Juan García de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba y doña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, otorgan poder a [roto] y al Capitán Francisco Canales y Gacio, vecino de la ciudad de México, para que puedan recibir prestado de las personas que quieran dar 6 000 pesos de oro común, con los intereses que corran y los obliguen a pagar en plazo de un año.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALBaltazar González de Velilla Blanco, dueño de trapiche de hacer azúcar, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva Veracruz y Alcalde Ordinario en ella; o al Contador don Martín Calvo, vecino de la Puebla; o al Capitán Francisco Canales y Gacio, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de su persona puedan recibir prestado [roto] y lo obliguen a pagar con los premios que corrieren.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALJuan García de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de sitios y tierras en su jurisdicción, otorga que debe y ha recibido del señor Capitán don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la provincia de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec y dicha villa, 800 pesos de oro común, que por hacerle buena amistad le ha prestado, los cuales se obliga pagar en la ciudad de México o en la parte que le pidan al Capitán Francisco Canales [y Gacio] o la persona que le ordenen.
ANTONIO TORRES SARMIENTO, ESCRIBANO DE SU MAJESTADJuan García de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, dueño del trapiche de hacer azúcar, ubicado en esta jurisdicción de Córdoba, nombrado San Miguel, otorga poder a Bernardo Velázquez de [Ladrada], Martín Calvo, al Capitán Francisco Canales y Gacio, para que puedan recibir prestado de las personas que quieran dar [roto] en pesos de oro común, con los intereses que se pudieran.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALFrancisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, menciona que el 17 de octubre del mes de agosto del presente año otorgó testamento, sin embargo a la fecha se le ofrece añadir y quitar algunas cosas a dicho testamento y para darle efecto por vía de codicilio ordena lo siguiente: Declara que por cláusula testamentaria ordenó que después de los días de doña Gertrudis de Gatica, su mujer, con lo que rentaren en una casa que tiene en la ciudad de la Veracruz y otra en la villa de Córdoba, se saque una huérfana el día de San Antonio de cada año, y por la presente fecha ordena que a la huérfana que saliere se den solamente 300 pesos para su dote y de lo que restare de dichos arrendamientos se han de pagar los réditos de los censos que la casa de Veracruz tiene impuestos. Asimismo, ordena que en la elección que el Cabildo hiciere de las huérfanas que dicha obra pía hayan de salir, sean preferidas las parientas del susodicho o de su esposa. También declara que le adeudan las siguientes personas: Luis de Ulloa, hermano de la Tercera Orden; Salvador Pérez Milián; y los bienes del difunto don Gaspar González. Declara que de los “dos mil treinta y tantos pesos” que entregó al Capitán Francisco Canales [y Gacio] para llevar a Castilla se le adeudan 900 pesos, y si pareciera haber cobrado algo más de que no se acuerda se rebaje de dichos 900 pesos. Por otro lado señala que tiene en su poder el valor de un tercio de cordobanes de cuenta de Juan de Arebalo [Arévalo], vecino de Tecamachalco, y otro tercio de cordobanes del susodicho, ordena se le pague. Por último declara por sus bienes una mulata nombrada Antonia que está en servicio de doña María Pastrana.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOGregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva Veracruz y Alcalde Ordinario en ella; o al Contador don Martín Calvo, vecino de la Puebla; o al Capitán Francisco Canales y Gacio, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de su persona puedan recibir prestado 3 000 pesos de oro común, obligándolo a pagar en el plazo que asentaren.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL