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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0067 · Pièce · 1667/06/15
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Magdalena de Alcalá, vecina de esta villa, viuda del Capitán Pedro Gatica, declara que por muerte de su marido quedaron ciertos bienes y por tocarle parte de ellos en razón de su dote recibió el monto total del aprecio que hicieron los albaceas, por lo que otorga que se da por entregada de todos los bienes contenidos en dicho aprecio, asimismo, se obliga de exhibir en reales de contado 2 260 pesos que dicho bienes montaron, cobrando lo que le pertenezca y el resto se aplique a los efectos que solicite el juez competente.

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MX UV.USBIX ANC-P-0009-PC_0009_0007 · Pièce · 1672/07/29
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Luis Gómez Infante, administrador del ingenio de hacer azúcar del Señor Conde del Valle, de la jurisdicción del pueblo de Orizaba, casado con doña Gerónima [Jerónima] de [Gatica], [hija] legítima del Capitán Pedro Gatica y de [Magdalena de Alcalá], dijo que cuando efectuó casamiento recibió como dote de su mujer de mano de Jacinto Pérez Padrón y Marcos Blanco, albaceas de sus difuntos suegros, la cantidad 1 187 pesos 7 tomines y medio en diversos géneros. Asimismo, recibió una casa con paredes de piedra, cubierta de teja y zacate, en la calle de San Juan de esta villa, y 3 caballerías de tierra en esta jurisdicción, casa y tierras valuadas en 1 050 pesos. Y por honra de la limpieza y virginidad de su esposa otorga en arras propter nuptias 600 pesos de oro común, que junto con los bienes anteriores hacen 2 837 pesos 7 tomines y medio, cantidad que se obliga a tener seguros y de los que otorga el presente recibo.

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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0001 · Pièce · 1702/01/23
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Alonso Gómez Dávila, como principal, y Manuel Gómez Dávila, como su fiador y principal pagador, vecinos de esta villa de Córdoba; dijeron que Alonso Gómez Dávila compró en remate público una casa de piedra y madera, en esta villa, que quedó por bienes de [don Juan García de Miranda], difunto, en cantidad de 2 036 pesos, de los cuales 500 pesos están cargados a censo sobre dicha casa a favor de las Benditas Ánimas del Purgatorio; 600 pesos pertenecen a Teresa Hernández, doncella, hija del Sargento Antonio Hernández, difunto, y de Magdalena de Alcalá, cuya cantidad es la misma que le dejó su abuela a dicha Teresa; y los 936 pesos restantes pertenecen a los hijos y herederos de Juan García de Miranda, y paraban en poder de don Nicolás de Olivera por remanente y legítima herencia que les pertenece, como consta en la cuenta y juicio divisorio de bienes. Por lo tanto, poniendo en ejecución el contenido de dicho remate, se obligan a tener los 936 pesos pertenecientes a los ocho hijos y herederos de Juan García de Miranda, todos menores, a razón de 117 pesos cada uno; asimismo, se obligan a tener en sobre dicha casa los 600 pesos que le pertenecen a Teresa Hernández; y se obligan a pagarle a dichos menores lo que les corresponde de sus legítimas, luego que tengan edad o tomes estado, y en el ínterin los réditos del 5 por ciento cada año.

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MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0057 · Pièce · 1705/06/15
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Juana de Contreras Gatica, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue de Jacinto Pérez Padrón, hija legítima del Capitán Pedro de Gatica y de doña Magdalena de Alcalá, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco, de cuyo Tercer Orden de Penitencia es humilde hermana de hábito interior, y sepultado delante del altar de Nuestra Señora de Guadalupe. Declara por sus bienes una mulata nombrada Nicolasa de Gatica, que será de edad de treinta y ocho años, la cual tiene por hijos a Nicolasa de la Concepción, mulata de catorce años; a Miguel, mulato de ocho años; y a Feliciana, mulata de seis años; es su voluntad que al final de sus días dicha mulata quede libre, asimismo, deja libre del cautiverio a Feliciana, atendiendo a que nació en su casa y al mucho amor y voluntad que le tiene. Declara que Antonio Pérez Padrón, persona que se ha criado en su casa, le deja como esclavos a Nicolasa de la Concepción y Miguel González, mulatillo, hijos de la citada Nicolasa de Gatica. Ítem, declara tiene una casa de cal y canto, cubierta de teja, edificada en medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo, la cual deja a su sobrino [Antonio] Sebastián Pérez Padrón y Antonio Pérez Padrón para que la gocen como suya, con advertencia de que se le quedará al último de los dos que quedare vivo en la dicha casa, sin cargarle de censo ni gravamen; asimismo, es de su conveniencia que el último que la poseyera ha de imponer una capellanía en todo el valor que hoy tiene dicha casa. Ítem, declara por su esclavo a Pedro Pablo, mulato de edad de doce años, del cual hace manda graciosa al citado Antonio Sebastián Pérez Padrón para que se le entregue y pase a su poder. Nombra albaceas a [Antonio] Sebastián Pérez Padrón y Antonio Pérez Padrón, y como su heredero universal a Antonio Pérez Padrón.

