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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0035 · Unidad documental simple · 1663/09/26
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás Blanco, hijo legítimo de Baltazar Blanco y María Álvarez, ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que después de su fallecimiento sus albaceas celebren más de quinientas misas por su alma; de sus bienes se dé a Ana González 1 000 pesos para ayuda a su estado, dado el caso de no tomar estado dispone que con dicha cantidad se casen cinco huérfanas de esta villa; también se den a María Álvarez su sobrina 200 pesos, a Gertrudis de Gatica su sobrina otros 100 pesos y a Josep [José] de Olivera que ha criado en su casa 400 pesos de oro común. Declara que es casado con doña Ana de Sandoval, viuda que era de Juan Manuel [del Polear], durante el matrimonio no han tenido hijos. Señala por sus bienes y de la dicha su mujer las casas que habitan, dos negras, un negro de cinco años y una mulatilla, así como otros bienes que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas a Joseph [José] Blanco y Marcos Blanco, sus hermanos, e instituye como su universal heredera a la dicha su mujer Ana de Sandoval.

DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0079 · Unidad documental simple · 1720/08/01
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Fernando de Carvajal, vecino del pueblo de Orizaba y residente en esta villa de Córdoba, vende a don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, una casa de piedra y madera, baja, cubierta de teja, de 50 varas de frente y 25 de fondo, con esquina y cuatro accesorias en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el mesón; por una parte linda con solar de doña Gertrudis de Gatica; y por el otro lado, calle en medio, con solar del presente escribano; hace frente, calle en medio, con casa de Francisco Rodríguez y de María Espina; y por el fondo con casa de doña María de Pedraza, viuda de Pedro Trillo de Figueroa, y de Antonio Hernández. La vende en precio de 3 800 pesos, de los cuales 3 262 pesos 4 reales de principal son de una capellanía a favor de los capellanes propietarios interinos que constan en la escritura de su fundación, la cual [sirve] hoy en ínterin el Licenciado don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, Obispo de la Puebla de los Ángeles; y los 537 pesos 4 reales restantes que le ha de pagar Esparragosa dentro de tres años.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0043 · Unidad documental simple · 1701/07/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Domingo Merodio y Juana Franco de Algarín, su legítima mujer, vecinos de esta villa, con licencia de su marido, otorgan que deben y se obligan de dar y pagar a Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa, la cantidad de 500 pesos de oro común en reales de contado, que por amistad y buena obra les ha prestado. Y para mayor seguridad de la deuda, hipotecan su casa de cal y canto, que poseen en esta villa, cubierta de teja, con el solar en que está edificada de 50 varas de frente y 50 de fondo, que por el oriente linda con el mesón de esta villa, por el poniente con casa de doña Gertrudis de Gatica y por el sur con la del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, calle en medio. Por último, mencionan que dicha casa se halla situada con imposición de censo de 300 pesos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0067 · Unidad documental simple · 1701/09/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez Abello, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser capellán, propietario y patrono de una capellanía de 4 000 pesos que fundaron por sus almas Pedro Calderón y doña María de Ratia, para que a su título se ordenase de sacerdote Jacinto Calderón, su hijo; y usando la facultad como tal patrono, nombra a Miguel de Guzmán para que después de sus días quede como capellán propietario de la capellanía. Declara que también es capellán de una capellanía de 42 pesos de renta en cada un año que fundó el capitán Juan de Vertiz, vecino de la ciudad de la Veracruz, de que le está debiendo según su libro de cuenta, manda se cobre. Ítem, declara que paran en poder del Depositario General don Baltazar Gómez de la Velilla Blanco, vecino de esta villa, 400 pesos de oro común en que paga de rédito a razón de 5 por ciento, los cuales pertenecen al alma de María de la Concepción, difunta, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, manda a sus albaceas hagan cuenta. Ítem, declara por sus bienes, el menaje de su casa, esclavos que compró del Capitán Lucas de Acosta. Declara que fue mayordomo de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de la ciudad de la Nueva Veracruz, manda a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara que tiene por sus bienes dos esclavos pardos, uno nombrado Juan y la otra Petrona, que están en su casa y servicio [roto] a los cuales les da libertad para que gocen de ella, con declaración de que si faltare alguna cantidad de pesos para dar entero cumplimento a las pagas y legados de este testamento, se habrán de vender dichos esclavos, con la condición de que el comprador de dichos esclavos se obligue a darles la libertad. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Manuel Gómez Dávila y a Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa y por su tenedor de bienes al Capitán Manuel Gómez Dávila y en el remanente que quedare de sus bienes, al no contar con sucesores, nombra por su único y universal heredero a Miguel de Guzmán, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0024 · Unidad documental simple · 1702/04/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Manuel Francisco Sánchez, residente en esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto posee medio solar en esta villa, en el barrio de San Sebastián, con 25 varas de frente y 50 de fondo, y linda por el sur con solar de doña Gertrudis de Gatica y por el norte con solar de Diego de la Cruz, vecinos de esta dicha villa; el cual lo hubo y compró del Alférez Mayor Miguel Valero Grajeda, como Procurador Mayor de esta villa; otorga que hace gracia y donación de dicho medio solar a María Manuela, niña de edad de seis meses, hija de María de Carmona, mestiza, vecina de esta villa, a quien dijo se lo dona por el amor y voluntad que le tiene.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0038 · Unidad documental simple · 1697/04/28
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo y vecino de esta villa, dijo que de algún tiempo a la fecha es su deseo entrañable ver fenecido el templo y convento de Nuestro Padre Señor San Antonio de la orden de “la descalses” de Señor San Diego, principado en esta villa de Córdoba por el Capitán Francisco de Solís, su tío difunto, Alguacil Mayor que fue de ella. Y llevado del anhelo con el conocimiento de ser obra tan del servicio de Dios Nuestro Señor, trató comunicación con los reverendos Provincial actual de la Provincia de San Diego Fray Nicolás [de Benavente] y Fray Joseph [José de Melluegui], Difinidor [y Guardián] de dicho convento, quienes le dijeron que debía comparecer por escrito al difinitorio pleno; de manera que hizo dicho escrito en donde refiere a sus paternidades reverendísimas lo propuesto, y les pide la concesión del patronato de dicha iglesia de Señor San Antonio de esta villa, obligándose a terminar y perfeccionar con todo lo restante de dicho convento. Además les ofrece para su mayor firmeza y estabilidad otorgar escritura de obligación, con hipoteca especial de la hacienda que posee en la jurisdicción de esta villa. Igualmente les informa que hará dicha obra y otorgará la fianza, con cargo y condición que ha de quedar obligada la provincia a que le guarden los fueros y preeminencias de tal patrón y a todos sus descendientes, de igual modo a que se le han de decir perpetuamente para sufragio de su alma, de su esposa doña Juana Gatica [y Aguilar], de su tío el Capitán Francisco de Solís y la de su mujer doña Gertrudis de Gatica, la de sus padres y demás ascendientes y descendientes, tres misas cantadas anualmente, una el día del Señor San Antonio, la segunda el día de la Natividad de San Juan Bautista y la tercera un día de la infraoctava de los difuntos. Dado que para presentar y conseguir su deseo, necesita dar poder, respecto a que él no puede asistir personalmente a ello; lo pone en efecto y lo otorga a don Alejo de Apellanes, vecino de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante los reverendos padres, provincial y difinidores del convento del Señor San Diego, y presente el escrito suso citado para su cumplimiento, hasta conseguir la gracia que propone; a su vez que lo obligue a cumplir con sus personas y bienes, especialmente con hipoteca de una hacienda ubicada en esta jurisdicción, que linda por la parte del oriente con tierras de Josepha [Josefa] García de Miranda; por el norte con las tierras que posee el Capitán Joseph [José] de Segura y Seballos [Ceballos]; por el sur y poniente con la barranca que llaman de Tleapa; con todo lo que le pertenece.

NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0029 · Unidad documental simple · 1699/04/24
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Juana de Gatica y Aguilar, vecina y natural de esta villa, hija legítima de Gonzalo Gatica y de doña María Albarez [Álvarez], difuntos, mujer legítima de Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo de esta villa por Su Majestad, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que se cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, y sepultado en la iglesia de San Antonio en la sepultura que le corresponda como patrona que es de dicho convento. Ítem manda se digan por su alma quinientas misas rezadas; otras doscientas, cien para el alma de Pedro Suárez, su primer marido, y las otras por el alma de los capitanes Nicolás y José Blanco, sus tíos. Ítem manda se den 100 pesos de limosna para ayudar a la labranza material de la santa iglesia parroquial de esta villa. Ítem manda se den 15 ducados de limosna para la cera del Santísimo Sacramento de la cofradía que está sita en esta iglesia parroquial, para que Su Divina Majestad se sirva concederle las indulgencias, gracias y remisión de sus pecados, según las concepciones hechas por los sumos pontífices. Ítem manda se den a doña Gertrudis de Gatica, su hermana, 500 pesos para que con ellos haga lo que le tiene comunicado, sin que le pidan cuentas de ello. Ítem manda se den 300 pesos a Juan Suárez, persona que se ha criado en su casa. Ítem manda se den 4 pesos a Ángela de la Concepción; 4 pesos a Thomassa [Tomasa] de Soto; 10 pesos a Ana de Guzmán; 100 pesos a Gertrudis, niña que se ha criado en casa de doña Gertrudis [de] Gatica, su hermana; 100 pesos a Gertrudis, niña, hija ilegítima de Juan Juárez y Catalina de Robles; y otros 100 pesos a Cathalina [Catalina] Muñoz, moza, doncella que asiste su casa. Declara que fue albacea y tenedora de bienes de Pedro Suárez, su primer marido. Ítem declara estar casada con el Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís, con quien ha procreado a doña Águeda María de Solís [Gatica y Aguilar], casada con el Licenciado don Juan de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y actualmente Alcalde Ordinario de esta villa, a quien entregaron en dote 13 156 pesos 3 reales. Ordena se funde una capellanía de misas rezadas por su alma, la de su marido y la de sus padres con la cantidad de 1 500 pesos, a los cuales se le sumarán otros 1 500 pesos que su marido otorgará para el mismo fin, dejando a la consideración de su marido el tiempo de la fundación. Dijo que su marido y ella han experimentado muy particulares favores y beneficios de Dios Nuestro Señor en el aumento de la salud como en bienes temporales y deseosos, por lo cual han demostrado su agradecimiento al obligarse a terminar la obra del convento de San Antonio de esta villa y su iglesia hasta dejarla completamente acabada, destinando para ello del caudal de ambos, y para evitar que después de su muerte se haga algún artículo de parte de sus herederos o de los religiosos del convento, declara que lo gastado en dicha obra ha sido por mitad entre la otorgante y su marido y de la misma manera ha de seguir después de su fallecimiento. Ordena que después de su muerte se le otorgue libertad a la esclava nombrada María Mina, negra bozal de cuarenta años de edad, casada con un negro nombrado Gregorio, por el mucho amor y voluntad que le ha tenido y buenos servicios que le ha hecho. Nombra como albaceas testamentarios a su marido y como heredera universal a su hija.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0033 · Unidad documental simple · 1710/04/07
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Juana de Gatica y Aguilar, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Gonzalo de Gatica y doña María Álvarez, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se den 2 pesos a todas las cofradías que están fundadas en la iglesia parroquial de esta villa; 2 pesos a la cofradía de San Juan, fundada en la iglesia del barrio de Las Casillas; otros 2 pesos para la cofradía de Jesús de Nazareno de dicha iglesia, de la cual es hermana; y 2 pesos más para la cofradía de Nuestra Señora de la Candelaria, fundada en la iglesia del pueblo de San Lorenzo. Ordena se den 300 pesos de sus bienes para la fábrica material de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena se digan por su alma las misas llamadas de San Vicente de Ferrer y la limosna de ella. Ordena se den 400 pesos a su hermana doña Gertrudis de Gatica; 300 pesos a Juan Suárez, vecino de esta villa, por el amor que le tiene por haberlo criado en su casa; 300 pesos a Isabel y 200 pesos a José, niños, hijos legítimos de dicho Juan Suárez y Catalina Robles, para ayuda de que tome estado. Ordena que su esclava negra, nombrada María Rosa, obtenga libertad después de la muerte del marido de la otorgante. Manda se den 10 pesos a Juana de la Concepción, parda libre, vecina de esta villa; y 50 pesos al padre Fray Pedro Prieto, Religioso Sacerdote de la Orden de Señor San Antonio, para que los distribuya a su voluntad. Declara estar casada con el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, y cuando contrajeron matrimonio ella llevó de 5 000 a 6 000 pesos en reales y bienes y el susodicho tendría de principal lo mismo más o menos. Declara haber procreado a doña Águeda María de Solís y Gatica, casada con el Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval. Declara que cuando contrajo matrimonio su hija dieron por dote a dicho Veguellina la cantidad de 14 000 pesos y después otros 6 000 pesos. Declara deber 300 pesos a los hijos y herederos de Francisca Suárez, vecina que fue del puerto de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla. Nombra como albaceas testamentarios a su marido, a su hermana y a su hija. Nombra como herederos universales a su marido y a su hija.

JUAN DE ESPINOSA, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0005 · Unidad documental simple · 1712/01/10
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Juana de Villarreal y Estrada, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de don Diego de Brito Lomelín, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hija legítima del Sargento Mayor don Bartolomé de Villareal y de doña Mariana de Campos y [Estrada], difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, otorga poder a don Pedro Fernández de Ves y Segura, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara le deben los bienes de doña María Andrea Rodríguez de Ortigosa 400 pesos que le legó y mandó a su marido, manda se cobre dicha cantidad y con ella se paguen los gastos de su funeral, entierro y misas, y lo que quede se le reparta a sus hijos. Declara que cuando contrajo matrimonio dicho Diego de Brito llevó 500 pesos y ella otros 500 pesos, asimismo, durante su matrimonio procrearon a Bartolomé de Brito Lomelín, de más de veinticinco años de edad; a doña María de Brito Lomelín, doncella de veinticuatro años de edad; y a doña Isabel de Brito Lomelín, doncella de dieciocho años. Dijo que los bienes del Alguacil Mayor Francisco de Solís, y en su representación doña Gertrudis de Gatica, le están debiendo los arrimos de la casa de su morada. Declara por bienes la casa de su morada, la cual manda se reparta entre sus hijos y vivan en ella con toda paz y quietud. Nombra como albacea testamentaria y tenedor de bienes a don Pedro Fernández de Ves y Segura, asimismo, lo nombra como tutor y curador ad bona de sus dos hijas. Nombra como herederos universales a sus tres hijos.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
Sin título
MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0048 · Unidad documental simple · 1692/11/10
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Joseph de Amaia [José de Amaya], vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Diego de Palma, vecino de ella, “un cuarto de solar con 12 varas y media de solar” y 50 de fondo, el cual linda por una parte con solar del citado Diego de Palma y por la otra con solar de Domingo Antonio Gómez, difunto; por el fondo con casas de doña Gertrudis de Gatica; su frente calle en medio con solar de Lorenzo de Guzmán. Dicho solar lo compró de María Fernández de la Fuente, viuda de Gaspar González Navarro, y al presente lo vende en precio de 80 pesos de oro común.

NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO