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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0043 · Pièce · 1691/09/06
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Cuenta de división, partición y adjudicación de bienes que quedaron por fin y muerte de doña Josefa Vázquez, entre Juan Rodríguez Durán, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella, y doña Isabel Rodríguez, mujer legítima de Francisco de Varrios [Barrios], vecino de esta villa, sus hijos legítimos. Los bienes montan la cantidad de 2 849 pesos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0099 · Pièce · 1700/02/11
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de fabricar azúcar en su jurisdicción, y Diego Saúl, también vecino de ella, dijeron que por cuanto, Diego Saúl le ha prestado a Nicolás de Olivera 500 pesos de oro común en reales con réditos del 5 por ciento en cada un año, que son 25 pesos, los cuales entregará y pagará al síndico que en el presente y en adelante fuere del convento del Señor San Antonio de esta villa, a quienes les da el poder para la cobranza; y dichos síndicos cada uno en su tiempo, han de ser obligados a convertir los 25 pesos en veinticinco misas rezadas por la pitanza de a 8 reales cada una, las trece de ellas que han de decir en la santa iglesia parroquial de esta villa, los días lunes en el altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio, y las 12 misas restantes los días viernes en el altar de la Virgen de Ánimas de la iglesia del Señor San Antonio. Señala que todas las misas se han de decir y aplicar por las Benditas Ánimas del Purgatorio, por el Bachiller Pedro Franco de Guzmán, hijo de [Alonso] Franco de Guzmán, difunto, y de Ana Álvarez de Guzmán, vecina de esta villa, luego que haya ascendido al sacro orden presbiterio, y en caso de muerte lo ha de suceder Nicolás de Barrios, hijo del Capitán Francisco de Barrios, vecino de esta villa, y de doña Isabel Rodríguez, y a falta de los mencionados ha de suceder los que el patrón nombrare. Por su parte, el susodicho Nicolás de Olivera señala que, para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca una casa de cal y canto cubierta de teja que tiene en esta villa, con los lindes que se mencionan en el acta, la cual no podrá vender, trocar ni cambiar, libre e empeño, enajenación, hipoteca. Y a su vez el Síndico Pedro García de Meza, vecino de esta villa, Tercero Profeso de hábito exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Padre San Francisco y Síndico del convento de San Antonio de esta villa, aceptó y se obligó a dicho poder para la recaudación de los 25 pesos y convertirlos en las misas ya mencionadas.

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MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0038 · Pièce · 1691/08/13
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Josepha Vasquez [Josefa Vázquez], vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue del Alférez Nicolás Rodríguez, natural del lugar de Orizaba, hija legítima de Salvador Vasquez [Vázquez] e Isabel Sánchez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma cien misas rezadas, y cincuenta por el alma de sus padres, abuelos y de su primer marido. Declara como sus hijos legítimos y de dicho Nicolás Rodríguez a Juan Rodríguez Durán, vecino de esta villa, actual Alcalde Ordinario de ella, y a doña [Isabel] Rodríguez, mujer legítima de Francisco [de] Varrios [Barrios]. Por otra parte, señala por sus bienes la casa de su morada, hecha de piedra y madera, cubierta de teja, con 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, con su sala, recamara, patio y pozo; una negra nombrada María Cataluengo [Cata Luengo], con sus dos hijos; y una mulatilla nombrada María de la Cruz. También declara [roto] hacer azúcar que al presente es de dicho Juan Rodríguez Durán, ubicado en esta jurisdicción, “tengo 2 000 pesos cargados a censo de que me paga”. Menciona que tiene deudas con el Capitán Joseph [José] Blanco, difunto, con Juan Roballo y Pedro Trillo de Figueroa, manda se les pague. También señala que a ella le debe Antonio Gómez Cataño, Agustín de [roto], Mathias [Matías] de Herrera, Joseph [José] Ramírez, Joseph [José] de Villegas y Thomas [Tomás] Tinoco, manda se les cobre. Nombra albaceas testamentarios a Juan Rodríguez Durán y a Francisco de Barrios; y como sus universales herederos nombra a los dichos sus hijos legítimos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0067 · Pièce · 1691/11/05
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Isabel Rodríguez, natural y vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de Francisco de Barrios, hija legítima del Alférez Nicolás Rodríguez y doña Josepha Vasquez [Josefa Vázquez], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena se den a las mandas forzosas y a la Casa Santa de Jerusalén 4 reales a cada una; asimismo manda se digan misas por su alma y la de sus padres [roto]. Declara por sus bienes la casa de su morada; un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de Guadalupe, el cual fundó su marido después de contraer su matrimonio; un negro llamado Mateo Gómez y una negra su mujer de nombre Magdalena de los Reyes; una mulata llamada María de la Cruz. Declara que debe a Juan Rodríguez Durán, Alcalde Ordinario de esta villa, 2 400 pesos. Nombra como albaceas testamentarios a Francisco de Barrios y a Juan Rodríguez Durán; y por sus universales herederos a Nicolás, Gertrudis, María, Joseph [José], Marina y Micaela, sus hijos legítimos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0062 · Pièce · 1693/10/17
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa, y doña Marina Gómez Dávila, viuda, mujer que fue de Juan Rodríguez Durán, en voz y nombre del susodicho otorgan su testamento según y con las cláusulas que les comunicó que fueron de la manera siguiente: Fue su voluntad se den a las mandas forzosas y Casa Santa de Jerusalén 2 pesos a cada una; se digan por su alma ochocientas misas rezadas y otras cien misas rezadas por el alma de sus padres [roto]. También fue su voluntad se dieran 6 pesos a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa; 200 pesos de limosna para la ayuda de obra material de la santa iglesia de esta villa, y otros 200 pesos para la obra del convento del señor San Antonio. Ítem fue su voluntad se den a Josefa de Prados [Prado], Teresa de Prados [Teresa Catalina de Prado] y a Juana de Prados [Juana Gertrudis de Prado], hermanas doncellas, hijas legítimas de Miguel de Prado, 200 pesos a cada una. Ítem fue su voluntad se den a María de Barrios, de nueve años, hija legítima de Francisco de Barrios y de doña Isabel Rodríguez, hermana que fue de dicho difunto, 300 pesos y una negrita nombrada María de edad de seis años, criolla de casa. Ítem fue su voluntad se den a [roto] de Aguilar, 100 pesos, y otros 100 pesos a Inés de Aguilar, sus sobrinas doncellas, hijas legítimas de Juan de Aguilar, difunto, y de María Rodríguez [Palomino]. También mandó 200 a Beatriz, niña, hija legítima de Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa; 100 pesos a Juana Vasques [Vázquez] y otros 100 pesos a Rossa Vasquez [Rosa Vázquez], sus primas, doncellas, vecinas del pueblo de Orizaba, hijas legítimas del Alférez Joseph Vasques [Vázquez]. “Declaro que yo la dicha doña Mariana Gómez Dávila fui casada con el dicho Juan Rodríguez Durán”, durante su matrimonio procrearon por su hijo legítimo a Nicolás Rodríguez Durán, que será de edad de doce años. Declaran por bienes de dicho difunto las casas de su morada, de cal y canto; otra casa de piedra con tienda; otra casa de piedra, cubierta de teja. Asimismo, declaran por bienes de dicho difunto los esclavos varones y hembras que tenía a su servicio. Ítem declaran por bienes de dicho difunto una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada [roto] José, ubicada en jurisdicción de esta villa, sobre la cual están cargados 3 000 pesos a censo redimible a favor del convento de religiosas Carmelitas de la ciudad de los Ángeles; también sobre dicha hacienda están situados y cargados 2 000 pesos a favor de una capellanía de misas rezadas. Ítem declaran por más bienes una hacienda trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio, sobre la cual están cargadas las cantidades que se mencionan en la escritura. Por otra parte declara que dicho difunto era deudor a las personas siguiente: Capitán don Gaspar [Carlos] de Rivadeneira, don Pedro Caramur y Enríquez, la cofradía del Santísimo Sacramento, Capitán Antonio Orejón de la Lama, Juan Camaño, Pedro Trillo de Figueroa, Gertrudis [de Villegas] Guerra [roto], Diego de Rojas, Antonio [de] Villavicencio, Domingo López, doña María [Gómez] Dávila, Licenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña. Asimismo, declaran como deudores de dicho difunto a Alonso Gómez Dávila, Miguel Mason [Mazón], Mathias [Matías] Duarte, Esteban de Vértiz, Agustín Alfonso maestro de barbería, Balthazar Gonzales de Belilla [Baltazar González de Velilla Blanco], Miguel de Leyba, Marcos Rodríguez, Diego Dávila Barrientos, Antonio Estévez, Francisco de Barrios y Agustín de Guevara. Y para cumplir y pagar este testamento fue la voluntad de dicho difunto nombrarlos por sus albaceas testamentarios e instituyó por su universal heredero a Nicolás Rodríguez Durán.

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MX UV.USBIX ANC-P-0015-PC_0015_0007 · Pièce · 1679/04/26
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Francisco de Barrios, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que cuando trató su casamiento con Isabel Vázquez [Isabel Rodríguez], [hija] legitima del Alférez Nicolás Rodríguez y Josepha [Josefa] Vázquez, vecinos de esta villa, su suegro le mandó en dote con la susodicha cierta cantidad de pesos en una casa y otros bienes muebles y reales, y hecho y efectuado matrimonio su suegro le entregó dicha casa, ropas y demás bienes, de lo cual otorgó escritura de recibo de dote a favor de dicha su mujer, habiendo quedado pendiente la entrega de 500 pesos en reales; por lo cual declara por la presente que ha recibo de dicho alférez los 500 pesos en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0009 · Pièce · 1695/08/06
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

El Alférez Francisco de Varrios [Barrios], vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes de doña Ysabel [Isabel] Rodríguez, difunta, su mujer, padre y administrador de las personas y bienes de Nicolás, Gertrudis, María, Joseph [José] y Marina; con asistencia de don Juan de Figueroa, curador ad litem nombrado por don Alonso López de Sagade Bugueyro [Bugueiro], Alcalde Ordinario; igualmente con presencia de Nicolás y Gertrudis de Barrios, menores de veinticinco y mayores de catorce por estar en la pubertad, con asistencia del referido Juan de Figueroa; dijeron que por cuanto, la difunta Ysabel [Isabel] Rodríguez en una de las cláusulas de su testamento declaró por bienes un trapiche nombrado Nuestra Señora del Rosario, de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa, el cual fundó el otorgante, después de haber contraído matrimonio, en 3 caballerías y media de tierra que hubo y compró de Juan Rodríguez Durán, con el cargo y gravamen de 32 [roto] de oro común de réditos anuales [roto] a razón de 647 pesos y 4 tomines de principal de censo redimible. Dichas tierras por la parte del oriente lindan con las del Regidor Joseph [José] de Leiva; por el poniente con las de Nicolás Rodríguez; en ellas tiene fabricadas casas de vivienda de purga, trapiche y lo necesario para él, también tiene sembradas unas suertes de caña. Y respecto a que por falta de avíos y mirando que no se deterioren sus bienes y los que pertenecen a dicho sus hijos, y que el caudal e importancia de dicho trapiche se puede poner en otra finca y trato donde tenga más permanencia y no carezcan nunca los referidos de sus alimentos, hizo trato de venderlo a Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, para cuyo efecto pareció ante el Capitán don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y presentó petición, la cual fue aprobada. En cuya conformidad el otorgante, los dicho Nicolás y Gertrudis, con asistencia de Juan de Figueroa, y en nombre de María, Joseph [José] y Marina de Barrios, otorgan que vende a Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, las 3 caballerías y media de tierra, en precio de [647] pesos y 4 reales de principal de censo que ha de reconocer a favor de quien fuere parte legitima de Juan Rodríguez Durán, a quien tiene que pagar 32 pesos y 3 tomines anuales de sus réditos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0007 · Pièce · 1714/01/13
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Doña María de Barrios, hija de don Francisco de Barrios y de doña Isabel Rodríguez, difunta, mujer de Juan José de Cuevas, otorga haber recibido del Secretario Juan de Espinosa, vecino del pueblo de Orizaba, a saber 300 pesos de oro común en reales, como patrón que es de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado Juan Sánchez Niño, para la dote de una niña de sus parientes que mandó saliese el día de los Desposorios de Señor San José en su procesión, y que se le diese dicha cantidad para ayuda de tomar estado, respecto de haber sido nombrada la otorgante por dicho patrón y haber salido de huérfana el año pasado de 171, el día asignado, y estar casada con el otorgante y tener recibida dicha cantidad, de ella se dieron por entregada a su voluntad, y entregaron carta de pago y recibo en forma.

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1625, Expediente 4
MX UV.USBIX ANO-E-0060-EO_0060_0016 · Pièce · 12/08/1626
Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

Juana Gómez, viuda de Baltazar Ruiz, por poder que tiene conferido del susodicho, otorga su testamento, que a su tenor dice: hijo de los difuntos Baltazar Ruiz e [Isabel] Rodríguez, natural de Jerez de la Frontera, manda se digan diversas misas, dentro de sus bienes se encuentra la casa de su morada con su solar y jacales, además de animales, tienda, una pipa de vino, y dentro de sus documentos se encuentran cédula y escrituras en contra de diferentes deudores.

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MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0013 · Pièce · 1677/02/27
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Francisco de Barrios, natural de la Puebla de Guzmán, en los Reinos de Castilla, vecino de esta villa de Córdoba, casado con Isabel Vázquez [Isabel Rodríguez], hija legítima del Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de esta villa y su jurisdicción, y de Josepha [Josefa] Vázquez, vecinos de esta villa, declara que ha recibido de su suegro como bienes dotales de su esposa la cantidad de 2 413 pesos 7 tomines en géneros y una casa en esta villa. Asimismo, Francisco de Barrios otorga a su esposa, en honra de su limpieza y virginidad, la cantidad de 500 pesos de oro común en calidad de arras propter nuptias, que sumado a los 2 413 pesos 7 tomines de dote hacen 2 913 pesos 7 tomines, los cuales se obliga a tener seguros y conservarlos sobre sus bienes.

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