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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0005 · Pièce · 1696/01/27
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Juan García de Miranda, vecino de esta villa, dijo que el 23 de diciembre de 1695 el Capitán Alonso López [de Sagade Bugueiro], Alcalde Ordinario que [roto] fue de esta villa, lo nombró por tutor y curador de la persona y bienes de Teresa Hernández, menor huérfana, hija legítima del Sargento [roto] Antonio Hernández [roto] y de Magdalena de Alcalá, [roto] en los autos de inventarios y aprecios, y en la partición de los bienes que quedaron por muerte de doña Isabel Galván, quien nombró a dicha menor por su heredera junto con Juan García de Miranda; en cuya conformidad y en atención a que la cantidad que le cupo a la dicha menor por su hijuela de partición fue de 607 pesos [roto] real y 5 granos y confesando que dicha cantidad está en su poder; otorga recibo en forma y se obliga a tener dicha cantidad en lo mejor parado de sus bienes para entregárselos a Teresa Hernández luego que tenga edad competente o tome estado y se le mande por el señor juez. Y para el seguro de dicha cantidad hipoteca un trapiche de hacer azúcar que tiene en la jurisdicción de esta villa y otorga como fiador a Antonio Martínez.

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MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0039 · Pièce · 1690/07/15
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Isabel Galván, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] de la doctrina de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], viuda de Antonio Hernández, hija legítima de Alonso Galván y de María Díaz, difuntos, otorga su testamento donde ordena se den 10 pesos de limosna para la fábrica de la santa iglesia mayor parroquial de esta villa. Declara por bienes la casa de su morada; un negro nombrado Lorenzo de cincuenta años de edad; Juana, mulata de dieciséis años; Isabel, mulata de ocho años; Antonio, mulato de siete años; y Gertrudis, mulata de cuatro años. Declara que Jusepa [Josefa], parda, ha dado cuenta de su libertad por 181 pesos y dando cumplimiento a 225 pesos se le dé carta de libertad en forma. Ordena se deje en libertad al esclavo Lorenzo, por el amor y voluntad que le tiene y en remuneración del buen servicio que le ha hecho. Nombra como albaceas a Alonso Galván, su hermano, y a Antonio Martín, vecinos de esta villa. Nombra como heredera universal a su nieta Teresa, niña de siete años, que está en casa del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], hija de Antonio Hernández y de Magdalena de Alcalá, y a Juan García de Miranda, su nieto, por iguales partes.

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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0041 · Pièce · 1664/06/17
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Marcos Blanco, hijo legítimo de Baltazar Blanco y María Álvarez, sus padres difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, declara que está casado con Josefa Gatica, hija legítima del Capitán Pedro Gatica, Regidor y Depositario de esta villa, y Magdalena de Alcalá, que al tiempo de haber contraído matrimonio la susodicha trajo de dote la cantidad de pesos en algunos géneros, los cuales quieren entregarle. Por lo cual otorga que recibe los géneros que se mencionan en la escritura, que juntos montan la cantidad de 1 000 pesos; y para honrar la virginidad de la citada Josefa Gatica le da y manda 500 pesos de oro común; ambas cantidades se obliga a tener seguras y a conservarlas sobre su persona.

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MX UV.USBIX ANC-P-0007-PC_0007_0001 · Pièce · 1659/05/14
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa, casado con Juana de Gatica Contreras, hija legitima del Alférez Pedro [de] Gatica, Regidor y Depositario General por Su Majestad en esta villa, y de Magdalena de Alcalá, dijo que para sustentar el peso de las obligaciones matrimoniales, el Alférez Pedro [de] Gatica otorgó en dote de su hija la cantidad de 1 930 pesos, 500 en reales y el resto en preseas, de cuyo principal y efectos que se describen otorga recibo.

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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0048 · Pièce · 1665/06/25
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Pedro Gatica, Regidor y Depositario General de esta villa de Córdoba, y Magdalena de Alcalá su legítima mujer, con licencia expresa de su marido para otorgar esta escritura, otorgan que venden a Marcos Blanco su yerno, una casa de piedra y cal arrasada, y un solar [roto]. La venta de casa y solar es por el precio de 1 000 pesos de oro común, los 500 de ellos que ha de pagar su dicho yerno para primero o segundo viaje de la primera flota que de los Reinos de Castilla llegare al puerto de San Juan de Ulúa, y los 500 restantes han de quedar en poder del susodicho como aumento de la dote que le mandaron cuando contrajo matrimonio con Josefa [de] Gatica, su hija.

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MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0112 · Pièce · 1702/11/16
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Jerónima de Gatica, natural y vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Luis Gómez Infante, hija legítima del Capitán Pedro de Gatica y de Magdalena de Alcalá, sus padres difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda ser sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla de las Ánimas del Purgatorio. Declara que debe a Diego de Palma, 4 reales. Declara por bienes 650 pesos que paran en poder de los albaceas de don Nicolás de Olivera, difunto; unos sarcillos de oro y perlas grandes que se avaluaron en 130 pesos y otros pequeños; un escritorio de cedro, un lienzo del Santo Ecce Homo, entre otros bienes que se detallan, los cuales manda entren en poder de su albacea, para que lo que toca a los sarcillos entregue a sus herederos y lo demás lo venda. Nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa. Nombra como herederos por partes iguales a Magdalena, de siete años, y a José, de tres años, sus nietos, hijos legítimos del Capitán don Francisco de Barrios y de doña María Gómez de Gatica, hija de la otorgante. Y en atención a que dichos herederos se hayan en minoría de edad, ordena que los bienes entren en poder del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, en tutela hasta que tengan la edad capaz, con sus réditos del 5 por ciento cada año, los cuales se han de entregar al dicho don Francisco de Barrios, para ayuda de sus alimentos.

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