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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0098 · Unidad documental simple · 1700/02/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, y los Capitanes don Gaspar del Monge y Mendoza, Pedro López del Castrillo, Juan Gómez Dávila, Antonio Sebastián Rodríguez, Antonio Sebastián Pérez Padrón, don Bartolomé Soriano Correa, Antonio Martínez Romano, el Alférez Antonio Muñoz de Anaya, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción de esta villa de Córdoba; Pedro Trillo de Figueroa, Juan Álvarez de Rivera, Benito Rendón, Francisco Estévez, Bartolomé Moyano, Benito Caravallo, Bartolomé Álvarez, Antonio de Olivera, Diego de Rojas, mercaderes y vecinos de esta villa; dijeron que por cuanto las Reales Alcabalas de esta jurisdicción y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] anduvieron en público pregón en esta villa por término de treinta días en virtud del señor contador general de ellas y señores jueces oficiales de la Real Caja de la ciudad de México, a que hizo postura el Alférez Juan Jiménez, ofreciendo dar en cada año 1 100 pesos por tiempo de nueve años; dicha postura con los autos que por esta razón se hicieron en esta villa, se remitieron originales a la ciudad de México y por mandado de dichos señores jueces se volvieron a pregonar en la Real Almoneda por otros treinta días. Y conclusos dichos pregones, por no haber habido postor que mejorara la postura del Alférez Juan Jiménez, se celebró en el susodicho el remate por los 1 100 pesos en la cantidad y tiempo citado. En este estado pareció en dicho tribunal la vecindad de esta villa, representando ante dichos señores el derecho del tanto, pidiendo que dicho remate se hiciera en el comercio de esta villa, que era el que representaba dicha vecindad y sobre ello se había formado artículo pendiente. No obstante, personas de autoridad y respeto, vecinos de esta villa, celosos de la paz y bien universal de todos, intervinieron y solicitaron que se celebrara dicho remate en el cabildo y regimiento de esta villa en la misma conformidad que fue postulada por el susodicho Juan Jiménez; y para que tenga efecto, otorgan que dan su poder con libre y general administración al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, y a Domingo de Córdoba, vecino de esta ciudad y Procurador del Número de la Real Audiencia de ella, para que representando sus personas los pueda obligar como fiadores y principales pagadores a cada uno de ellos en 500 pesos por el cabildo y regimiento de esta villa para pagar la cantidad de 1 100 pesos en cada un año por el tiempo de nueve años, en cuya razón otorgan las escrituras que se le pidan.

FRANCISCO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0010 · Unidad documental simple · 1701/
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba, don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; don Diego Valero Grajeda, don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, el Aguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, Francisco de Aguilar, don Juan Valero Grajeda, Regidores, por ellos y en nombre de los demás, otorgan poder especial a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México de esta Nueva España, para que en nombre de este cabildo y en virtud del poder que le confirió este dicho cabildo al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino que fue de la ciudad de México, difunto, que lo sustituyó en el dicho Domingo, para efecto de que otorgara a favor de Su Majestad la escritura del remate de las Reales Alcabalas de esta villa y partido de Guatusco [Huatusco], la cual otorgó dicho Domingo y en caso de que no la haya otorgado, la otorgue por la cantidad que importare su remate, obligándolos a que pagaran a Su Majestad en los tiempos y plazos que se expresare en el remate y en su Real nombre a los señores jueces oficiales reales de la ciudad de México, a cuyo cargo es la recaudación de dichas Reales Alcabalas.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0026 · Unidad documental simple · 1699/05/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Miguel de Leyva, don Gaspar Caravaxal y don Miguel Valero [de] Grajeda, Alférez Mayor, regidores de esta villa de Córdoba, a nombre de ellos y del Cabildo y su Ayuntamiento otorgan poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que se presente ante los señores de la Real Audiencia de la ciudad de México y en los demás tribunales superiores, a pedir una declaración que confirme la pertenencia de las tierras que Su Majestad concedió a esta villa desde el principio de su fundación. Por tanto se lo otorgan para que defienda dichas tierras, debido a que han intentado introducirse algunas personas, causando despojo, como al presente lo pretende don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, en las tierras que tiene fundado un trapiche de fabricar azúcar, sobre que tiene pleito pendiente con el Depositario General don Baltazar González de Velilla Blanco; también para que haga pedimentos, requerimientos, y en caso necesario al Real Consejo de Indias, presente escritos, testigos, probanzas, mercedes; pida y saque de poder de quien estuvieren, abone, tache, oiga autos y sentencias para conseguir lo dicho.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0035 · Unidad documental simple · 1699/05
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal y don Miguel Valero [y] Gragera [Grajeda], Alférez Mayor y Regidores de esta villa por Su Majestad, por ellos y por los demás del Cabildo y su Ayuntamiento, otorgan poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres y del ayuntamiento, parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de la ciudad de México, y sobre los privilegios que Su Majestad fue servido de conceder a esta dicha villa desde principio de su fundación, como lo ha continuado a ciertas preeminencias que goza como en la tierra que se sirvió de aplicarle y obtiene por sus propios y rentas, y en éstas han intentado introducirse algunas personas causando despojo e inquietudes, como al presente lo intenta el Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, en las que tiene fundado un trapiche de fabricar azúcar, sobre que tiene pleito pendiente con el Depositario General don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, y se declare por su Real Audiencia “ser y pertenecer dichas tierras a esta dicha villa”; y para sus causas y pleitos, negocios y declaración de todo ello que al presente y adelante hubiere con cualesquiera persona.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0036 · Unidad documental simple · 1699/05/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don José de Leiva y Esparragosa, vecino de esta villa, dijo que por cuanto al presente se halla por dueño de un rancho que está en esta jurisdicción nombrado San Diego, “que éste está al principio de su fundación y principiado por mano y disposición” de don Balthazar González de Belilla [Velilla] Blanco, Depositario General y Regidor perpetuo de esta villa por Su Majestad, a quien viendo pobre y atrasado y con crecidas obligaciones ha solicitado ayudar como lo hizo en el fomento de dicho rancho, debajo del concierto y ajuste que tuvieron para ello como consta de los instrumentos que uno a otro se otorgaron para su mayor claridad; y respecto de que al presente se halla “muy a los principios la dicha fundación” en que tiene gastadas muchas cantidades de pesos de su caudal, sin que haya puesto[roto] reales el dicho depositario [roto] por cuya razón se halla dueño de dicho rancho. Por otra parte dijo que de presente ha comparecido en esta villa la parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral, pidiendo y demandando cantidad de pesos al dicho don Balthazar González de Velilla Blanco, y en virtud de Real Provisión que presentó ante la justicia ordinaria de esta villa se ha pasado a la ejecución de todos sus bienes, y considerando ser suyo dicho rancho se pasó también a trabar dicha ejecución, a pesar de haber presentado dichos instrumentos, con petición en que alega el derecho que le asiste, se procedió a la ejecución por la parte que le puede tocar a dicho depositario general; mandando dicho juez que ocurriese a representarlo a la audiencia de la ciudad de México. Y para poder representarlo otorga poder a don Juan [Matías] de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante Su Alteza y señores de la Real Audiencia de México y en razón de lo referido y presentando dichos instrumentos que para dicho efecto le remita, pida se le declare tocar y pertenecer dicho rancho al otorgante, sin que de ninguna manera quede perjudicado por las diligencias hechas por la justicia ordinaria de esta villa, en orden de lo pedido por el Doctor don Diego Peláez.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0037 · Unidad documental simple · 1699/05/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, vecina de esta villa, mujer legitima de don Baltazar González de Bellida Blanco, dijo que ante los señores de la Real Audiencia de la ciudad de México está siguiendo pleito contra dicho su marido y sus bienes por parte del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, por cantidad de pesos que le debe; y al presente se haya en esta dicha villa dicho don Diego Peláez, quien en virtud de Real Provisión ha procedido a diferentes diligencias de ejecución y embargo de bienes de su marido, “en que se halla damnificada en más cantidades de 4 500 pesos” por razón de su dote, donaciones y otros derechos que todo ello consta de instrumentos que serán con este poder, y para que haya personas por la otorgante que se oponga a dichas ejecuciones por su dote, gananciales y derechos, otorga que da su poder cumplido a don Juan [Matías de] Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante los señores de la Real Audiencia y se oponga a las ejecuciones contra los bienes de su marido, por el derecho que le toca y pertenece y porque debe ser preferida en la cantidad de su dote, mitad de gananciales, donaciones y otros derechos que le son favorables.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0098 · Unidad documental simple · 1699/12/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Los Capitanes don Miguel de Valero Gragera, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Don Diego Valero [Grajeda], Francisco de Aguilar, don Baltazar González de Velilla Blanco, don Miguel de Leiva [Esparragosa], don Gaspar Carvajal, don Juan Valero Grageda, Regidores y en nombre de la vecindad de esta dicha villa, otorgan poder especial al Capitán don Juan Matías de Rivera y Nava, vecino de la ciudad de México, para que en nombre de la vecindad de esta dicha villa, parezca ante dichos señores, contador general y jueces oficiales reales de la ciudad de México, y pida que se haga el remate de dichas Reales Alcabalas de esta villa, su jurisdicción y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], en la cantidad de 1 100 pesos en que se le había rematado al Alférez Juan Jiménez por el tiempo de nueve años los cuales se expresan en dicho remate, obligando a este Cabildo a la paga de ello en la misma manera y cantidades de exhibición y contado.

JUAN DE LA BEGUELLINA Y SANDOVAL, JUEZ RECEPTOR