Francisco Estévez, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a José Pascual de Canoas Pérez, vecino de ella, una casa baja de cal y canto cubierta de teja, que se compone de una sala, cocina, corredor y caballeriza, edificada en medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, en la calle Real que sale de la plaza Pública para el camino de la ciudad de la Veracruz, linda por una parte con casa y solar de los herederos del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera y por otro con casa de Isabel de Rojas, y por las espaldas y fondo con casas de Antonio Millán Quijada, hace frente calle en medio con casa de Jorge Salmerón. La vende en precio de 400 pesos de oro común que por ella le ha de pagar, los 200 de ellos para fin del mes de julio de este corriente año y los otros 200 pesos para fin del mes de julio de 1706. Por último, estando presente José de Canoas otorga que acepta la escritura y para seguridad del pago de la deuda hipoteca la citada casa.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBernardo de Roxas [Rojas], vecino de esta villa de Córdoba, y natural de San Pedro de Quemades [sic] a Raya [Frontera] de Galicia y Portugal, hijo de Agustín Rodríguez y Cathalina [Catalina] Domínguez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que se cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa. Ítem manda que de sus bienes se den 4 pesos para la obra material del convento de San Antonio que está en esta villa. Declara que fue casado con Melchora de los Reyes, quien llevó de dote al matrimonio cuatro machos aparejados, que valían 100 pesos, y él tenía de caudal hasta 500 pesos. Durante el matrimonio procrearon a Isabel de Rojas la cual puso en estado con Juan López de Villardoy. Ítem declara por sus bienes la casa de su morada de piedra y madera, con medio solar en que está edificada, con 25 varas de frente y 50 de fondo; tres esclavos; dos pilas de tabaco; [roto] cargas de harina; una tiendecilla de géneros comestibles; un rancho en el que tiene dos caballos y una mula, jacales de vivienda, herramientas, una troje de maíz mazorca que tendrá 80 o 90 fanegas poco más o menos. También declara por más bienes 400 pesos en reales que tiene en su caja, su ropa de vestir y trajes. Declara como sus deudores a Juan de la Cruz de cargas de tabaco; a Salvador de Urieta de 24 pesos; al Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera de 40 pesos; a Juan de Alcalá de 40 pesos; al Capitán Lope de Yribas [Iribas] de 100 pesos, y a otras personas más, a los que manda se les cobre. Señala que él solamente le debe 8 pesos a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, sita en el convento de Santo Domingo de la ciudad de los Ángeles. Nombra por albacea testamentario, cumplidores y pagadores a Isabel de Roxas [Rojas], su hija, a Juan López de Villardoy y a Francisco Machado, sus nietos, a quienes también les da poder de albaceazgo. Por último nombra por su universal heredera a Isabel de Roxas [Rojas]
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOFrancisco Machado, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona de María López, hija de Juan López [de Villardoy] y de Ysavel de Roxas [Isabel de Rojas], vecina de esta villa, dijo que cuando contrajeron matrimonio, hace cuatro años poco más o menos, la dicha su suegra le dio en dote y propio caudal de la dicha Isabel, 344 pesos, y por algunas ausencias que ha tenido de esta villa y enfermedades, no ha otorgado recibo de dicha cantidad. Por lo que a través de la presente, otorga que ha recibido 344 pesos por dote de dicha su mujer en los géneros y bienes siguientes: Primeramente seis camisas en 62 pesos, dos pares de enaguas en 6 pesos, dos pañuelos deshilados en 6 pesos, un tapa pies de chamelote verde en 25 pesos, unas naguas de sarga en 8 pesos, una saya de capichola verde en 6 pesos, cuatro almohadas en 12 pesos, dos sabanas de rúan en 6 pesos, un colchón en 7 pesos, una cama de granadillo torneada en 20 pesos, tres cucharas de plata en 3 pesos, ropa blanca en 17 pesos, un paño de manos en 4 pesos, una caja grande con su cerradura y llave en 9 pesos, otra pequeña en 1 peso, 50 pesos por el valor de medio solar con 25 varas de frente y 50 de fondo, 2 onzas en corales, 2 taburetes de cedro, un vestido de raso, un manto, y 46 pesos en reales que las dichas partidas suman y montan los 344 pesos que confiesa tener en su poder, y otorga recibo en forma y se obliga a tener dicha cantidad y por propio caudal.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Juan García de Arroyo y de Juana de Vozmediano, vecinos que fueron de la villa de Carrión, valle de Atrisco [Atlixco], de donde es natural el otorgante y vecino de esta villa de Córdoba, hace su testamento donde declara que la legítima paterna que le tocó por fin y muerte de su padre la renunció en sus hermanas Mariana, María y Petrona García de Arroyo. Declara [tuvo en] propiedad una capellanía de misas rezadas [que fundó] Bartolomé García de Coz [Cos], su tío, [en villa de Carrión], la cual dejó en propiedad a Nicolás García, hijo de su tío y de doña Ana Larios Penchi, por haber entrado éste como religioso de la Compañía de Jesús y ser el deudo más cercano a su tío. Declara que don Felipe Ramírez de Arellano, vecino de la villa de Atrisco [Atlixco], le es deudor de 200 pesos del corrido y renta de su capellanía, que esta impuesta sobre su hacienda de labor y casas. Declara por bienes una casa y solar en esta villa de Córdoba; una negra nombrada Catalina, de sesenta años; dos mulatos nombrados Diego de la Cruz, de quince años, y Miguel, de catorce años de edad; cuarenta y ocho libros grandes y chicos de diferentes materias, entre otro bienes. Ordena que después de su fallecimiento quede en libertad su esclava Catalina, por lo bien que le ha servido y por haberlo criado. Manda se le dé medio solar que tiene en esta villa a su ahijada Melchora, hija de Juan López de Villardoy e Isabel de Rojas, vecinos de esta villa, para ayuda a su casamiento. Deja la casa de su vivienda a la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, para que sus prepósitos y consiliarios manden decir perpetuamente por su alma e intención una misa rezada cada uno de los doce meses del año. Manda que sus esclavos Diego y Miguel sean entregados a la Concordia de San Felipe Neri, para que sirvan en su iglesia por todos los días de su vida. Nombra como albacea testamentaria al principal [roto] que fuera de la dicha Concordia de San Felipe Neri [roto].
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALFrancisco Machado, vecino de esta villa de Córdoba, natural de las de Canarias en la isla de Tenerife, en el lugar de Garachico, hijo legítimo de Ascencio Hernández y de Francisca Machado, sus padres difuntos, estando enfermos de cuerpo y sano de la voluntad, en todo su libre juicio, cumplida y buena memoria, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que habrá tiempo de cuatro años que compró de Diego de Altamirano una hacienda de hacer azúcar nombrada Señora Santa Anna, en el pago que llaman Matlaqueaguitl [Matlaquiahuitl], en precio de 4 000 pesos por razón de sus cañas, casas, cobres y demás aperos, a cuenta de él le tiene entregado 1 348 pesos y le resta debiendo 2 652 pesos. Ítem, declara debe a los propios y rentas de esta villa 40 pesos por el arrendamiento de la tierra en que está fundada dicha hacienda, de un año que se cumple por pascua de navidad. Ítem, declara debe a Juan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa, 66 pesos, y a doña Isabel de Rojas 80 pesos. Ítem, declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con María López de Villardoy, la cual trajo de dote 1 600 pesos que le dio en dote el Sargento Bernardo de Rojas, su abuelo, e Isabel de Rojas su madre, y después su suegra le ha dado otros 200 pesos más; durante el matrimonio han tenido por hijos legítimos a Juan Machado que será de dieciséis años; a Josefa de catorce; a Teresa de doce; a María de nueve años; a Ana de tres años; y a Nicolasa de tres meses. Declara por sus bienes la citada hacienda; cinco esclavos; una casa de piedra y madera fabricada en medio solar; un tabacal con 9 000 matas de tabaco; veintidós mulas y machos de cargo; una yunta con dos aperos y dos rejas; dos caballos, cuatro sillas para montar; su ropa de color y blanca y el menaje de su casa. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, su paisano, Alcalde Ordinario, y a la dicha María López de Villardoy; y nombra por sus herederos a sus hijos legítimos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODiego de la Cruz, vecino de esta villa, dijo que [por escritura con fecha de] veintisiete de febrero de [roto], Salvador Bañuelos, vecino de esta villa, le vendió un cuarterón de solar de 12 varas y media de frente y 50 de fondo, en esta villa, frontero de la casa de la morada del Capitán don Pedro López del Castrillo; linda por una parte con casa de Isabel de Rojas y por otro lado con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el fondo con solar de José Pascual de Canoas Pérez; en precio de 50 pesos de oro común. Por la presente, hace gracia y donación de dicho cuarterón a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa y en su nombre a su mayordomo.
ANTONIO LORENZO DE RIASCOS, JUEZ RECEPTORIsabel de Rojas, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija de Bernardo de Rojas y de Melchora de los Reyes, sus padres difuntos y vecinos que fueron de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que en el día de su fallecimiento todos los sacerdotes de esta dicha villa digan una misa rezada por su alma por la pitanza ordinaria. Declara que es casada desde hace más de treinta años, con Juan López de Villardoy, en cuyo matrimonio procrearon como hijos a Juan, María y Melchora López y de cuyo matrimonio llevó por dote y propio caudal 500 pesos en reales y ropa, y su marido no trajo caudal alguno. Declara que su marido hace más de veinte años que voluntariamente se separó de dicho matrimonio, “en grave daño de su conciencia”, lo declara para que conste. Declara por bienes una casa de cal y canto, en esta villa, cubierta de teja edificada con medio solar. Asimismo, un esclavo nombrado Francisco, negro, panadero; Juana, negra; Pedro y Francisco, el cojo, negros esclavos de su propiedad. Menciona por más bienes propios diferentes cantidades de pesos que le adeudan. Ordena que Melchora López, su hija, administre la casa de su morada con la condición que le dé un cuarto de la dicha casa a Juan López, su hermano, para que lo habite y se acompañen, con la condición de fallecer, dicho Juan López, sus herederos no pretendan derecho a dicha vivienda. Nombra por albaceas y tenedores de bienes a Juan López, hijo, Francisco Machado, su yerno y Melchora López, hija, para que entren en sus bienes los rematen y vendan en almoneda. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a los dichos hijos.
FRANCISCO LEANDRO, ESCRIBANO REALSebastián Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba y natural de ella, hijo legítimo de Francisco Rodríguez y de Sebastiana Hernández Laboracha [sic], difunta, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con María de Pineda, vecina de esta villa, durante su matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a Juan Rodríguez de dieciocho años, a Francisco de quince, a Marcos de doce, a José de diez, a Rafaela de doce, a Antonia de nueve, a Sebastiana de cinco, a Bartolomé Rodríguez de dos años y al póstumo de que se halla preñada. Declara que debe a las siguientes personas: Benito Rendón, Gaspar Rendón, Isabel de Rojas, Licenciado don Diego García Calvo, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza, a Dionisio Núñez, Andrés Manito, Domingo Martín, Juan Antonio Ibello, Antonio Borria, Antonio Milián, Antonio de Pineda, Juan Rodríguez, don Tomás, Juan de Acosta, a San José, al Santo Cristo de Otatitlán, José González Moreno, a los propios de esta villa. Nombra albaceas testamentarios a su padre Francisco Rodríguez, a su mujer María de Pineda y a Juan Rodríguez su hijo. Nombra herederos a todos sus hijos.
Francisco Rodríguez y María de Pineda, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre de Sebastián Rodríguez, hijo del primero y esposo de la segunda compareciente, vecino y natural que fue de esta villa, en virtud de su poder para hacer testamento lo otorgan como sigue: Declaran que les comunicó que pagaran de sus bienes las cantidades de pesos a las personas siguientes: a Benito Rendón, al Licenciado don Diego García Calvo, a Gaspar Rendón e Isabel de Rojas, al colector que cobra los diezmos de esta jurisdicción, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza, a Dionisio Núñez, Andrés Manito, Domingo Martín y a Juan Antonio Ibello, al Capitán Antonio Borria, a Antonio Millán Quijada, Juan Hernández y Antonio de Pineda, a los mozos que han servido en el trapiche nombrado San Sebastián, a Juan Rodríguez Calado, Tomás, Juan de Acosta y José González Moreno, a los propios de esta villa y al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos. Ítem, les comunicó que den al Santo Cristo de Otatitlán dos velas y una miza rezada. Ítem, declaró el dicho su parte que fue casado con la susodicha María de Pineda, vecina de esta villa, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos a Juan Rodríguez de edad de dieciocho años, a Francisco de quince, a Marcos de doce, a José de diez, a Rafaela [roto], a Antonio de nueve, a Sebastiana de cinco, a Bartolomé de dos y al póstumo o póstuma de que se halla preñada la citada María de Pineda. Y en virtud del poder los nombró por sus albaceas y tenedores de bienes. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombró por sus universales herederos a todos sus hijos, y debido a que son menores de edad nombró a dicho Francisco Rodríguez por tutor y curador ad bona de las personas y bienes de los menores.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REALIsabel de Rojas, vecina y natural de esta villa, hija legítima de Bernardo de Rojas y de Melchora de los Reyes, difuntos, vecinos que fueron de ella, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda a Teresa su nieta, hija legítima de Francisco Machado y de María de Rojas, su hija, 50 pesos los cuales se le den luego que fallezcan sus padres. Declara ser casada con Juan López de Villardoy, de cuyo matrimonio tuvieron por hijos a Juan, María y Melchora López; llevando 500 pesos de dote y su marido no trajo caudal, el cual desde hace veinte años que falta de esta villa y voluntariamente se separó de dicho matrimonio en grave daño de su conciencia. Declara por sus bienes una casa de cal y canto con medio solar en que está edificada; a los esclavos Francisco, negro panadero, a Juana, negra, a Francisco, el cojo negro. Ítem declara por sus bienes 200 pesos que le debe Francisco Machado; 54 pesos que le debe [Juan] Dios Beltrán; 332 pesos que le debe Sebastián Rodríguez, difunto; 36 pesos que le debe Sebastián Milián; 26 que le debe Juan de Vega; y Salvador Gutiérrez lo que consta por un vale. Ítem declara que cuando su hijo Juan López contrajo matrimonio le dio en parte de la legítima 750 pesos. Ítem declara que cuando su hija María López de Rojas contrajo matrimonio con Francisco Machado le dio en dote 800 pesos a cuenta de su legítima. Manda se le den a Juan Beltrán 150 pesos por haberlo criado en su casa y por el mucho amor y voluntad que le tiene. Ítem manda a su hijo Juan López una caja grande de cedro nueva, una tembladera y seis cucharas de plata; a su hija Melchora López, mujer legítima de Francisco de Góngora, la casa de su morada que se compone de una tienda, una sala y un aposento. Declara que tiene dado a la citada Melchora López algunas joyas en remuneración del trabajo con que ha ayudado a ganar lo que posee. Y para cumplir y pagar su testamento nombra albaceas a Juan López, Francisco Machado, Francisco de Góngora, y por sólo tenedor a éste último; y del remanente que quedare de todos sus bienes nombra por sus herederos a Juan López, María y Melchora López.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO