlatila[Tatatila], por el precio de 80 pesos de oro común.
Don Pedro de Senande, vecino del pueblo de Jalapa, con poder de don Jerónimo José Benítez, para la administración de bienes del difunto Capitán Bartolomé de Castro, otorga en arrendamiento a don Nicolás José Salvo Martínez, maestro carpintero y vecino de este pueblo, de una casa de paredes, cubierta de madera y teja, ubicada en la Calle de la Soledad, linda al oriente con casa de Teodora Josefa Mojica y calle en medio, al sur con casas de don Juan de Quiñones, al poniente con el Hospital Real de este pueblo y al norte con casas del difunto Castro, por el tiempo de 3 años al precio de 21 pesos de oro común en cada año.
Doña Juana Gertrudis Sandria, viuda de don Juan Esteban del Valle y vecina del pueblo de Jalapa, vende a don Juan de Rojas, vecino de este pueblo, una casa de madera y teja, embarrada de cal con una bodega y oficinas, que labraron la otorgante y su marido en un solar que pertenece al Colegio de San Ildefonso de Puebla, de la Compañía de Jesús, a quien dicho Juan reconocerá el pago de arrendamiento mientras tenga dicha casa en tal solar; la casa mide 16 varas de frente y 62 varas de fondo, linda al norte con la Calle Nueva, casa de Juana Núñez y paredes de don Juan de Quiñones, al sur con casa que labró Francisco Javier López y callejón en medio, al oriente con casa y solar de don Alonso Fernández y de la viuda de Salvador, el cigarrero y al poniente con casa y solar de don Baltazar García, al precio de 300 pesos.
Doña Margarita Beatriz López, viuda de Juan de Viveros y vecina del pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, junto con Francisco Javier López, vecino de este pueblo, para que se encarguen de sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don José de Castro, dueño de mulas y vecino del pueblo de Jalapa, albacea del difunto don Felipe de Acosta, recibe a censo 200 pesos de oro común de principal de los bienes de dicho difunto o de la Cofradía de las Ánimas, mismos que se obliga a pagar dentro de 5 años, dando 10 pesos anuales del rédito que le corresponden a razón de 5% al Mayordomo de dicha Cofradía don José Antonio de Acosta, y para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca unas casas de su propiedad, ubicadas en este pueblo, que lindan al poniente con la Calle de la Soledad y casas de don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor, al norte con casas de Teodora Josefa Mojica, al oriente con casas de don Juan Antonio de Arce y Arroyo, y al sur con casas de don José Antonio Matamoros.
Don Lucas José Barradas, vecino del pueblo de Jalapa, con poder que le otorgó Antonio Paredes, Reverendo Padre de la Sagrada Religión de la Compañía de Jesús y quien fue Rector del Colegio de San Ildefonso en este pueblo, vende a don Tomás Borro, vecino de este pueblo, un pedazo de solar de 16 ½ varas de frente y de fondo, linda al norte con paredes que tocan a don Juan de Quiñones y Calle Nueva en medio, al oriente con casa y solar de don Alonso Fernández y casa y solar de don Antonio de Campo, al sur con el callejón que llaman Beatriz López y casa y solar de Javier López, y al poniente con casas y solar de Juana Núñez, dicha venta la hace al precio de 132 pesos.
José Antonio Ibáñez, Juan Bonifacio Ibáñez, Bernardino Ibáñez, María Leonicia Ibáñez, Miguel Francisco Ibáñez, Ana Francisca Ibáñez y Felipa Micaela Ibáñez, mujer legítima de Andrés Cabral, hijos legítimos y herederos de Francisco Ibáñez, el cual se casó en primeras nupcias con la difunta Paulina Ortiz, y en segundas nupcias con María Teresa del Prado, madre de los declarantes, venden a José Manuel Tavera, una casa y solar que mide de frente 53 varas y de fondo 41 varas, linda al sur con el callejón y Calle Real de este pueblo, al norte con solar de Juan de Quiñones, y de Javier López, al poniente con casa y solar del comprador y al oriente con solares de Ibáñez y Manuel de Santa Ana. La venta es al precio de 250 pesos, 150 pesos que les han pagado de contado, y los 100 pesos restantes que reconocerá a réditos, dando 5 pesos anuales contando desde la presente fecha, cada 6 meses.
El Capitán don Alonso de Alba, Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa, albacea del difunto don Juan de Quiñones, afirma que dicho difunto le vendió a don José de Amacosta, una casa en solar propio sin techar, la cual linda al sur con la Calle Nueva, al oriente con solar y paredes que fueron de María de Acosta, al norte con solar de la Cofradía de las Animas Benditas de este pueblo y al poniente con solar de doña Juana Núñez, dicha venta se realizó en la cantidad de 600 pesos, con réditos a pagar del 5% a favor de censo y gravamen de la Cofradía de las Benditas Ánimas de la Santa Iglesia Mayor de este pueblo.
Don Joaquín Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder especial que le otorgó don José de Amacosta, vecino de la Ciudad de Puebla, vende al Bachiller don Antonio Álvarez de Guzmán, Clérigo, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de este pueblo, una casa y solar que mide 17 varas de frente, la cual linda al sur con la Calle Nueva, casa y solar del citado don José de Amacosta y casa y solar que fueron de don Alonso Fernández, que hoy pertenece a don Manuel Bañares, al oriente con solar que fue de María de Acosta y que hoy es de los herederos doña Ana María de Iglesias, al poniente con solar que fue de Juan Camacho y que hoy es casa de doña Juana Núñez, en la cantidad de 600 pesos de oro común, con réditos del 5%, donde el comprador pagara solo 200 pesos de contado restando 100 pesos que serán a favor de la Cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta parroquia, realizándose el reconocimiento de un pago de 30 pesos anuales al mayordomo don Juan de Quiñones.
Don José de Velasco, vecino del pueblo de Atzalan, de la jurisdicción de Jalacingo, otorga poder general a don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, para que en su nombre demande, reciba y cobre de todas las personas, todas las cantidades de pesos y reales que le deban, así como en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, con cualquier persona, comparezca ante cualquier juez y justicia de ambos fueros.