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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0073 · Unidad documental simple · 1667/12/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Tesorero Tomás de Jáuregui, hijo legítimo de Tomás de Jáuregui y Graciana de Chavarría, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de Tudela en el Reino de Navarra de la Corona de España, de donde es natural, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con Agustina Vázquez, mujer legítima que fue primero de Pedro Rodríguez, de ese matimonio su mujer tuvo cinco hijos, y al presente han tenido por hijos legítimos a Ana de Jáuregui de dieciséis años; Josephe [José] de Jáuregui de catorce años; Teresa de Jáuregui de doce años; Juana de diez y Tomás de nueve. Señala que otorgó a los primeros hijos de la susodicha las cantidades y géneros que les correspondían por herencia paterna. Declara que a su cargo ha sido la expedición de las bulas de la Santa Cruzada por comisión de Diego Duarte, Tesorero y vecino de Tehuacán. Menciona por sus bienes y de su mujer una casa de su vivienda, un solar, doce mulas de carga, el menaje de su casa y las cantidades que diversas personas le deben como consta en su libro de cuenta. Nombra como albaceas testamentarios a dicha Agustina Vázquez, Miguel de Prado y Pedro Rodríguez, su yerno y entenado, para que entren en sus bienes los vendan y rematen; y en el remante que quedara de todos ellos, nombra por sus universales herederos a sus hijos.

MARCOS BLANCO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0101 · Unidad documental simple · 1696/10/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Teresa de Jáuregui, natural de esta villa de Córdoba, mujer de Diego de la Palma, vecino de ella, hija legítima de Tomás de Jáuregui y de doña Agustina Vásquez [Vázquez], difuntos, otorga poder a Diego de la Palma, su marido, para que haga y ordene su testamento poniendo las cláusulas que le tiene comunicadas. Declara haber llevado a poder de su marido en forma de dote la cantidad de 400 pesos, de los cuales 200 pesos recibió del Bachiller Juan Sánchez Niño de Guevara, su primo, y los otros 200 pesos le legó por cláusula de testamento el Capitán Nicolás Blanco; asimismo, declara no haber recibido nada de la herencia de su madre, por haber caído en suma pobreza su albacea, por lo cual se los remitió y perdonó. Declara no haber tenido hijos. Nombra como albacea testamentario y heredero a su marido.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0029 · Unidad documental simple · 1705/03/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto fue casado con doña Teresa de Jáuregui, difunta, quien antes de su fallecimiento tuvo deseo y ánimo de que ambos fundaran una capellanía de misas rezadas por sus almas, con principal de 2 000 pesos, y por voluntad de la susodicha dispuso un poder que le otorgó para testar, por el cual entre las cláusulas que hizo y ordenó fue separar de sus bienes 1 000 pesos y con ellos ejecutar la obra en la conformidad que le comunicó. Y atendiendo a que de imponer dicha capellanía de 2 000 pesos, los 1 000 de ellos de su mujer y los otros 1 000 pesos de su propio caudal sería aumentado el divino culto de Dios Nuestro Señor, y poniendo este deseo en ejecución, otorga que instituye dicha capellanía con las condiciones y calidades siguientes: La capellanía se funda con el principal de 2 000 pesos de oro común que aplica y sitúa en el precio y valor de una casa de piedra y madera, cubierta de teja, que tiene en esta villa, ubicada en la calle Real, que viene del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] para la Lagunilla, y hace enfrente, calle en medio, con casa de Lorenso [Lorenzo] de Guzmán; por el norte, por la espalda, con casas de doña Gertrudis de Gatica; por el oriente con solar del regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente; dicha casa se halla apreciada en 2 164 pesos y 7 reales. Y como tal fundador de esta capellanía nombra a Juan Manuel Fernández de Jáuregui por primer capellán propietario, para que lo sea todos los días de su vida, de edad de catorce a quince años, que al presente se halla estudiando gramática en la ciudad de los Ángeles, natural de esta villa, hijo legítimo de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato; y por su fin y muerte nombra por capellán propietario a José Fernández de Jáuregui, niño de edad de siete años, hermano del dicho Juan Manuel; y por su falta a los hijos legítimos que tuviere doña Bernarda de Jáuregui. Dichos capellanes han de tener la obligación de decir veinticinco misas rezadas en cada un año. Por último, nombra por capellán interino al Licenciado don Manuel de Prado, Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de esta villa, para que la sirva, siendo obligado a decir dichas veinticinco misas rezadas en cada un año; y como instituyente de dicha capellanía se nombra por primer patrono de ella por todos los días de su vida.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0033 · Unidad documental simple · 1705/03/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Bachiller don Manuel de Prado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial a Francisco Estévez, mercader y vecino de esta dicha villa, para que representando su persona parezca ante el juez de testamentos, capellanías y obras pías de este obispado, y pida se declare por capellán interino, en virtud del nombramiento que hizo Diego de Palma en la escritura de imposición de una capellanía de misas rezadas, con la dote de 2 000 pesos de principal, por su alma y la de doña Teresa de Jáuregui, su mujer difunta.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0079 · Unidad documental simple · 1703/06/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Diego de Palma, vecino de esta villa de Córdoba, marido y conjunta persona que fue de doña Teresa de Jáuregui, su mujer difunta, quien le otorgó poder para testar su fecha en esta villa a 20 de octubre de 1696; dijo que usando de dicho poder y conforme a lo que le comunicó la susodicha, hace y dispone su testamento en la siguiente manera: Declara que fueron casados y al tiempo que contrajeron matrimonio su mujer trajo como dote 400 pesos en reales, los cuales entraron en su poder y durante dicho matrimonio no procrearon hijos. También, le comunicó su mujer que le diese a Serafina de Aguilar, su sobrina, hija del Alférez Juan de Aguilar y de María Rodríguez, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, 100 pesos luego que tome estado o tenga veinticinco años cumplidos. Asimismo, le diese 300 pesos a Bernarda, niña de diez a once años, hija de Luis Fernández de Andrade y de doña Juana de Jáuregui, vecinos de esta villa, luego que tome estado o tenga veinticinco años cumplidos. Declara que su mujer ordenó separar 1 000 pesos de sus bienes para la obra que secretamente le comunicó. Se nombra como albacea testamentaria y tenedor de bienes de su mujer, asimismo, se nombra como su heredero universal.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0019 · Unidad documental simple · 1696/03/16
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Bachiller don Juan García Guerra, Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, en nombre y como apoderado de doña Gertrudis de Villegas Guerra, su hermana, vecina de la doctrina de San Salvador el Seco, jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, viuda del Capitán Antonio de Brito Lomelín, vende a don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa, unas casas de vivienda que posee la susodicha en esta villa, en la esquina de la plaza, altas, techadas de teja, que se le adjudicaron en el juicio divisorio de los bienes de su marido. Las vende en precio de 1 850 pesos, de los cuales 550 pesos pagó de contado, 500 pesos pagará para el 24 de junio y 800 para el 24 de diciembre de este año.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO