Francisco de Aguilar, Alcalde Ordinario en esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Francisco de Solís, Alguacil, para que ante la Real Audiencia pida se saque en almoneda [roto] el cual compre de fiado o de contado, y lo obligue a pagar las cantidades que importaren dicho remate.
UntitledEl Capitán Nicolás Blanco y Ana de Sandoval, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, hacen gracia y donación a Francisco de Solís, sobrino de los otorgantes y Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa, de un solar de 50 varas con cuadra que tienen en esta villa, en donde el susodicho tiene hecha su casa de vivienda, la cual linda por el [roto] con solar de Pedro Suárez; por el norte con el Capitán Joseph [roto]; por el poniente con solar y casa de los otorgantes.
UntitledMiguel Balero [Valero] Grageda [Grajeda], Alférez de esta villa, otorga poder especial a Nicolás Jordan, vecino de la villa de Madrid y Agente de Negocios en el Real y Supremo Consejo de Indias, y a Francisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad en esta villa de Córdoba y el partido de San Antonio Huatusco, para que en nombre del otorgante parezcan ante el rey y pidan la confirmación de su oficio de Alférez Mayor de esta villa, y le otorgue la facultad y privilegio a dicho oficio de poderlo servir.
UntitledEl Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero, Cura Teniente de esta villa, en virtud de poder de Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, su mujer, vecinos de la ciudad de los Ángeles, para estar en los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de María Ferrera [de Tévez], difunta, otorga que ha recibido de Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y del partido de San Antonio Huatusco, 338 pesos de oro común en que se incluyen 105 que se pagaron a Jacinto Pérez Padrón, Alcalde Ordinario de esta villa, de otros tantos que los susodicho le debían. Dichos 338 pesos es el resto de 800 que el alguacil debía a los dichos Joseph [José] Pérez de la Peña y María Ramírez de Ferrera, de la venta de una casa que fue del Regidor Juan Francisco Ramírez y María Ferrera [de Tévez].
UntitledEl Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Capitán Pedro Lorenzo de Torres, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende al Capitán don Francisco Valero Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, un esclavo negro nombrado Bernardo, casta Congo, de dieciocho años de edad, que hubo y compró el Capitán Pedro Lorenzo a Juan del Valle, vecino de la Nueva Veracruz. Lo vende por precio de 430 pesos de oro común, cantidad que se obliga a pagar el 19 de junio venidero.
UntitledEl Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y mercader en ella, albacea testamentario y tenedor de bienes del difunto Diego de la Cruz, vende a Sebastián Morán, vecino de esta villa, una casa de teja y madera entablada y edificada en solar de 40 varas de frente y 50 de fondo, ubicada en calle que va para la carnicería, que por la calle del norte, calle en medio, linda con solar que fue de Francisco Díaz; por el sur con solar que fue del Alguacil Mayor Francisco de Solís, que hoy posee doña Gertrudis de Gatica; y hace esquina y frente con solar que hoy posee Diego Carretero; cuya casa hubo y compró dicho difunto a Melchora de los Reyes. La vende con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, en precio de [350 pesos] de oro común en reales.
UntitledDoña Gertrudis de Gatica, viuda del Capitán Francisco de Solís, Alguacil Mayor que fue de esta villa, vecina de ella; otorga su poder general a don Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor y Depositario de esta dicha villa, para que en su nombre reciba, demande y cobre de todas y cualesquiera personas del estado, calidad y condición que sean, cajas reales de bienes de difuntos, todos los pesos de oro de plata, joyas y otros géneros; ya sea por escrituras, vales, cuentas de libro, entre otros o sin ellos; dando de lo que recibiere y cobrare cartas de pago.
UntitledDona Gertrudis de Gatica, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Aguacil Mayor Francisco de Solís, vecino que fue de esta villa, dijo que tiene por esclava a Isabel de Solís, mulata, de treinta y tres años, hija de Francisca, negra, su difunta esclava; y por el amor que le tiene por haberle servido con mucho cuidado, puntualidad, amor y lealtad, en remuneración, otorga por la presente “ahorro y liberta, graciosamente a dicha Isabel de Solís, para que goce de ella desde esta fecha y me desisto de los derechos de posesión”.
UntitledDomingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad y Teniente del Público y de Registros de Orizaba, su jurisdicción y de este partido de San Antonio Huatusco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que los religiosos descalzos de la Orden de Nuestro Padre San Francisco de la Provincia de San Diego de la Nueva España [pretenden fundar] en esta villa, un convento de dicha [orden] [roto] [en las] casas de la morada de Francisco de [Solís], [vecino]de esta villa y de San Antonio Huatusco, [roto] por escritura de donación que les hizo el susodicho en México a los veintiseis días del mes de febrero del presente año, por ante Pedro del Castillo Grimaldos, Escribano de Su Majestad, y respecto a que el sitio y solar que dicha casa ocupa es corto para la fundación del convento, necesitando para ello más sitio, hace donación para este efecto de medio solar de tierra de 50 varas de largo y 25 de ancho que tiene en esta villa, el cual linda por el norte con dicha a casa; por el oriente con solar de Gerónimo [Jerónimo] de Leyva [Leiva]; por el sur con el de los herederos del Alférez Mayor Juan García Valero, calle en medio, de los dos últimos; y por el poniente con otro medio solar de Gaspar González Navarro. En caso de que dicho convento no se edifique en el espacio y término de [seis años], esta donación no tendrá validez.
UntitledLa Justicia, Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en la sala del Ayuntamiento, conviene a saber: José de Leiva, Regidor Perpetuo y Alcalde Ordinario en esta villa y su jurisdicción; Francisco de Solís, Alguacil Mayor y Francisco de Aguilar, Regidor, en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa otorgan poder al padre Fray Juan Gutiérrez, Religioso de San Francisco, Procurador General de su Provincia de la Nueva Galicia, residente en la villa de Madrid, para que en nombre del Cabildo y villa parezca ante el Rey y su Real Consejo de Indias, pida y suplique se conceda a esta villa confirmación de su fundación y título de ella; y si fuese necesario los obligue y a esta villa de Córdoba a que darán y pagarán a Su Majestad la cantidad de pesos que por esta merced deben servirle.
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