Vicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que en esta villa en 15 del corriente mes, el Capitán don Francisco Antonio de la Llave y don José Joaquín Enríquez, albaceas testamentarios de don Francisco de Castro Martínez, vendieron a doña Eugenia Gertrudis de Agra, viuda de don Agustín Alegre, vecina de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicada en esta villa, en esquina, en dos calles, una que sale de la plaza Pública para el camino Real que va a la Nueva Veracruz y la otra que viniendo del ejido va a dar para el barrio que llaman Tetitlán, alias las Casillas; en precio de 2 100 pesos, los 1 050 que ha de reconocer sobre ella a censo principal redimible con obligación de réditos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial, con arreglo a lo que dispuso dicho difunto, y los 1 050 pesos restantes que dio de contado; por lo que la susodicha se obligó a pagar la cantidad con sus réditos de un 5 por ciento, y para mayor seguro del principal hipotecó la expresada casa.
Sans titreAgustín Alegre, vecino y del comercio de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura [roto] y en él se percibe el que en virtud [roto] doña María Jiménez, vecina de la ciudad de los Ángeles, como madre legítima del Doctor don Miguel José de Sierra Valle y Rioseco, Presbítero difunto, y su universal heredera, cedió y traspasó en el sagrado convento de religiosas de la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, de dicha ciudad, 1 000 pesos de oro común, que el dicho don Agustín Alegre impuso y cargó a censo principal redimible sobre una casa y mesón que en esta villa posee por suyo propio en la calle Real que baja al camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en favor de dicho doctor por otros tantos que el susodicho al tiempo de su fallecimiento quedó debiendo a dicho sagrado convento, por cuya razón el dicho Agustín Alegre como consta de la citada escritura los reconoció sobre dicha casa en favor del expresado convento, y se obligó a pagar 50 pesos de oro común de censo.
Sans titreDon Gregorio Rendón, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de los Propios y Rentas del Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, otorga que da en arrendamiento a Miguel Sánchez, vecino de esta villa, un cuarto de caballería de tierra y diecisiete solares más que tenía en arrendamiento Agustín Alegre, vecino de esta villa, que ambos hacen tres cuartos de caballería, en el paraje que llaman el Pastorcillo, que por la parte del oriente linda con tierras de José Martín y por el norte con tierras de Juan Mitre el “Sordo” y por el sur con el rancho que fue de Joseph [José] Bletran [sic], difunto. El arrendamiento es por tiempo de nueve años, en precio de 9 pesos en cada uno, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce en dicha tierra más que tabacos y maíces, ni haber casas firmes; que no ha de meter en dicha tierra otras personas más que la suya; es condición que en caso de traspasar dichas tierras y rancho a otra persona lo avise.
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