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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0024 · Unidad documental simple · 1725/12/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Valero y Albarado [Alvarado], Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de la misma, otorga que da en arrendamiento a Joseph [José] Rodríguez del Pulgar, media caballería de tierra y un pedazo más en el paraje que llaman El Palotal, linda con el camino que va de esta villa al rancho de Martín Morales; y por abajo con el camino que va a la hacienda de trapiche que posee don Felipe López del Castrillo. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años en precio de 8 pesos cada uno, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.

FRANCISCO RODRÍGUEZ ALTAMIRANO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0054 · Unidad documental simple · 1717/07/03
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

De una parte el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor de esta villa por Su Majestad, y de la otra don Francisco Valero y Alvarado, vecinos de esta villa, dijeron que desde hace 30 años poco más o menos ambos han tenido cuentas y hecho suplemento de diferentes cantidades de pesos, según parece por sus libros y papeles, y que habiendo acordado el hacer ajuste y liquidación de ellas, como en efecto se hizo el 22 de mayo pasado del presente año, le hizo cargo el Alcalde Mayor a don Francisco Valero de 13 000 pesos poco más o menos por haber ajustado otras cuentas en el año de 1715, y don Francisco Valero dio por descargo 10 758 pesos y 2 reales como pareció de las partidas de sus libros y Publicadoes, y le alcanzó el alcalde mayor hasta el día 22 de mayo pasado del presente año en 2 241 pesos y 6 reales. En dicha cantidad se incluyeron los cueros que tiene en su poder el Licenciado Rodrigo Rincón, vecino de la ciudad de los Ángeles, asimismo, 1 110 cueros curtidos que están en la Nueva ciudad de la Veracruz en poder de Francisco Testillano, y quedan en poder de don Francisco Valero los toros y caballos, y porque se han ajustado de las cuentas, se dieron finiquito de ellas.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0062 · Unidad documental simple · 1718/09/02
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Antonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Tehuacán, hijo de Diego Millán y doña Hipólita Vázquez de Ávila, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Tercera Orden es hermano y sepultado en el convento del Señor San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de Los Dolores. Señala habrá tiempo de treinta y seis años poco más o menos que contrajo matrimonio con doña Sebastiana Cid, y él tenía de capital 300 pesos y su mujer no llevó dote alguna, de este matrimonio procrearon 8 hijos. Declara por bienes suyos las casas de su morada, una ubicada en la calle Real con el menaje que hay en ella, otra que compró del Capitán don Nicolás Rodríguez, otra más que está frontero al convento y junto a ésta se encuentra incorporada otra casa chica. Declara le son deudoras algunas personas dentro y fuera de esta villa, de las cantidades de pesos que constan en el libro de cuentas de una tienda que tiene de mercancía con géneros de Castilla y de la tierra en esta villa. Declara que el señor alcalde le debe 550 pesos. También, declara tiene de censo 790 pesos sobre las casas que compró de dicho Nicolas, de aceite de la lámpara de la Tercer Orden. Asimismo, tiene un rancho de tabaco en arrendamiento y declara debe 50 pesos hasta que se discierna a quien pertenecen las tierras en que lo tiene fundado, y en éste tiene cuatro casas, herramientas y una rosa para sembrar tabaco, además, otros bienes, esclavos y animales que se mencionan en esta escritura. Declara tiene veinticinco toros en poder de don Francisco Valero y Alvarado. Nombra por sus albaceas a doña Sebastiana, Bachiller don Pedro Franco de Guzmán y al Capitán don Gaspar Rendón, y solo por tenedora de bienes a doña Sebastiana. Manda que del remanente del quinto de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas para que a su título se ordene del sacro presbiterato Antonio Millán, su hijo, que se halla estudiando en la Compañía de Jesús de la ciudad de los Ángeles. Nombra por sus herederos a sus hijos, señalando que a la difunta su hija Juana Millán Quijada, mujer que fue de Juan Rodríguez Teiseira, le dio lo que constará por sus libros de cuentas. Nombra a Sebastiana por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos.

