El General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba y Teniente de Capitán General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad; don Diego Valero Grajeda, don Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, Regidores Perpetuos de esta villa por Su Majestad; otorgan poder general al Doctor don Felipe Lugos, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que siga, prosiga, fenezca y acabe todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales que este cabildo tenga con cualquier otro cabildo, convento, hospital, comunidad u otra cualquier persona. Y especialmente los defienda en el pleito que se sigue con el Capitán don Juan Mellado de Rivadeneira, sobre las tierras que pretende ser suyas pertenecientes a esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl General don Francisco de la Concha Cueva Revollar [Rebollar], Alcalde Mayor de esta villa, Teniente de Capitán General en ella; don Miguel Valero de Gragera [Grajeda], Alcalde Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad; don Diego Valero [y] Gragera [Grajeda], don Francisco de Aguilar y don Juan Valero [de] Gragera, todos Regidores Perpetuos de esta villa, otorgan poder al Doctor don Phelipe [Felipe] Lugos, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de México, para todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales que el Cabildo tiene o pudiera tener, así como demandando como defendiendo, especialmente el pleito que tiene pendiente con el Capitán don Juan Mellado, sobre las tierras que pretende adueñarse, pertenecientes a esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y DE CABILDO