Juan de Leiva, hijo legítimo del Capitán Juan de Miranda [y Leiva] y Ana de Burgos [Durán], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que no ha sido casado ni tiene hijos; y porque su deuda es grande y no puede pagarla de sus bienes, pide a las personas que se mencionan en la escritura perdonen la deuda “por el amor de Dios”. Nombra albaceas a José de Leiva su hermano y a Gaspar González su sobrino; y en el remanente que quedare de todos sus ellos, instituye por sus herederos a Miguel, hijo de José de Leiva su hermano, y a Josefa García de Miranda su sobrina, hija de Juan García de Miranda y de María de Leiva su hermana.
Zonder titelJuan García de Miranda, vecino y dueño de sitios y tierras de ganado menor en esta jurisdicción de San Antonio Huatusco, podatario y administrador de Josefa García de Miranda y herederos de Joseph [José] de Olivera, vecino que fue de esta jurisdicción, otorga que debe y ha recibido del Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor en dicha jurisdicción, la cantidad de 700 pesos de oro común, que por hacerle buena obra le ha dado, los cuales se obliga a pagar en la ciudad de México o en la de la Nueva Veracruz.
Zonder titelEl Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, labrador y criador de ganados menores en la provincia de Tepeaca, otorga su poder especial a Gabriel de Emasabel, vecino de la jurisdicción de San Antonio Huatusco, para que en su nombre parezca en la ciudad de la Nueva Veracruz y venda o traspase a cualquier persona una escritura de venta y censo, que a favor del compareciente otorgó Josefa García de Miranda, viuda de Joseph [José de Olivera] y vecina de la villa de Córdoba, de cantidad de 4 250 pesos [roto] al redimir y quitar sobre tierras del otorgante que caen en dicha jurisdicción de la villa de Córdoba. Declara que no tiene cobrados más que un año de los réditos de dicho censo y en esta razón otorga dicho poder para que haga cualquier quiebra hasta en cantidad de 1 250 pesos y en ella se ha de incluir la alcabala, de forma que le hayan de quedar al otorgante los 3 000 pesos restantes a los 1 250 pesos, a cumplimiento de los 4 250 pesos; por lo cual pide a su apoderado reciba dicha cantidad de 3 000 pesos de contado o a parecer del Capitán Bernardo Velázquez [de] Ladrada, vecino de la ciudad de la Veracruz, y lo obligue a la seguridad y firmeza de dicho censo en la cantidad referida de 4 250 pesos. Finalmente señala que cumplida dicha venta o traspaso, cobre la cantidad con la asistencia del Capitán Bernardo Velázquez [de] Ladrada, y otorgue las cartas de pago que para su mayor validación se requieran.
Zonder titelMiguel de Leiva [Esparragosa], vecino de esta villa de Córdoba, dueño de la hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder a Joseph de Leyba y Esparragossa, su hermano, para que lo obligue como fiador y principal pagador de doña Josepha [Josefa] García de Miranda, vecina de esta villa, y residente en la ciudad de los Ángeles, hasta en cantidad de 2 000 pesos con los réditos de 5 por ciento anual, a pagar en 2 años. Dando 1000 anuales, empezando a contar el primero, desde la fecha de la escritura que en virtud de este poder se ha de otorgar y dicha paga se hará en el convento de religiosas de Santa Clara de los Ángeles.
Zonder titelJosepha [Josefa] García de Miranda, mujer legítima de Joseph [José] de Olivera, vecino de la villa de Córdoba, hija legítima de Juan García de Miranda y de María de Leyva [Leiva], difuntos, vecinos que fueron de dicha villa, otorga su testamento en el cual ordena se le entreguen 20 pesos a la Tercer Orden de Nuestro Padre San Francisco, fundada en la iglesia parroquial de la villa de Córdoba. Manda se den para el altar del Glorioso Patriarca San José de dicha iglesia, un frontal del género que le pareciere a su marido, asimismo, se dé otro frontal de capichola negra para el altar del Santo Cristo. Declara estar casada con Joseph [José] de Olivera, con quien ha procreado a María, de siete años; a Nicolás, de seis años; y a Rosa Francisca, de año y medio. Declara por bienes de ella y su marido una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada de San Francisco, a una legua poco más o menos de dicha villa, y otra hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada también de San Francisco, en esta jurisdicción, a 4 leguas de la mencionada villa, con las tierras, suertes de caña dulce, casas, cobres, esclavos y demás bienes. Instituye y nombra como albaceas testamentarios a su marido y al Capitán Nicolás Blanco, vecino de la villa de Córdoba, y nombra como herederos universales a sus hijos.
Zonder titelAutos de división y partición de bienes que quedaron por fin y muerte de Joseph [José] de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Simón de Olivera y de Petrona Gómez, difuntos, vecinos que fueron del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], a petición de Antonio Dorantes, en nombre y con poder de Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de dicho Olivera. En cuya petición solicita que el trapiche San Francisco y demás bienes que dejó el difunto, se le entreguen en propiedad a la viuda, otorgando ésta una obligación a favor de sus hijos Nicolás, María y Rosa, y el pago de ciertos réditos anuales, así como, sus legítimas y porciones hereditarias, lo cual se efectuó en dicho modo.
Zonder titelPetición hecha por Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, dirigida al Alcalde Ordinario, para que conforme al nombramiento que su marido le hizo en su testamento, como tenedora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos, éste le discierna dicho cargo de tenedora y curadora, asimismo, para que mande hacer el juicio divisorio de los bienes que quedaron por muerte de su marido.
Zonder titelJoseph [José] de Leiva, Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, y doña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, dijeron que la susodicha tiene ordenado a su sobrino Juan García de Miranda, vecino de esta villa, comprar al fiado diez piezas de esclavos de la armazón de negros bozales que está en el pueblo de Orizaba a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra. Por lo tanto, le otorga poder a su sobrino para que compre las diez piezas de esclavos por tiempo de dos años y por el precio que le parezca, asimismo, para que obligue a la susodicha como principal pagadora y al regidor como su fiador, con hipoteca de un trapiche de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción.
Zonder titelJosefa García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, su albacea testamentaria y tenedora de sus bienes, declara que ante la Real Justicia ordinaria procedió a los inventarios de los bienes que quedaron por fin y muerte de su marido, y a su vez pidió se adjudicaran en su persona en los precios y cantidades en que fueron valuados, con obligación de dar y enterar a sus hijos menores las porciones que a cada uno toca. En este sentido mandó un traslado de la escritura al curador de los menores y a las justicias para su aprobación, las cuales fueron aprobadas. Y cumpliendo con dicha obligación la compareciente otorga que debe y se obliga de pagar a cada uno de sus hijos menores las cantidades que les corresponden [roto] así como el rédito de las porciones.
Zonder titelJosepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, vecino que fue de esta villa de Córdoba y dueña del trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y al plazo que concertare hasta en la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándola como principal o como fiadora del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Huatusco, a que pagará dicha cantidad de lo cual otorgue escritura que le fuere pedida y se requiera, misma que ratifica y se obliga con sus personas y bienes.
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