ALONSO LÓPEZ DE SAGADE, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0134 · Unidad documental simple · 1720/12/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general al Licenciado don Antonio de Gaona Guerrero, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban. Para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, que al presente o en el futuro tenga. Para que parezca ante el Rey y ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, u otro tribunal que convenga, y pida y suplique se sirvan de honrarle con la merced o mercedes que fuera su real voluntad, para lo cual haga todos los pedimentos, memoriales, autos y demás necesario.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0137 · Unidad documental simple · 1750/04/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa, exhibió dos testimonios de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de ellos consta que don Juan García de León, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, su data a 9 del presente mes y año, en nombre del expresado don Francisco Valero y Alvarado, recibió la cantidad de 1 250 pesos de principal de las arcas de capellanías de este obispado, los 1 000 pertenecientes a la que fundaron Pedro Yáñez y María Gutiérrez de Huesca, y los 250 restantes correspondientes a la que fundó el Licenciado don Ignacio Cortés de Gálvez; y obligó al citado don Francisco Valero y Alvarado a que pagaría dicha cantidad en la Secretaría de Cámara y Gobierno del señor arzobispo, en cinco años, ínterin pagarán sus réditos de 5 por ciento; para que con la enunciada cantidad pague lo que procedió de la venta que del oficio de alguacil mayor de esta villa le hizo a dicho don Francisco Valero. Y para seguridad del principal hipotecó dos tercias partes del citado oficio, como dos casas de cal y canto ubicadas en el barrio de San Sebastián.

DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0124 · Unidad documental simple · 1707/08/23
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

“Pareció ante el Señor don Francisco Sigler del Rebollar, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su partido y jurisdicción, don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa, dijo que por cuanto hoy día de la fecha Martín de Salazar, Jacinto Rafael Rodríguez de Salazar y Lorenzo Matías de Olivera, vecinos del pueblo de Orizaba, presos en la cárcel pública de esta villa por orden del juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España, sobre el instrumento que otorgó Diego Jacinto [de Carmona], vecino que fue de dicho pueblo de Orizaba y testamento nuncupativo debajo de cuya disposición falleció, en que pidieron que en atención a estar la cárcel tan corta que sólo se compone de una salita incomoda y no tener donde desahogarse [roto] más de veinte presos y estar vertido de inmundicias, fuesen sueltos debajo de fianzas que ofrecieron junto con el presente otorgante; y por su merced dicho señor alcalde mayor fue admitida la fianza por ser de su satisfacción el otorgante y de su cuenta y riesgo, y como cierto y sabedor que es de su derecho y de lo que en este caso le conviene hacer, en aquella vía y forma otorga que recibe de Pedro Bovell, Alcaide de la cárcel pública de esta villa, las personas de Martín de Salazar, Jacinto Rafael Rodríguez de Salazar y Lorenzo Matías de Olivera presos en dicha cárcel y de ellos se dio por entregado, y se obliga a que guardará carcelería en esta villa y como tal se constituye el otorgante carcelero comentariense y que los entregará cada y cuando que por dicho juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España u otro juez que de la causa conozca se le pidan, pena que en caso de no entregarlos pagar todo aquellos en que fueren juzgados y sentenciados […]”.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0095 · Unidad documental simple · 1714/09/01
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa de Córdoba, obligado actual del abasto de las carnicerías de toro y novillos en esta villa, otorga poder a Diego Valero y Alvarado, su hijo, para que en nombre y en representación de su persona siga, prosiga, fenezca y acabe por todos grados e instancias, todos y cualesquier pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, movidos o por mover que al presente tenga y adelante tuviere con cualesquier personas.

LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0018 · Unidad documental simple · 1726/04/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Cristóbal Rendón, vecino de la misma, un tercio de caballería y treinta solares y medio en el rancho que fue de Juan Gutiérrez, pertenecientes a los propios de esta villa, que por el oriente linda con el rancho y tierras de Joseph [José] Trujillo, y por ese lado tiene 19 cuerdas de a 50 varas cada una; con más 31 varas por occidente con tierras del rancho de Antonio Laboreiro, y por esa línea tuvo 9 cordeles y 30 varas; por el norte linda con el cerro de Colsaltepec, cuya línea tuvo 2 cuerdas y 12 varas; por el sur linda con tierras del rancho de Juan Íñiguez por cuyo lado tiene 16 cuerdas y 12 varas. El arrendamiento lo hace por tiempo y espacio de nueve años, por precio en cada un año de 5 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0012 · Unidad documental simple · 1715/01/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, natural de la aldea de Martín Longo, jurisdicción de la villa de Alquitin [Alcoutim] en los reinos de Portugal, hijo de don Manuel Martínez, Regidor que fue de dicha villa y de doña Águeda Parela de Solís, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Orden Tercera de Penitencia es hermano, y sepultado en la capilla del convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa de Córdoba. En caso de que la iglesia de San Antonio se llegase a reedificar, manda que sus huesos sean trasladados a la bóveda que tiene hecha en el presbiterio. Manda se digan misas por la pitanza ordinaria por las almas del purgatorio, misas por las almas de sus esclavos y sirvientes que fallecieron bajo su servicio. Fue casado con doña Juana de Gatica y Aguilar, quien llevó al matrimonio 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos, y durante los 34 años de casados procrearon a doña Águeda María de Solís y Gatica, mujer del Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la ciudad de México, a la que ellos le dieron 14 000 pesos poco más o menos y después de pasado algún tiempo le dio al Licenciado otros 6 000 pesos para aumentar la dote, aparte otros 8 000 pesos y 52 000 pesos que le quedó debiendo de lo que le corresponde a su legítima materna, que todas las partidas suman 90 000 pesos. Pasó a segundas nupcias con doña Rosa María de Rivadeneira, hija de don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, quien llevó por dote 1 033 pesos junto con 7 000 pesos con los que él la dotó en arras propter nuptias, y él tendría por caudal propio 130 000 pesos poco más o menos, actualmente su mujer se haya en cinta. Por instrumentos, partidas de libro y diferentes papeles constará lo que le deben diferentes personas. Señala él es único patrono del convento de San Antonio de esta villa y como tal ha atendido y aplicado con todo amor y celo de servicio a Dios y devoción al santo, fabricar dicho convento e iglesia, cuyos gastos fueron con el mutuo acuerdo de su primera mujer doña Juana de Gatica, difunta, y debido al temblor que hubo la noche de 15 de mayo de 1714 la iglesia sufrió maltrato, de tal suerte que fue preciso echar abajo toda la bóveda y hoy se halla por esta razón deteriorada. Manda todos los años, un día de la Octava de Todos Santos en que la iglesia celebra y se hace conmemoración de las almas de los difuntos, se diga una misa cantada, con su vigilia y reposo por su alma y la de su esposa, y para ello se den 250 pesos de principal, cargados en el valor de una de las tres haciendas de beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción nombrada de la Concepción, para que con sus réditos de 12 pesos y 4 reales se apliquen a la memoria de las misas referidas, y si la hacienda se vendiere o enajenare en cualquier manera sea con el cargo de censo. Manda que del quinto de sus bienes se saquen 8 000 pesos para la reedificación de la iglesia y convento de San Antonio, también encarga a sus herederos que si dicha cantidad no alcanzare prosigan la obra hasta concluirla. Manda que a su hija Águeda se le den otros 15 000 pesos que faltaron al capital del tiempo que se hicieron los avalúos antes de pasar él a segundas nupcias. Manda se carguen 940 pesos de principal e impongan sobre el valor de la hacienda nombrada San Joachin [Joaquín] para que con sus réditos se digan misas por él. Asimismo, se carguen sobre la hacienda de San Francisco [de las Mesillas] la cantidad de 1 000 pesos de principal redimible, para que con sus réditos de 50 pesos sea perpetua la fiesta de San Antonio. Manda se haga una fiesta al Papa San Gregorio, para lo cual señala por limosna 12 pesos 4 reales, imponiendo 250 pesos de principal sobre una casa nueva que tiene en la calle Real. Es su voluntad que a Margarita María mulatilla su esclava de seis años de edad se le dé libertad, y cuando cumpla los catorce años se le den 200 pesos para que se impongan a 5 por ciento de réditos y entregárselos a sus padres para ayuda de su vestuario. Que a Gertrudis de Nares, su ahijada se den 100 pesos vía limosna. Tiene noticias de hermanos o hermanas en el reino de Portugal, por lo que es su voluntad que, si viniere alguno de ellos a este reino, y compruebe ser su legítimo hermano se le den 1 000 pesos, entendiéndose que pasado 10 años desde el día de su fallecimiento esta cláusula será derogada. Manda que sus albaceas remitan 200 pesos en reales a la aldea de Martín Longo, en el reino de Portugal, para que se entreguen al cura de la parroquia de la aldea en donde fue bautizado, nombrada Nuestra Señora de la Concepción. Manda se den 24 pesos a cada una de las cofradías del Santísimo Sacramento y de la Limpia Concepción. Señala compró el oficio de alguacil mayor el cual renunciará, para cuando llegue momento, en don Gaspar Rendón, en el Capitán don José de Carvajal y Contreras y en el Capitán don Pedro López del Castrillo. Tiene una casa de cal y canto en la calle de María Andrea. Declara que el derecho de las alcabalas de esta villa las tiene en compañía de don Gaspar Rendón de quien tiene recibidos 1 100 pesos, la recaudación y cobranza de ellas van a mitad de ganancias. Señala se remataron carnicerías de vaca y toro de novillo en esta villa en don Francisco Valero y Alvarado, a quien por ser pobre le ha suplido todos los costos, gastos, compras de ganado y todo lo necesario para su abasto, por modo de compañía. Señala es patrono del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de Los Ángeles. Declara que el quinto de su esposa doña Juana de Gatica, fue la cantidad de 15 000, lo cual dispuso en varias obras pías dejándolo a su disposición de él, de las cuales unas están cumplidas. Él es único patrón del convento de San Antonio de Padua de religiosos Descalzos Franciscos, sito en esta villa de Córdoba, y en atención al derecho que le asiste instituye y nombra a doña Águeda María de Solís y Gatica, su hija, por única patrona del convento, y en caso de su fallecimiento si sucesión, nombró e instituye al varón o hembra que diere a luz doña Rosa María de Rivadeneira, su segunda mujer, y en caso de que no viva la prole que diera a luz la susodicha y que su hija Águeda falleciere, instituye a Rosa María de Rivadeneira. Nombra por sus albaceas a doña Rosa de Rivadeneira, su mujer, al Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, al Capitán don Manuel de Rosas y al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecinos de esta villa, a todos juntos de mancomún, y por solo tenedora de bienes a Rosa y a don Alonso López de Sagade Bugueiro. Nombra por heredera a doña Águeda María de Solís, hija del primer matrimonio, y al póstumo o póstuma que dará a luz su mujer Rosa María de Rivadeneira, a quien también nombra tutora y curadora. Revoca cualquier otro poder para hacer testamentos, codicilos, poderes para testar.

FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0129 · Unidad documental simple · 1715/12/31
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Por una parte, compareció Juan Fernández de Ávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción; y de la otra, Benito Arias, vecino del pueblo de San Lorenzo Cerralvo, y don Francisco Valero y Alvarado, tutor y curador de las personas y herederos de Juan Fernández. Ambos dijeron, que Juan Fernández y Benito Arias han tenido deudas entre sí y se habían ajustado de ellas de más de seis años a esta parte, porque Benito Arias recibió de Francisco Valero, como tal tutor, una memoria de diferentes géneros que paraban en una tienda del pueblo de San Lorenzo Cerralvo, pertenecientes a dichos [herederos] por enfermedad de Juan Fernández, cuyos géneros montan 331 pesos. Asimismo, dijeron que cuando Benito Arias recibió dicha cantidad metió 974 pesos más en géneros de su caudal en la tienda; y habiendo sanado Juan Fernández comenzó a sacar géneros, reales y otras cosas de la tienda y llegado el momento de liquidar cuentas, ambos tuvieron diferentes discordias y sinsabores, encomendándose al arbitrio de Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad, quien determinó que por los 331 pesos de Juan Fernández, le tocan 242 pesos correspondiente a la cuarta parte de las ganancias, con casa, flete y demás; y a Benito Arias, por los 974 pesos, le tocan de ganancia 477 pesos y 6 reales; y de los 242 pesos que le corresponden a Juan Fernández, tiene recibidos 209 pesos, restándole 33 pesos más 5 pesos en que hubo y erró en la cuenta antecedente, sumando 38 pesos, cuya cantidad Juan Fernández se da por entregado a su voluntad, quedando los otorgantes ajustados en dichas cuentas.

JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR