El Capitán don Diego de Altamirano, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera cubierta de teja de [roto] frente y 50 de fondo, ubicada en la calle que sale del [convento] del Señor San Antonio para la Lagunilla, que por una parte [linda] con [casa] de Juan Rodríguez Bazán; por otro lado con casa y solar de don Francisco José Bayro, su compadre, de quien tiene [cobrado] los arrimos; y por la frente, calle en medio, con casa de los herederos de Antonio Muñoz de Anaya; por el fondo con solar eriazo de Alonso Gómez Dávila; misma que compró de los herederos de don Miguel de Prado, difunto. La vende por libre de deuda, empeño, censo, capellanía, hipoteca y enajenación, con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, al precio de 2 000 pesos de oro común en reales, cuya cantidad queda a censo redimible sobre dicha casa y en el ínterin que no los redimiere se le ha de pagar el rédito correspondiente de 5 por ciento anuales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosé Hernández Navas, dijo que contrajo matrimonio con doña Luciana Gómez Dávila, doncella, hija legítima de don Alonso Gómez Dávila y de doña Catalina de Pedraza, vecinos de esta villa, y al tiempo que se efectuó dicho casamiento le prometieron sus suegros como dote de su mujer la cantidad de 200 pesos, de los cuales 100 pesos serían en reales y los otros 100 en diferentes prendas, de lo cual se da por entregado y otorga recibo en forma. Cuya cantidad, junto con 2 000 pesos que le da y promete a dicha su mujer en arras propter nuptias, en honra de su virginidad y limpieza, se obliga a tenerlos en lo mejor parado de sus bienes y a tenerlos siempre prontos y manifiestos, para que en caso de disolverse su matrimonio por muerte o por algún otro caso que el derecho dispone, se le entreguen a la susodicha.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuana Dorantes, vecina de esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad, medio solar compuesto por 25 varas de frente y 50 de fondo, que está en esta villa; y que hace frente, calle en medio con solar de Miguel de Prado y de Alonso Gómez Dávila; por el fondo con la Lagunilla; por el norte con casa y solar de dicho Capitán Juan Gómez. Este solar es el mismo que heredó Juana Dorantes de su difunto marido, Miguel de Paz, y lo vende por la cantidad de 50 pesos de oro común en reales, los cuales se han de quedar en poder del comprador, pues Juana Dorantes se halla enferma y de crecida edad, siendo su voluntad se destinen los 50 pesos para su entierro, misas y sufragios por su alma, a todo lo cual se obliga el Capitán don Juan Gómez Dávila.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REALIsabel de Arévalo, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], hija legítima de [José de] Arévalo y Petrona Gómez, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda a Nuestra Señora de los Dolores, sita en el convento de Señor San Antonio de esta villa, 10 pesos para ayuda de su colateral. Manda que de los bienes de Juan Ludovico Blois, declarados en el testamento que dejó el susodicho, cobre su albacea los reales que fuere por bienes suyos. Declara que en poder de Antonio de Olivera, su hermano, tiene 200 pesos desde hace cinco años y solo le ha pagado réditos de dos años, de los cuales ordena se destinen 100 pesos para su entierro, misas y mandas, y los otros 100 pesos los hace manda graciosa a Elena García de Miranda, su sobrina, que está en su compañía, hija de Juan García de Miranda y María García, difuntos, hasta que tome estado o tenga edad competente, y en caso de que fallezca antes, se le entregue dicha cantidad a sus otras sobrinas en el orden que se menciona. Declara que durante el matrimonio que tuvo con Francisco de Porras, no tuvieron hijos. Nombra como albacea al Capitán Alonso Gómez Dávila. Y nombra como herederas a sus sobrinas Elena, Juana y Nicolasa García de Miranda.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPedro de Guemez, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Magdalena Paredes, vecina de esta villa, un pedazo de solar de 20 varas de frente y 30 de fondo, que posee en esta villa, en el barrio que llaman de la Lagunilla, que por el norte linda con otro pedazo de solar que le pertenece al otorgante; por el poniente, calle en medio, hace frente con solar del Capitán Alonso Gómez Dávila; por un lado linda con solar del Capitán Juan Gómez Dávila; y por el fondo con casa y solar que fue del Capitán Salvador Pérez, difunto. Lo vende en 50 pesos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLos Capitanes don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; don Diego de Altamirano y don Alonso Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; juntos se obligan a pagar a don Juan Díaz de la Concha, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, a saber 1 920 pesos, los mismos que el Capitán Juan Gómez Dávila se había obligado a pagar, 1 300 de ellos a favor del Doctor don José de Morales, Abogado que fue de la Real Audiencia de esta Nueva España, y los 620 pesos restantes por sus réditos hasta hoy día y otros gastos, sobre los que se había seguido litis y está pendiente ante el Señor Doctor don Juan Díez de Bracamonte, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en dicha Real Audiencia y Juez General de Bienes de Difuntos en esta Nueva España.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Josefa Gómez Dávila, doncella, vecina de esta villa de Córdoba, natural de ella, hija legítima de Domingo Antonio Gómez y de doña Juana Dávila Valero, difuntos, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Declara que paran en poder de su hermano el Capitán Alonso Gómez Dávila 706 pesos y 2 reales que le cupieron de su legítima paterna, los cuales tiene cargados sobre su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José], de que le ha pagado 35 pesos y 2 reales de rédito; es su voluntad que dicha cantidad quede a censo como lo está sobre dicha hacienda y que con sus réditos se haga la fiesta todos los años de Nuestra Señora de los Dolores en el convento de San Antonio, en la semana de ramos, con misa cantada, sermón, cera; cuyos réditos han de cobrar el síndico que fuere de dicho convento. Ítem, declara que tiene por su esclava a Antonia, negra que será de dieciséis años, la cual le hace gracia y donación de ella a doña Marina Gómez Dávila su hermana, asimismo, le hace donación de todos sus trastes que están dentro de su casa para que los goce como suyos. Y para cumplir y pagar el testamento nombra por su albacea a su hermano don Manuel Gómez Dávila, para que entre en ellos los venda y remate; y en el remanente que quedare líquido nombra por su universal heredera a su hermana la citada María Gómez Dávila.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REALEl Sargento Miguel Díaz de Aguilar y doña Josefa de Prado su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan que venden al Capitán Diego de Altamirano, vecino de esta villa, una casa de piedra cubierta de teja y un jacal cubierto de tejamanil que poseen en la calle que sale del convento de San Antonio para la [roto], con 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, por una parte linda con casa y solar del Capitán Alonso Gómez Dávila y por la otra con casa de los herederos de Miguel de Prado, su padre, hace frente calle en medio con solar de José Pérez y por el fondo con solar que fue de Francisco de Arano. Dicha casa la heredó la citada Josefa de Prado de su padre Miguel de Prado. La venden en precio de 1 050 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJoseph Gómez Dávila, Manuel Gómez Dávila, doña María [Gómez] Dávila, doña Marina y doña Josepha [Josefa] Gómez Dávila, todos hermanos y vecinos de esta villa de Córdoba, hijos de Domingo Antonio Gómez, Escribano Público, y de doña Juana Dávila [Valero], difuntos, dijeron que los bienes de su madre se hallan cargados en el valor de la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joseph [San José], en términos de esta jurisdicción, la cual está en poder de su hermano Alonso Gómez Dávila; por lo que a través de la presente otorgan poder especial a Antonio [roto] para que representándolos, pida, demande y reciba de Alonso Gómez Dávila la cantidad de pesos de sus legítimas, para lo cual haga los pedimentos, requerimientos, citaciones, y demás que se requiera y sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración para ello.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOManuel Gómez Dávila, Regidor; Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Francisco de Meza y Mendoza], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Messa [Meza], Nicolás de Olibera [Olivera], Gaspar Rendón, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Dyego de Roxas [Diego de Rojas], Antonio Martínez, Antonio de Villavizenzio [Villavicencio], todos vecinos de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el del Capitán Joseph [José] de Leiba [Leiva] Esparragosa, Antonio Muñoz, Juan [José] Coronado y don Juan de Figueroa, que al presente se hallan ausentes; todos otorgan poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, residente en la ciudad de México, para que en nombre y representación de cada uno de ellos, pueda hacer cualquier transacción y en virtud de lo que pactare desistirse del pleito comenzado, y no seguir los capítulos que tiene puestos ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la dicha ciudad de México y su corte contra el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su jurisdicción y sus partidos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en virtud de poder que para ello le otorgaron.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO