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MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0010 · Item · 1700/04/14
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Juan García de Miranda, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Sargento Juan Antonio Hernández Golfín y doña Juana García de Miranda, difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: pide ser sepultado en la capilla de la Venerable Orden Tercera de Penitencia en el Convento [roto] San Antonio de esta villa. Manda 150 pesos para ayuda a la fábrica material de la santa iglesia parroquial de esta villa. Explica que debe a diferentes personas, así como, otras personas que le deben a él. Declara que está obligado a la tutela por la cantidad de 200 pesos de una niña, su hermana, por parte de su padre, nombrada Teresa Hernández, de edad de dieciséis años. Menciona que hizo escritura de obligación a favor de don Francisco Gómez, estante de esta villa, por la cantidad de 1 500 pesos, cuya cantidad la tiene pagada y por olvido no la han cancelado. Señala como parte de sus bienes la casa donde tiene su morada, que es de cal y canto cubierta de teja, que se encuentra en esta villa, en la calle Real y hace frente con casa [roto] del Capitán don José Gómez Dávila [roto] fondo que le pertenece, la cual es libre de censo; una hacienda de trapiche de fabricar azúcar que tiene arrendada a los propios de esta villa. Asimismo, declaró que cuando se casó con María Gómez, ambos no tenían ningún caudal y durante dicho matrimonio procrearon como hijos legítimos a Jerónimo, de veintidós años; María García, doncella de veinte años; Francisca Estefanía García de Miranda, de diecisiete años; José García, de quince años; Antonia, de diez años; Juana, de ocho años; Nicolasa, de cinco años; Bárbara Gertrudis, de cuatro años; y Elena, de dos meses. Nombra como albaceas al Capitán José Gómez Dávila, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario en ella, a Nicolás de Olivera, su sobrino y a la dicha María Gómez, su mujer; nombra por solo tenedor de bienes y por tutor y curador de las personas y bienes de los dichos sus hijos en caso de contar en edad pupilar al dicho Nicolás de Olivera, su sobrino. Y por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0020 · Item · 1674/07/18
Part of Archivo Notarial de Córdoba

María de Leiva, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan García de Miranda, otorga su testamento donde declara haber procreado a Juana García de Miranda, ya difunta, casada con el Sargento Antonio Hernández, con quien tuvo un hijo nombrado Juan; a Josepha [Josefa] García de Miranda casada con Joseph [José] de Olivera; a María [García de] Miranda, doncella; y a Blas, que murió en la edad pupilar. Declara por bienes una caballería y media de tierra y una suerte de tierras que tiene en esta jurisdicción, las cuales lindan por el sur con tierras del Alférez Mayor Juan García Valero y por el norte con tierras que llevó en dote su hija Josepha [Josefa]. También declara tener una casa de vivienda, cubierta de zacate, con medio solar en que está fundada en esta villa, y una negra esclava nombrada María. Nombra como albacea a Joseph [José] de Leiva, su hermano, Regidor de esta villa, y como herederas a sus hijas Josepha [Josefa] y María y a su nieto Juan.

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