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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0212 · Pièce · 1771/12/09
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don Mariano José Almería, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que don Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta vecindad y comercio, en nombre del Reverendo Padre Lector Jubilado Fray José Simón de Arango, del Orden de Señor San Agustín, Procurador General de su Provincia del Santísimo Nombre de Jesús de esta Nueva España, en virtud del poder que le confirió en la ciudad de México el 19 de agosto del presente año, y usando de la licencia que se le confirió por el Muy Reverendo Padre [roto] Fray Francisco Velarde, Provincial de dicha provincia en el convento de San Agustín de dicha ciudad, celebró escritura de venta de la esclavonia del ingenio de San Nicolás Tolentino, perteneciente a dicha provincia en la jurisdicción de Izúcar, que condujo a esta villa y se compone de 308 piezas de esclavos a los capitanes don Miguel de Leiva Esparragosa, don Félix de Gándara, Teniente de Caballería, don Marcos José de Hería y don Francisco de Mitre al precio de 83 pesos cada pieza de esclavo, por lo que importó toda la esclavonia la cantidad de 25 664 pesos que los susodichos compradores se obligaron a mantener en su poder lo que a cada uno corresponde por vía de depósito irregular en tiempo de seis años, la tercia parte de la importancia de la esclavonia que cogió cada individuo, y la restante cantidad pasados que sean otros tres años, con obligación de pagar sus respectivos réditos de 5 por ciento en cada un año. De igual manera, cada uno se obligó a pagar con las hipotecas que para el mayor seguro de los principales y réditos hicieron manifiesta en la forma siguiente: El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, 5 229 importe de 63 piezas de esclavos que tomó de la esclavonia con hipoteca de su hacienda de fabricar azúcar nombrada San José de Gracia; el Capitán don Félix de Gándara 9 047 pesos que importan 109 piezas de esclavos que percibió de la enunciada esclavonia, con hipoteca de su hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada Señor San José, alias el Corral; el Teniente don Marcos José de Hería 4 814 pesos que constan las 58 piezas de esclavos que tomó de la esclavonia, con hipoteca de su casa de cal y canto cubierta de madera y teja, con el solar de su pertenencia en que se halla fundada en esta villa, y un rancho, declarando haber hecho la compra de orden y para el Capitán don [roto] del Corro, de esta vecindad y república; y don Francisco de Mitre 2 474 pesos valor de los 78 esclavos que recibió, con hipoteca de su hacienda de hacer azúcar titulada San Francisco de Paula, alias la Peñuela, y todos con sus tierras, casas y lo que les pertenezca.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0207 · Pièce · 1769/10/03
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

El Teniente de Caballería Marcos José de Hería, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, por el que consta que en esta villa en 22 de septiembre de este año, se obligó a reconocer 1 000 con sus réditos que confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio [roto] mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en esta iglesia parroquial, por vía de depósito irregular y sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en solar que posee en esta villa en la calle que llama del Señor San Roque, la que sujetó y gravó por especial hipoteca para el seguro de dicho principal y sus réditos en favor de dicha cofradía, y a entregarla dentro de cinco años.

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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0034 · Pièce · 1752/08/09
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don José de Yrazazabal [Irazazábal], Regidor Perpetuo, actual Procurador, otorga que da en arrendamiento a don Marcos José de Meiza, vecino de esta villa, una caballería de tierra ubicada en el paraje que nombran de Salas; dichas tierras lindan por el oriente con los ejidos de esta villa; por el poniente con tierras de ellos y rancho de Antonio López del Rosal y de Alonso Fernández; por el norte con el camino real de dicho monte y rancho de Juan Lorenzo; por el sur con dicho Alonso Fernández (alias) el Gallego. El arrendamiento es por nueve año [ilegible], bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce en dicha tierra más que tabacos y maíces, ni habrá casas firmes; que no ha de meter en dicha tierra otras personas más que la suya; es condición que en caso de traspasar dichas tierras a otra persona, le avise.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0217 · Pièce · 1774/07/11
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta nueva vecindad y comercio, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en esta villa en 6 del corriente el Teniente Marcos José de Hería, de esta vecindad, confesó haber recibido de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, igual vecina de ésta, 500 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular, con obligación de rédito sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en un solar de su pertenencia de 50 varas en cuadro, situado en el barrio que llaman la Lagunilla, en la calle que baja del convento de Nuestro Señor San Antonio de Padua para el camino Real que baja a la Nueva ciudad de la Veracruz, a favor del Venerable Orden Tercero de Nuestro Padre San Francisco de Asís, sita en el referido convento de religiosos del citado orden, para que sus réditos se conviertan en sufragar en partes los costos de la festividad de Cristo Señor Nuestro que se celebra anualmente en su capilla. Y se obligó a tenerlos en la forma referida y a entregarlos dentro de cinco años, con hipoteca de la casa y el expresado solar.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0172 · Pièce · 1759/01/16
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Don Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, entregó un testimonio de una escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 10 de este mismo mes y año, en la cual don Lucas Antonio de Vargas, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad, en virtud de poderes de don Marcos José [Hería] y de don Pedro de Hería, su padre, ambos vecinos de esta villa, recibió 2 000 pesos de oro común de las arcas de capellanía y obras pías, y se obligó a pagar los 1 000 de ellos a favor de la capellanía que con la dote de 2 000 pesos fundó Juan Bautista de Priego, y los otros 1 000 a la obra pía que fundó don Diego de Padilla Ocampo, y para asegurar el pago hipotecó una casa principal de cal y canto cubierta de madera y teja, perteneciente a don Marcos José.

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