Bartolomé Marques [Márquez] Pacheco, residente en esta villa, mayordomo de la hacienda de ganado mayor nombrada Las Lomas, en la jurisdicción de Cosamaloapan, de la cual es dueño don Gaspar Antonio de Rivadeneira, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que por cuanto en una partida de ganado que trajo a la ocasión [roto] de dicho don Gaspar Antonio de Rivadeneira, a en[roto] al pueblo de Orizaba, Joseph [José] de Herrera Almazán, mayordomo de la hacienda de ganado mayor nombrada [roto] de que es dueño don Fernando Bentura de Riva de Neyra [Ventura de Rivadeneira], presentó petición ante el señor Alcalde Miguel de Leiva [Esparragosa], que lo es de esta villa, en la que manifestó que en dicha partida de ganado venían cien reses pertenecientes a su amo, asimismo, dijo que se habían sacado de dicha hacienda sin su orden, y por tanto pidió se embargaran y depositaran hasta justificar su procedencia. Y el presente otorgante aunque le conste lo contrario, para obviar inconvenientes, litigios, atrasos y serle preciso pasar con el ganado y hacer el entrego, otorga que se obliga a que tendrá disponibles para entregar dichas cien reses cada y cuando que José de Herrera Almazán justifique que pertenecen a su amo Fernando Ventura de Rivadeneira; y para mayor seguridad de esta obligación nombra por su fiador a Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa.
Sem títuloJuan de la Mata, vecino de la jurisdicción de Cosamaloapan, administrador de la hacienda de ganado mayor nombrada San Francisco Cuezpalapa, jurisdicción del pueblo de Cosamaloapan y Nueva Veracruz, propiedad de don Fernando Ventura de Rivadeneyra, vecino de la ciudad de los Ángeles, por la presente en nombre del susodicho y en virtud de su poder, otorga en arrendamiento a Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba y arrendatario de la hacienda de ganado mayor nombrada San Agustín Xaxuicapa [Jujuquiapa], jurisdicción de Cosamaloapan, el comedor o novillero de Tiquiapa, en la jurisdicción de la Veracruz, por tiempo de nueve años, a partir del 24 de junio del presente año, y entregando como pago ocho reses por cada ciento que meta en dicho novillero.
Sem títuloEl Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba y arrendatario de la hacienda de ganado mayor nombrada San Agustín Xixiuhcapan [Jujuquiapa], jurisdicción de Cosamaloapan, acepta en su nombre el arrendamiento del comedor o novillero de Tiquiapa y lo obliga a que durante los nueve años que dura el arrendamiento entregará y pagará a don Fernando Ventura de Rivadeneyra o a Juan de la Mata, administrador de las haciendas de don Fernando Ventura, ocho reses por ciento cada año por la renta del dicho novillero.
Sem títuloAntonio de Moscoso, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Tariscolla [Tlalixcoyan], se obliga a pagar a Atilano Ramos [Sarmiento], vecino de la ciudad de la Veracruz, 300 pesos de oro común en reales, procedidos de un vale de mayor cuantía otorgado por don Fernando Ventura de [R]eivadeneira, dueño de hacienda de ganado mayor y menor, de los cuales hace deuda ajena suya propia obligándose a pagar a fines de noviembre de esta año en la ciudad de la Veracruz.
Don Bernabé Gaspar de Figueroa y Mendoza, vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán don Francisco Valero [Grajeda], su hermano, Alcalde Ordinario de esta villa y su jurisdicción por Su Majestad, para que en su nombre compre a censo redimible al Capitán don Fernando [de] Ventura de Rivadeneyra [Rivadeneira], vecino y regidor de la ciudad de los Ángeles, la venta de Totolinga, ubicada en esta jurisdicción, con las tierras y mercedes que le pertenecen.
Sem títuloAtilano Ramos Sarmiento, vecino de la Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto don Fernando Ventura de Reivadeneira le es deudor de 456 pesos y 6 reales de oro común procedidos de la administración de su hacienda, obtuvo Real Provisión para que fuera pagada dicha cantidad, la cual presentó al Alférez Mayor don Miguel Valero [Grajeda], Alcalde Ordinario de esta villa, quien notificó dicha paga y llevó a cabo las diligencias necesaria, ajustando la deuda con Juan Bravo de Alarcón, apoderado de don Fernando Ventura, por lo tanto se da por entregado y pagado, declarando por cancelada dicha deuda.
El Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y partido de San Juan Coscomathepeque [Coscomatepec], Comisario de la Santa Inquisición, otorga que vende a Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, una hacienda de hacer azúcar, que tiene en la jurisdicción de esta villa, que linda por una parte con el camino real que va de la Nueva ciudad de la Veracruz al pueblo de Orizaba; por otra, “por la linde” de las tierras de Fernando [Ventura de] Rivadeneira, y también por la estancia de labor llamada Acatengo; asimismo, por una cañada que baja del rincón de Millán hasta el río que pasa por la barranca de Chocamán. La hacienda se compone de una casa de calderas, un asoleadero, varios jacales; trece mulas, dos mulas de silla, treinta y un mulas de tiro; dos mesas de madera; veinticinco esclavos; 31 suertes de caña dulce; y otros artículos que se mencionan en la escritura. La venta la realiza por 24 000 pesos de oro común, que por su valor y compra el dicho Baltazar o sus fiadores han de pagar en la manera siguiente: 4 000 pesos de ellos en todo el mes de enero de 1683; 4 000 pesos para el mes de enero de 1684; 2 000 pesos de oro común para el mes de enero de 1685; y los 14 000 restantes han de quedar impuestos y cargados a censo redimible.
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