El Capitán de Caballos don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, Procurador de sus Propios y Rentas por ausencia del Alférez don Diego Valero Grajeda Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, otorga arrendamiento a Juan Rodríguez, vecino de esta villa, media caballería de tierra de las pertenecientes a los propios, ubicada en el paraje que llaman “El Palotal” en el que tiene su rancho, que linda con el camino que va de esta villa a casa de los [mitres] y el que tuerce al rancho de Martín Morales, y por abajo al camino que va a la hacienda del Capitán don Pedro López del Castrillo, que sale de esta villa. Dichas tierras las arrienda por tiempo de nueve años, por precio de 6 pesos y 4 reales anuales, que ha de empezar a contarse desde hoy día de la fecha en adelante.
UntitledDon Francisco Valero y Albarado [Alvarado], Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de la misma, otorga que da en arrendamiento a Joseph [José] Rodríguez del Pulgar, media caballería de tierra y un pedazo más en el paraje que llaman El Palotal, linda con el camino que va de esta villa al rancho de Martín Morales; y por abajo con el camino que va a la hacienda de trapiche que posee don Felipe López del Castrillo. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años en precio de 8 pesos cada uno, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.
UntitledPascuala de Espinosa, vecino de esta villa de Córdoba, viuda mujer que fue de José Gutiérrez, también vecino que fue de esta villa, otorga que vende a Martín Morales, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, que linda por una parte con otro medio solar, que pertenece a Antonio Trujillo y por otra linda con solar de Francisco Tinoco y Juan de Campos; lo vende libre de censo, empeño, hipoteca ni otro gravamen, en precio de 30 pesos de oro común, y declara haberlos recibido en reales de contado.
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