El Señor don José de Segura Ceballos, Alcalde Ordinario del Primer Voto de esta villa por Su Majestad, dijo que por solicitud de la vecindad de esta villa y del Teniente don Esteban de Naval y Pintos, Sargento Juan Rodríguez Bazán, Diego de Palma, Marcos Fernández y Juan Hernández Navarro, fiadores que fueron del Ramo de Reales Alcabalas de esta villa. Asimismo, se hallaron presentes el Capitán don Lope Antonio de Iribas, don Jerónimo de Olaso y Salgado, don Pedro de Huidobro, don Francisco Estévez, don Francisco de Castro, Juan Mellado de Rivadeneira, don Francisco Macías, Juan Miguel, Juan José Coronado, don José Hurtado, José Hernández Navarro, Antonio Estévez, Alonso Bueno, Juan Estévez de Aguilera, Juan García Gómez, Antonio Laboreiro, Bartolomé de la Peña y José Mateos Navarro, vecinos de esta villa, dueños de trapiche de hacer azucares en su jurisdicción, de rancho de tabacos y mercaderes en ella, para realizar la presente junta para elegir y nombrar comisarios recaudadores para la administración de las Reales Alcabalas de esta villa. La vecindad y fiadores dijeron que hacían esta junta para evitar juntas posteriores y estar sin el cuidado del entero anual a Su Majestad que se debe ejecutar, por lo que propusieron se eligiesen cuatro vecinos acendrados, cuatro mercaderes y dos del ministerio de sembrar tabaco, y de estos elegir sólo a cinco, que serían dos acendrados, dos mercaderes y uno de tabacos. Concluida la junta, los vecinos y fiadores advirtieron que si alguno de los nombrados no quisiere admitir su nombramiento le daban la facultad de nombrar a su satisfacción dentro de los cinco mencionados y también le dan facultad para los enteros cada fin de año. Tras las elecciones, quedaron nombrados como comisarios el Capitán don Lope Antonio de Iribas y don Gaspar Rendón, del gremio acendrados; al Regidor don Ignacio de Tembra y Simanes y Capitán don Pedro Fernández de Vez y Segura, del gremio de mercaderes; y a José Hernández Navarro, del gremio de tabaqueros; a quienes dan poder para que hagan los enteros a Su Majestad en fin de cada año y hallan, aperciban y cobren judicial o extrajudicialmente de las personas con las calidades y condiciones que sea, que debieren en esta villa o su jurisdicción las Reales Alcabalas a Su Majestad y de lo que recibieren y cobren otorguen recibos, carta de pago y demás instrumentos que se les pida.
UntitledMaría Milián [Perdomo], vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Tecamachalco, hija de Juan López Martín y de Catalina Milián Perdomo, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de la Tercera Orden, de la que ella es hermana de hábito, y sepultada en la iglesia de esta villa, delante de la pila de agua bendita y la forma de entierro que les pareciere a sus albaceas. Declara debe a don Pedro Fernández y a Felipa Lorenzo, asimismo, declara a ella le debe Juan Hernández, de la venta de un horno de cal. Señala habrá tiempo de veintiséis años fue casada con Juan Antonio Suárez, difunto, con quien procreó a Francisca Milián Perdomo, mujer del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura; a Inés Milián Perdomo, mujer actual de José Miguel de Rivera; a Josefa, doncella; y a Teresa Milián, difunta mujer que fue de [Francisco Moreno] Pimienta, que tuvo una hija llamada Brígida Francisca Milián Perdomo, su nieta, que tiene en su casa y compañía. Declara por sus bienes una casa de su morada de cal y canto en su solar y el menaje de ella y otro solar eriazo, libres de censo. Declara tiene en su casa y compañía a Josefa Nicolasa y a María Teresa, doncellas, a las que ha criado como si fueran sus hijas. Manda se le dé a Josefa un cuarterón de solar y el otro cuarterón se le dé a María Teresa, para cuando tenga la edad competente. Debe a don Juan Cayetano lo que éste dijere por lo que debía Juan José, su hijo difunto. Manda se den limosnas al Señor San Miguel de barrio nuevo. Nombra por albacea a don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa, al Teniente don Esteban [roto] y a José de Rivera, y por tenedor de bienes a este último. Nombra por herederos a sus hijas y nietas.
UntitledEl Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Antonio Díez de Bustamante, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles, en virtud del poder que le otorgó en dicha ciudad el 14 de diciembre de 1719 ante Pedro Ibáñez Cabellos, Escribano de Su Majestad; otorga que ha recibido antes de ahora de don Lucas Alonso Sarabia, vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], por mano del Licenciado don José García de Zepeda, a saber 440 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligó a pagar a dicho Bustamante por escritura hecha en esta villa el 2 de septiembre de 1718, por lo cual otorga carta de pago, finiquito y cancelación.
UntitledEl Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura y Juan Martín, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María Josefa, negra libre, vecina del Castillo de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa de la Nueva ciudad de la Veracruz, mujer legítima de Manuel, negro de casta Loango, esclavo de Su Majestad y uno de los que sirven en la salva y lancha de dicha Real Fuerza; venden a doña Francisca Milián Perdomo, mujer legítima de don Pedro Fernández de Ves y Segura, una negra nombrada Catalina, casta Congo, de edad de 20 años, esclava que fue de su parte y que compró de la factoría del Capitán Lucas de Acosta y don Damián Pereira de Araujo, de la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros en las Indias. La venden en precio de 200 pesos de oro común en reales.
UntitledDe una parte Juan Fernández de Ávila, vecino de la jurisdicción de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora del Rosario, alías venta de Parada; y de la otra, Benito Arias, vecino del pueblo de San Lorenzo Serralvo [Cerralvo] de esta jurisdicción; dijeron que han tenido cuantas entre sí, las cuales se habían ajustado desde hace más de seis años, y por enfermedad que padeció Juan Fernández de Ávila, dicho Benito Arias recibió por mano de don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa, como tutor y curador de los menores hijos y herederos de Juan Fernández de Ávila, una memoria de diferentes géneros que paraban en una tienda en el pueblo de San Lorenzo, pertenecientes a dichos herederos, mismos que fueron valuados por Juan Hernández y Marcos Fernández, y montaron 331 pesos. Cantidad a la que Benito Arias agregó 977 pesos y metió a la tienda en géneros, y habiéndose sanado Juan Fernández, comenzó a sacar géneros, reales y otras cosas de la tienda, y llegado el momento de liquidar cuentas ambos tuvieron discordias y sinsabores, por lo que nombraron como árbitro a Juan Morera de Silva, quien sentenció que por los 331 pesos que tuvo de principal de Juan Fernández de Ávila, le tocan 159 pesos y 2 reales cuarta parte de las ganancias; y al dicho Benito Arias de los 977 pesos de su principal, le tocaron 477 pesos y 6 reales, y de los 159 y 2 reales que le tocaron al dicho Juan Fernández lo tenía recibidos antes de ahora, y solo le restó 5 pesos a Benito Arias de todas cuentas, incluyendo el arrendamiento de la casa a razón de 5 pesos mensuales, quedando los otorgantes ajustados, por lo cual se otorgan el uno al otro recibo y finiquito de dichas cuentas.
UntitledDon Antonio de Leiva Esparragosa, Capitán de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa de Córdoba, vecino de ella, dueño de hacienda de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José] en su jurisdicción, dijo que por muerte del Regidor don José de Leiva, su padre, en el poder que otorgó para testar lo nombró por su albacea en concurso de doña Catalina de Esparragosa su madre difunta, y que por hallarse enfermo y no poder asistir a las diligencias que se puedan ofrecer, otorga poder general al Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa, para que en su nombre represente su persona como tal albacea y heredero, y siga y fenezca por todas instancias y sentencias de los juicios divisorios, satisfaciendo a los artículos que se le pusieren; y para que reciba y cobre de cualquier persona las cantidades de pesos que estuvieren debiendo a los bienes de su padre.
UntitledManuel Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa, para que en su nombre busque a su dita y crédito en las ciudades de la Nueva Veracruz, Puebla de los Ángeles o México, de cualquier persona, catedrales, conventos, monasterios y hospitales, la cantidad de 3 000 pesos en reales prestados con el rédito correspondiente de 5 por ciento anual, obligándolo a pagar en un año con sus réditos.
UntitledEl Licenciado don Juan de Soto Noguera, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, Clérigo Presbítero, vecino de esta villa, exhibió una escritura fecha en la ciudad de los Ángeles a 23 de marzo de este año, y en él se percibe haber impuesto y cargado el Alférez don José de Santa Cruz Bocarando, y en su nombre Antonio Barrios, Procurador, sobre la casa que remató por bienes del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 3 000 pesos de oro común, en favor de la capellanía de misas rezadas que por su alma, las demás de su intención mandó fundar el mencionado don Pedro, dicha casa está ubicada en la calle que sale y baja de la plaza Pública para el nuevo camino de la Veracruz; y para mayor seguridad del censo don Ignacio de Eguren, vecino y del comercio de dicha ciudad de los Ángeles, como apoderado de don Cristóbal Eugenio Calderón hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, que el dicho don Cristóbal, su parte posee, en la que ambos se obligaron de pagar al capellán que fueren de dicha capellanía 150 pesos de oro común de censo tributo y rédito en cada un año, y para que conste el registro de dicha escritura se asentó en este libro.
UntitledEl Alférez don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Villarrodrigo, arzobispado de Toledo, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de don Juan Fernández de Ves Torrecillas y de doña Lucía Sánchez de Segura, difuntos; y doña Francisca Milián Perdomo, su legítima mujer, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Juan Antonio Juárez, difunto, y de doña María Milián Perdomo, vecina de esta villa; se otorgan el uno al otro poder para que puedan otorgar el testamento de uno y del otro. Declaran estar casados y cuando contrajeron matrimonio doña Francisca Milián llevó por dote medio solar eriazo, en el cual, don Pedro de Ves construyó la casa de su morada. [roto] don Pedro Fernández de Ves y Segura tenía [de principal] hasta 4 500 pesos en reales y en mercaderías de Castilla y de la tierra en una tienda; y un negro nombrado Antonio, de 20 años de edad. Declaran que durante el matrimonio no han tenido hijos. Se nombran, el uno al otro, albacea y tenedor de bienes. Don Pedro de Ves y Segura nombra como heredera a su mujer, y doña Francisca Milián Perdomo nombra como heredera a su madre, doña María Milián Perdomo, y en caso de que ésta falleciera antes, nombra como heredero a su marido.
UntitledEl Alférez Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María Jiménez, su legítima mujer, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, su primer marido ya difunto; y en virtud de poder que le confirió la susodicha, por la presente otorga en arrendamiento a Juan de Guzmán, vecino de la nueva Ciudad de la Veracruz y residente en esta villa, el mesón y casa de hospedarse que la susodicha y sus menores hijos tienen y poseen en esta villa; dicho mesón se compone de diez cuartos bajos, cinco de piedra y cinco de tablas, cubierto de teja, con un pozo y caballeriza; asimismo, una casa de vivienda con su tierra, sala, un cuarto en esquina que sirve de tienda, su corredor y dos cuartos de tablas, con su horno, su pozo y un jacal, todo cercado de piedra y unas paredes por dentro levantadas para un cuarto por techar. Dicho mesón y casa se ubican en la calle que sale de la plaza Pública para el camino que va a la Nueva ciudad de la Veracruz; por una parte, linda con solar de Domingo Merodio y por el otro lado hace esquina, calle en medio, con casa del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura; hace frente, calle en medio, con casas que fueron de Benito Rendón, difunto; y por el fondo, calle en medio, con solares eriazos. Otorga el arrendamiento por cuatro años y 300 pesos cada año, que le ha de pagar por tercios corridos cada cuatro meses.
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