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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0042 · Unidad documental simple · 1687/07/05
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan García de Miranda, vecino y dueño de sitios y tierras de ganado menor, en esta jurisdicción de San Antonio Huatusco, podatario y administrador de Josepha [Josefa] García de Miranda y herederos de Joseph [José] de Olivera, vecino que fue de esta dicha jurisdicción, otorga que ha recibido del Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, 800 pesos de oro común, que por hacerle amistad y buena obra le ha prestado, los cuales pagará en la ciudad de México, a Melchor de Peralta, mercader y vecino de dicha ciudad, para fin del mes de enero de 1678 [roto].

LUIS PALOMINO RENDÓN, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0048 · Unidad documental simple · 1687/09/24
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Joseph [José] de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Joseph Gómez de Dávila, su yerno, 6 caballerías de tierra que tiene en el pago de Totutla, jurisdicción de esta villa, dichas tierras lindan por el oriente con tierras suyas; por el norte con tierras de Antonio de Brito Lomelín y tierras del pueblo de los negros San Lorenzo; por el poniente con tierras de Francisco de Barrios; por el sur con la sierra que llaman de Omealca; las cuales compró de Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, y al presente las vende por precio de 1 250 pesos de oro común. Dichas caballerías y lo que en adelante se le agregaren han de quedar impuestos a censo redimible a su favor. Estando presente Joseph [José] Gómez de Dávila dijo que aceptaba la escritura y otorga que se obliga a pagar a Joseph [José] de Leiva, 75 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año.

PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0062 · Unidad documental simple · 1687/11/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Marcos Blanco, vecino de este pueblo, otorga que da poder a Antonio Téllez de Acuña, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Virrey y ante los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia, y pida cualquier merced que le beneficie, para lo cual asista en juicio y ante quien le convenga.

PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0013 · Unidad documental simple · 1686/03/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por [Su Majestad] de la villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], dijo que por cuanto Francisco Cruzado, vecino de la ciudad de los Ángeles, por el mes de [febrero] recibió del Capitán Francisco [roto] de la ciudad de México, la cantidad de 1 457 pesos y de Joseph [José] de tal [cuyo apellido no recuerda], otros 1 000 pesos, declara que fueron para él los 2 457 pesos que Cruzado sacó, por lo tanto se obliga por la presente a pagarlos en un lapso de seis meses.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0041 · Unidad documental simple · 1686/08/02
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que habiendo hecho a su costa los puentes de la punta de Guatusco [Huatusco] y una venta para el trajín del camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes Virrey de esta Nueva España, quien mandó que a cada persona que pase a caballo por los puentes se le cobre 1 real y otro real más por cada mula cargada, dio en arrendamiento ese derecho y dicha venta, hasta el mes de septiembre del año de 1687, al Sargento Juan Joseph [José] Hernández, de la Compañía de Infantería del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], por precio de 700 pesos, en la forma y como se contiene en la escritura que otorgó el susodicho ante el presente escribano el 15 de julio de este año, la cual declara está hecha de su consentimiento y se obliga a guardar y cumplir todo lo que en ella indica.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0007 · Unidad documental simple · 1688/04/03
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan [García] de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, y dueño de trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y concertare hasta por la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándolo como principal o como fiador del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa y provincia de San Antonio Huatusco, y en razón de lo susodicho otorgue escritura que le fuere pedida, misma que aprueba y ratifica, y se obliga con su persona y bienes.

ALONSO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0041 · Unidad documental simple · 1687/07/05
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan García de Miranda, vecino de esta jurisdicción de San Antonio Huatusco, administrador y podatario de [roto] otorga que ha recibido del Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano 1 200 pesos de oro común, que por hacerle buena obra le ha suplido para el avío y pertrechos del dicho trapiche que tiene en administración, los cuales pagará en la ciudad de la Nueva Veracruz al Alférez Juan Hurtado de Mendoza, Provincial y Regidor de ella, para fin del mes de diciembre del presente año, por cuenta de dicho Sargento don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor.

LUIS PALOMINO RENDÓN, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0055 · Unidad documental simple · 1688/04/17
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Riaño, vecino de esta villa de Córdoba, declara que compró al Capitán Juan de la Carra, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, un negro bozal, sin bautizar, cataluango [sic] de edad de ocho años, marca de fuego en un brazo, por precio de 200 pesos de oro común. Asimismo, declara que dicho esclavo lo compró para doña María de la Parra y Oliveros, vecina de la ciudad de los Ángeles, por lo cual todo el derecho que ha adquirido por la compra, lo renuncia y traspasa a la citada María de la Parra.

PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0057 · Unidad documental simple · 1688/06/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Joseph [José] Rodríguez, vecino de esta jurisdicción, otorga que da su poder al Bachiller Antonio Téllez de Acuña, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante el Juzgado General de Bienes de Difuntos, y demande de los bienes que quedaron por fin y muerte del Alférez Francisco Sánchez, la cantidad que le era deudor.

PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0038 · Unidad documental simple · 1686/07/15
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Sargento Juan Joseph [José] Hernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, por mandamiento de 15 de junio de este presente año, se sirvió mandar que el señor Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente General de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], aderezara a su costa los puentes que están en la punta que llaman de Guatusco [Huatusco], del camino nuevo que va de esta villa a la ciudad de la Nueva Veracruz, e hiciera en él ventas por las que pudiera cobrar, por tiempo de un año, un real a cada persona que por dichos puntos pase a caballo y otro real por cada mula cargada. Y en vista de que el señor alcalde tiene aderezados a su costa los puentes y está construyendo la venta entre ellos, tienen convenido ambos en que han de correr dichas puentes y venta por cuenta del otorgante, desde hoy día hasta dos meses después de que haya salido del puerto de la Veracruz, para los Reinos de Castilla, la flota que este año se espera, con el fin de que pueda aprovechar dicho tiempo [roto]. Por lo tanto, se obliga a pagar al alcalde 700 pesos de oro común por concepto de arrendamiento de la venta y estipendios de los puentes, incluidos 150 pesos que tiene entregados a cuenta, con la condición de que al no venir la flota este año, dicha renta ha de ser tan solamente por 350 pesos por la misma temporada, y obligarse el alcalde a hacer él la dicha venta, en que ha de haber un jacal de 12 brasas de largo, dos de 6 brasas, una cocina, horno de pan y otro jacal para caballeriza.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL