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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0106 · Unidad documental simple · 1717/11/13
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, por propio interés como albacea y tenedor de bienes que quedaron de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, viuda que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, tutor y curador de las personas y bienes de sus menores hijos y herederos. Por la presente, otorga poder general al Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente, las cantidades de maravedíes de oro y plata, obras pías, esclavos, mercadurías y otras cosas que se le estuvieren debiendo a él, como a los bienes de la difunta en virtud de escrituras, cédulas, libranzas y otras cualesquiera causas. De lo que recibiere y cobrare, entregue recibos, carta de pago, finiquito y demás instrumentos que le sean pedidos, de manera que por falta de poder no deje de hacer todo cuanto se ofrezca, porque debajo esta generalidad queda comprendida cualquier especialidad, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0091 · Unidad documental simple · 1719/09/01
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, se obliga de pagar al Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero Domiciliario del obispado de Puebla de los Ángeles, tutor y curador de los menores hijos y herederos del Regidor [Gaspar] Ramírez de Carvajal Benavente y doña Gertrudis Jaimes [Navarro], de segundo matrimonio, a saber 475 pesos de oro común, cantidad que es resto de 5 775 pesos de principal de las tutelas de los menores que están en su poder a réditos hasta que se pusiesen en estado o tuvieren la edad competente, mismos que recibe y da recibo en forma [roto] y pagará de la fecha de esta escritura en dos años con sus réditos de 5 por ciento [roto]. En caso de que venda la hacienda, el comprador que asi fuere se obligará como su fiador a la paga del principal y réditos en el tiempo que va referido, lo cual hará sin pleito alguna, pena de la ejecución de su cobranza.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0043 · Unidad documental simple · 1701/07/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Domingo Merodio y Juana Franco de Algarín, su legítima mujer, vecinos de esta villa, con licencia de su marido, otorgan que deben y se obligan de dar y pagar a Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa, la cantidad de 500 pesos de oro común en reales de contado, que por amistad y buena obra les ha prestado. Y para mayor seguridad de la deuda, hipotecan su casa de cal y canto, que poseen en esta villa, cubierta de teja, con el solar en que está edificada de 50 varas de frente y 50 de fondo, que por el oriente linda con el mesón de esta villa, por el poniente con casa de doña Gertrudis de Gatica y por el sur con la del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, calle en medio. Por último, mencionan que dicha casa se halla situada con imposición de censo de 300 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0117 · Unidad documental simple · 1700/03/26
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Aguacil Mayor del Santo Oficio [roto] de esta Nueva España, otorga que da en arrendamiento al Sargento Bernardo de Reina, español y vecino de esta villa de Córdoba, 2 caballerías de tierra que pertenecen a sus propios [propios de la villa de Córdoba]que están en la parte que llaman el Potrero, que lindan por el norte con tierras de esta villa, que posee Francisco de la Cruz; por el sur con tierras de dicha villa; al oriente con tierras de José de Segura y Ceballos; y por el poniente con el camino Real, que proviene de dicho potrero a dicha villa; por tiempo de nueve años, en precio de 25 pesos cada un año.

FRANCISCO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0022 · Unidad documental simple · 1704/04/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, ella con licencia expresa de su marido; ambos marido y mujer, dijeron que por cuanto, la dicha Agustina Jaimes Dávila Barrientos, tiene hipotecada las dos haciendas de beneficio de hacer azúcar, que se le adjudicaron por tutela de sus hijos: Miguel y Rafael, correspondiente a los bienes que dejó su marido difunto, con todo lo que contiene, bajo la obligación de hacer guardar dicha escritura. Y por haber pasado a segundas nupcias con Lope Antonio de Iribas, y antes de pasar a ellas, para que constare el caudal que a dicho segundo matrimonio llevaba y que en ningún tiempo fuese perjudicados los dos menores, presentó petición ante el Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y Alcalde Ordinario en esta por Su Majestad, con la finalidad, de que constase la buena administración que había tenido y aumentado el caudal para que conservar dicho cargo de tutora y que se volviera a hacer nombrada en compañía del dicho don Lope Antonio de Iribas, por la utilidad que resultaba a dicho menores; además, para la seguridad de la cantidad que le corresponde a cada uno de sus hijos, obliga a Lope Antonio a que hipoteque otra hacienda valiosa. Para ello el Licenciado Juan de la Veguellina y Sandoval, Alcalde Ordinario y Juez del conocimiento de los autos, proveyó y aprobó la cuenta de tutela y nuevamente la nombra por tutora de los hijos menores en compañía de don Lope Antonio de Iribas, con la garantía de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, como sus fiadores. Por lo tanto, otorgan escritura de obligación de dichas tutelas y por ello se obligan a pagar a dichos menores, a cada uno de dos susodichos la cantidad de 15 237 pesos, 5 tomines y 10 granos, luego que tuviesen edad competente o que lo mande juez competente y no haciendo paga puntal, con el consentimiento de enviar persona para su cobranza con el salario acostumbrado. Para la mayor seguridad de la paga, principales y fiadores hipotecan cada uno una hacienda, y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos hipoteca en la misma obligación tres casas bajas que tiene en esta villa, de cal y canto cubiertas de teja, en los linderos que se mencionan en el acta; con declaración que en cada una de las dichos dos casas principales, están cargados 3 000 pesos de principal a favor de capellanías que sobre su valor están impuestas. Finalmente, ambos don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos otorgan poder especial al Doctor don José Sáenz de Escobar, Abogado de la Real Audiencia esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en sus nombres y representado sus personas busque 10 000 pesos en dicha ciudad de México tomándolos a su dita y crédito, y saque tome de cualquier capellanías, obras pías, que hallare cargando dichas cantidades a censo sobre dichas haciendas de beneficio de hacer azúcar, las dos pertenecientes a la dicha Agustina Dávila nombradas San José, libre de censo, y San Miguel que está sujeta y gravada por 1 200 pesos de principal a favor de don Domingo José de Apresa y Gándara Araujo y Moctezuma, vecino de la ciudad de los Ángeles; y la perteneciente a don Lope Antonio de Iribas, nombrada San José.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0057 · Unidad documental simple · 1704/08/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que ha recibido del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, que lo es de esta villa, 2 450 pesos de oro común en reales, de los cuales 350 pesos de ellos por el valor de una negra, y los 2 100 pesos por el valor de diferentes esclavos; por lo que da por rota, nula y canceladas dichas escrituras de obligación.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0035 · Unidad documental simple · 1697/04/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Pedro de Torres, vecino de la ciudad de la Nueva de la Veracruz, residente en esta villa, otorga que vende a don Gaspar de Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Regidor y vecino de esta villa, un negro esclavo nombrado Juan Antez [Antes], natural de la ciudad de la Veracruz, de más o menos veinticinco años de edad, que hubo y compró de Rafael Ayala, vecino de dicha ciudad. Lo vende por esclavo sujeto a servidumbre en precio de 100 pesos de oro común en reales.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0067 · Unidad documental simple · 1697/08/21
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Gaspar Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Regidor Perpetuo de esta dicha villa, vecino de ella, vende a don Hipólito del Castillo de Altra, vecino y dueño de trapiche en esta jurisdicción, un negro, su esclavo nombrado Ignacio [roto] Española de Santo Domingo, el cual hubo y compró en la ciudad de la Nueva Veracruz de Melchor [roto]. Lo vende en precio de 200 pesos.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0091 · Unidad documental simple · 1697/11/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Gaspar de Carbajal, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba; e Isabel Sánchez de Lepe, viuda de Joachin [Joaquín] Silverio Fernández y vecina de esta villa, ambos en voz y nombre de dicho difunto y en virtud de poder que para testar les confirió, otorgan por la presente su testamento de la siguiente manera: Declaran que dicho Joaquín Silverio falleció el 29 de octubre y fue sepultado el día siguiente en la iglesia de esta villa, y a los nueve días de dicho entierro se le cantó misa de cuerpo presente con vigilia, cuyos [derechos] de entierro y de limosna de misa importaron 52 pesos 4 tomines, los cuales pagó su esposa de los bienes del difunto. El difunto era natural de la ciudad de los Ángeles, maestro boticario en esta villa y residente en ella, hijo legítimo de [Silverio] Fernández y de Bernarda Corbello, difuntos. Declaran que debía a Juan de Mendoza, vecino y maestro de botica en la ciudad de los Ángeles, la cantidad de 300 pesos 5 tomines de oro común, resto de mayor cantidad que importaron los medicamentos que le remitió de dicha ciudad. Asimismo, debía a Francisco López Cano, maestro boticario y vecino de dicha ciudad, 82 pesos 7 tomines, resto de mayor cantidad procedida de medicamentos. Declara que Joachin [Joaquín] Silverio [Fernández] estuvo casado con Isabel Sánchez de Lepe con quien procreó a [Nicolasa] Fernández Silverio, mujer de Jorge [Niquita]; María [roto] de quince años de edad; Manuel Fernández [Silverio], de catorce años; [José Fernández Silverio] de doce años; Francisco de cuatro; y Teresa, niña [roto]. Nombran por albaceas testamentarios a Isabel Sánchez y al Regidor don Gaspar de Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente]. Y como herederos universales a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a su mujer.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0014 · Unidad documental simple · 1698/02/19
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre y con poder del Capitán don Gaspar Carlos de Ribadeneyra [Rivadeneira], su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, vende a don Gaspar de Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente] y al Capitán don Francisco Cruzado, 8 caballerías y media de tierra que caen por el oriente con tierras de don Gaspar de Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente] y las otras 3 caballerías de la parte oriente con las tierras del Capitán Francisco Cruzado, lindando uno y otro donde rematan las medidas con el cuarto sitio que se menciona en la merced hecha a su abuelo Gaspar de Rivadeneyra [Rivadeneira], en donde se halla una cruz de madera; por el oriente y norte linda con tierras de los compradores; y por el poniente y sur con tierras del regidor don Miguel de Leyba; y por la cabezada de abajo linda con tierras del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneyra [Rivadeneira]; los vende por precio de 2 500 pesos de oro común, de los cuales 500 ha recibido de contado y los 2 000 pesos restantes quedan impuestos a censo redimible sobre dicho sitio, correspondiéndole a don Gaspar de Carvajal el pago de 59 pesos y 5 tomines de réditos anuales y a don Francisco Cruzado 40 pesos 4 tomines, cuya venta realizan bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO