Diego Dávila Barrientos y Juan Rubio [de Rocha], su compadre, vecinos de la jurisdicción de Quichula [Quechula], hacen compañía en una tienda en el pueblo de Quichula [Quechula] bajo las condiciones siguientes: Diego Dávila Barrientos pone 1 000 pesos de oro común, que tiene entregados a Juan Rubio, quien pone de su parte 200 pesos de oro común, la solicitud, asistencia y trabajo de su persona con lo cual ha de administrar dicha tienda. Cada año se comprometen a hacer un balance y repartirse las ganancias por partes iguales. Juan Rubio ha de sacar del caudal de la compañía lo necesario para el sustento de su mujer y familia.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDoña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa de Córdoba, mujer que fue de Pedro García de Meza, quién le otorgó poder para testar y de cuya disposición falleció; y usando de dicho cargo, otorga su testamento con las cláusulas, legados y mandas que le comunicó en la manera siguiente: Declaró dicho su marido, que fue casado con la presente otorgante Manuela de Altamirano, durante su matrimonio tuvieron por hijos a doña Gertrudis García de Meza, viuda de Cristóbal Suárez; doña Juana García de Meza, doncella; Antonio García; y Rafael García. Ítem, declara que su marido dejó comunicado que fue casado en primeras nupcias con doña Rosa María Cabrera, difunta, con quien procreó a una hija nombrada Rosa María García de Meza, casada. Ítem, declara que su marido le comunicó que era deudor de varias personas y le ordenó que se pagaran de sus bienes: 2 450 pesos al Capitán don Lucas de Acosta del importe de unas piezas de esclavos; 3 970 pesos y 2 reales a Juan Bautista Sierra Valle y Río Seco, vecino de la ciudad de los Ángeles; 40 pesos a Juan Ruiz, maestro cerero; 236 pesos a los Santos Lugares de Jerusalén, los cuales eran de su cargo por haber entrado en su poder; 18 pesos a Lorenzo de Guzmán; 560 pesos a Pedro Trillo de Figueroa; 53 pesos 6 y medio reales a don Francisco de Pissa Guerrero, maestro boticario, de géneros de medicamento y botica; 246 pesos y 5 reales al convento de San Antonio, entre otros adeudos que se mencionan en la escritura. Ítem, declara que su marido le comunicó que le eran deudores las personas siguientes: Carlos de Peñarrieta, la viuda de Miguel de Prado, la viuda de don Diego Dávila Barrientos, Antonio de Vega, Pedro de la Cruz, indio, entre otros que se mencionan en el acta. Ítem en su nombre declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar, en esta jurisdicción; una casa de piedra y madera, muebles de casa, además señala que su marido nombró por albaceas testamentarios a ella y a Diego de Altamirano, su yerno; y como tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos menores también a ella. Por último, nombró como únicos y universales herederos a todos sus hijos del primer y segundo matrimonio.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOManuel Gómez Dávila y Juan Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don Diego Dávila Barrientos, difunto, debía de resto y ajuste de cuentas a Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 3 697 pesos y pretendiendo asegurar esta cantidad, Juan Bautista solicitó le hiciese escritura de obligación el dicho don Diego Dávila, quien ofreció por fiadores y principales pagadores a los otorgantes, cuya escritura se otorgó en esta villa el 22 de abril de 1697. De cuya cantidad se le pagaron 1 734 pesos y 5 reales, quedándole a deber 1 962 pesos y 3 reales. Y habiendo fallecido don Diego Dávila Barrientos y Juan Bautista Sierra Valle, los albaceas de éste último, doña María Jiménez, viuda, y el Reverendo Padre Presentado Fray Baltazar Romeo, Rector del Real Colegio de San Luis de la ciudad de los Ángeles, solicitaron ante la Real Justicia les pagasen los otorgantes como fiadores de Diego Dávila la cantidad de 2 758 pesos por defecto de no haberla exhibido como lo mandó don Miguel Valero Grajeda, Alcalde Ordinario de esta villa, en cuyos autos que se siguieron se despachó mandamiento de ejecución contra sus personas y bienes; y en el intermedio, se logró mostrar lo que justamente se debía a dicho difunto, por medio cartas, cuentas y recibos se reconoció no ser 2 758 pesos lo que debían sino 1 962 pesos y 3 reales. Por lo cual, otorgan se obligan a pagar los 1 962 pesos 3 reales a dichos albaceas de Juan Bautista de Sierra Valle y Rioseco, de la siguiente manera: 981 pesos para fines de julio de 1703 y los restantes 981 pesos real y medio para fines de enero de 1704, más 350 pesos 5 reales que se obligan a pagar a Manuel Romeo, apoderado los albaceas, por los gastos de las diligencias que se han hecho.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOGaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa de Córdoba, en nombre de doña María Jiménez, vecina de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, viuda de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, en virtud del poder que ésta le otorgó a don Manuel Romero, residente en esta villa, para la celebración de la venta de una casa en esta villa, que quedó por bienes de su difunto marido, cuyo poder don Manuel Romero sustituyó en el otorgante. Y en conformidad con dicha sustitución de poder, otorga que vende a Juan Vázquez, vecino de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de teja que se compone de una sala, un cuarto en esquina y otro cuarto inmediato con un corredor de la parte del patio y el solar que se compone de 50 varas en cuadrado cercado, en la calle Real que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], que linda por una parte con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos, difunto, calle en medio; por otro lado, con solar de Juan de Monteagudo; por otro con solar de Manuel Cáceres y por la parte del oriente calle en medio con solar de los herederos de Juan de Espinosa. La vende en precio de 1 400 pesos de oro común en reales, cuya cantidad y sus réditos, Juan Vázquez y Teresa de Cala, su legítima mujer, se obligan a pagar a doña María Jiménez, con especial hipoteca de dicha casa y otra casa que tienen en esta villa, la cual está gravada a 500 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Almas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial de esta villa.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOMiguel de Leyba, Joseph [Gómez Dávila, vecinos de esta] villa de Córdoba; Joseph [José] de Leyba [Leiva] y el Capitán Joseph de Leyba [José de Leiba y Esparragosa] [roto] dijeron que el Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, [Teniente General] de esta villa, para obtener dicho nombramiento de teniente necesitó la cantidad de 4 000 pesos que ofreció al Capitán don Antonio Orejón de la Lama para gracia del nombramiento, cantidad que buscaron conseguir el dicho Alférez Antonio de Ábrego, doña Ana Dávila Valero, su mujer, y el Alférez Miguel Jiménez de Bonilla, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala al pago de Nativitas, por medio de un poder otorgado al Capitán don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, para que por dicha cantidad y algo más les pudiese obligar con hipoteca de nueve piezas de esclavos y una casa de obraje en la ciudad de Cholula. Y reconociendo los otorgantes la necesidad de con que se [hallaban], por vía de amistad y buena obra remitieron orden por carta al Capitán don Diego López de Luna, en que le pidieron supliese y tuviese en su poder los 4 000 pesos para entregarlos a finales de abril de este año, lo que en efecto hizo, quedándoselos a deber dicho Alférez Antonio de Ábrego, Miguel Jiménez de Bonilla y doña Ana Dávila Valero, a pesar de no haber otorgado escritura de obligación. Y respecto a que dicho Capitán don Diego López de Luna, vecino y mercader de los Ángeles, trataba de poner demanda a los otorgantes sobre la paga y satisfacción de los 4 000 pesos por haberlos dado por orden de ellos, y siendo justo que el susodicho haga las diligencias y recaudación de dicha cantidad en los bienes y personas que los deben, y pueda sacar a paz y a salvo indemne que por ningún camino lasten cosa alguna de dicha cantidad; otorgan poder al Capitán don Diego López de Luna para que en sus nombres y por sí y para sí reciba, demande y cobre judicial o extrajudicialmente los 4 000 pesos del Alférez Antonio de Ábrego, Miguel Jiménez de Bonilla y doña Ana Dávila Valero.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña Margarita Jaimes Alfonso, vecina de esta villa de Córdoba, viuda mujer que fue del Capitán don Diego Dávila Barrientos, quién le otorgó poder para testar, debajo de cuya disposición falleció en la ciudad de México el 18 de mayo pasado; por la presente otorga y ordena el testamento con las cláusulas, mandas, legados y declaraciones que le comunicó su difunto marido: Declara haberle dado sepultura según su voluntad en la iglesia del convento de Nuestro Padre San Diego, en la ciudad de México. Declara que cuando contrajeron matrimonio, llevó a su poder 2 000 pesos de dote, en parte del valor de la hacienda de labor nombrada Cozitlan [Cotzitla], que está en la jurisdicción de Quichula [Quechula], y su marido le dijo que trajo al matrimonio como caudal unos 300 pesos en ropa de vestir y en el valor de un negrito que vendió y lo procedido lo gasto en casamiento de una pobre. Y durante su matrimonio procrearon diez hijos legítimos cuatro varones nombrados Diego, Alonso, Juan y Francisco Dávila Barrientos; y seis hijas nombradas María, Margarita, Agustina, Ana, Ángela Dávila Barrientos, mujeres casadas a quienes les brindó diferentes cantidades de dote; e Isabel Dávila Barrientos, doncella de dieciséis años. Declara como bienes la hacienda nombrada San José Cozitlan [Cotzitla], que está en el paso de Quichula [Quechula]; una hacienda o rancho de labor nombrado San Isidro, en dicha jurisdicción; y asimismo, otro rancho nombrado San Bartolomé, en dicha jurisdicción, con las características y condiciones que se mencionan en la escritura; y una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José de Omealca, en la jurisdicción de la Veracruz Vieja y doctrina de esta villa de Córdoba; así como, una casa en el pueblo de Quichula [Quechula]; entre otros bienes. Por último, en dicho testamento nombró como sus albaceas testamentarios y tenedor de bienes a la dicha doña Margarita Jaimes Alfonso y a sus hijos Diego, Alonso y Juan Dávila Barrientos. Y por sus herederos universales a los diez hijos, mencionados en el acta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero, registró una escritura de reconocimiento de censo que le otorgó Nicolás de Armenta, vecino de esta villa, de 500 pesos de principal y por ellos 25 pesos de réditos en cada un año, a favor de las misas que dejó por su alma Diego Saúl, los cuales cargó sobre su casa que posee en esta villa en la calle que sale de la plaza Pública para el camino del pueblo de San Juan Coscomatepec de esta jurisdicción, que se compone de una sala, cuarto esquina, fabricada en 50 varas de frente y 50 varas de fondo, el solar linda por el oriente con casas y solar que fue de María de las Vírgenes y por el otro lado calle en medio con solar de Pascuala de Espinosa, y hace frente calle en medio con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos y solar de Juan Vázquez, y sobre dicha casa está cargado el censo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Joseph [José] de Leiva y Esparragosa, Capitán de la Infantería española de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Diego Dávila Varrientos [Barrientos], estantes en la ciudad de México, para que en su nombre y representación, comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey [roto] para que éste se sirva [roto] mandando se le guarden todas las honras, franquezas, libertades, inmunidades y todo lo que como tal capitán de infantería deba haber y gozar. Asimismo, para que demuestre las certificaciones donde consta ser capitán, para que dicho Señor Excelentísimo le confirme y apruebe por tal. Igualmente demuestre los dos mandamientos, el uno despachado a la vecindad y Compañías de Galapa [Jalapa] su data en México el 17 de junio de 1689 y el otro despachado por el Virrey de Moncloa [Monclova], ambos refrendados por Pedro Belasques [Velázquez] de la Cadena. Por lo que se le da éste con libre y general administración.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Gaspar Carbajal, vecino de esta villa de Córdoba, y dueño de trapiche, dijo que para obtener licencia para el uso y servicio de dicho trapiche, se valió del Capitán Diego Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta jurisdicción, a quien le dio 200 pesos para que realizara los tramites e hiciera los gastos necesarios, lo cual al cabo de 2 años no ha podido conseguir. Por esta razón, otorga poder a don Diego de Dávila Varrientos [Barrientos] vecino de esta villa y estante en la ciudad de México, para que en su nombre y representación, comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España y suplique se sirva concederle la licencia para dicho trapiche, mismo que hubo y compró de Pedro García de Meza; y concedida dicha licencia y composición, ofrezca al Señor Excelentísimo 150 pesos de contado. Otorga también este poder para que comparezca en la Real Hacienda y Real Almoneda de México, donde exprese la postura que tiene hecha al oficio de depositario y [regidor] de esta villa, en los pregones que se han hecho ante el presente escribano, por cantidad de 350 pesos, valor de dichos oficios, importe que él pagará de contado, para cuyo seguro dio por su fiador a Antonio Millán, vecino y mercader de esta villa.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOManuel Gómez Dávila, Regidor; Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Francisco de Meza y Mendoza], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Messa [Meza], Nicolás de Olibera [Olivera], Gaspar Rendón, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Dyego de Roxas [Diego de Rojas], Antonio Martínez, Antonio de Villavizenzio [Villavicencio], todos vecinos de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el del Capitán Joseph [José] de Leiba [Leiva] Esparragosa, Antonio Muñoz, Juan [José] Coronado y don Juan de Figueroa, que al presente se hallan ausentes; todos otorgan poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, residente en la ciudad de México, para que en nombre y representación de cada uno de ellos, pueda hacer cualquier transacción y en virtud de lo que pactare desistirse del pleito comenzado, y no seguir los capítulos que tiene puestos ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la dicha ciudad de México y su corte contra el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su jurisdicción y sus partidos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en virtud de poder que para ello le otorgaron.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO