Juan de Leiva se obliga de pagar a Luis Muñoz Bravo, 300 pesos de oro común, los cuales son por razón de 12 cargas y media de cacao de Tabasco, a 24 pesos de oro común cada carga.
Juan de Leiva, residente en este pueblo, se obliga a pagar a Payo Patiño Dávila, 200 pesos de oro común, los cuales son por razón de 145 fanegas de maíz que le vendió a razón de 11 reales de plata cada fanega.\n\n
Juan de Leiva, hijo legítimo del Capitán Juan de Miranda [y Leiva] y Ana de Burgos [Durán], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que no ha sido casado ni tiene hijos; y porque su deuda es grande y no puede pagarla de sus bienes, pide a las personas que se mencionan en la escritura perdonen la deuda “por el amor de Dios”. Nombra albaceas a José de Leiva su hermano y a Gaspar González su sobrino; y en el remanente que quedare de todos sus ellos, instituye por sus herederos a Miguel, hijo de José de Leiva su hermano, y a Josefa García de Miranda su sobrina, hija de Juan García de Miranda y de María de Leiva su hermana.
UntitledGertrudis Pérez, vecina de esta villa de Córdoba viuda, albacea y tenedora de bienes de Andrés de Leiva; y don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa y albacea de dicho difunto; dijeron que entre los bienes del difunto se encuentran dos solares y medio en esta villa, en el barrio de San Sebastián, debajo de linderos conocidos, que hubo y compró de Isabel Pérez de Moya, viuda de Jerónimo de Leiva, por escritura fecha en esta villa el 30 de diciembre de 1711, en la que Andrés de Leiva se obligó a pagar 135 pesos a Juan de Leiva y 215 pesos Antonio de Leiva, hijos y herederos de Isabel Pérez, por sus legítimas paternas; y por cuanto éste último les ha pedido por cuenta y parte de pago le den uno de dichos solares, que está en la calle de San Sebastián, abajo del puente que sale al río Grande y hace esquina, calle en medio, con casa y solar de José de Amaro por la parte del sur; y hace frente, calle en medio, con casa y solar de Juan de Leiva, su hermano, de 50 varas en cuadro. Cuyo solar le dan a Antonio de Leiva en precio de 60 pesos en cuenta y parte de pago de los 215 que paran en poder de Gertrudis Pérez, por legítima paterna del susodicho, quien estando presente entregó recibo.
UntitledBenito Caravallo, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que hace tiempo le hurtaron a María Milián Perdomo, vecina de esta villa y suegra del otorgante, una mula de carga caricoyota [sic] de su rancho, con el hierro que está al margen. Y a pesar que hizo muchas diligencias en su búsqueda, no la pudo encontrar, hasta que, por el mes de octubre del presente año, la conoció entre otras mulas de la recua de Juan de Leiva, vecino de Tecamachalco, que iba cargo de Francisco Gómez, su mayordomo; y queriendo pedir dicha mula judicialmente, convinieron en entregársela para excusar pleitos y litigios, con tal que le otorgara carta de lasto. Por lo cual, otorga que ha recibido de Francisco Gómez la dicha mula y le otorga poder y lasto para que cobre judicial o extrajudicialmente a la persona a quien le compró dicha mula.
UntitledIsabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Juan Pérez de Moya y Tomasa Martín, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Jerónimo de Leiva, difunto, durante su matrimonio procrearon por hijos legítimos a Nicolás y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años; a Fray Jerónimo de Leiva, Religioso lego del orden del Señor Santo Domingo; a Matías de Leiva, mayor de veinticinco años; a Bernabela de Leiva, mujer legítima de Antonio de Aponte que se halla ausente de este villa; a María de Leiva, mujer legítima de Tomás García; a Juan de Leiva, de edad de veintidós años; y Antonio de Leiva, de diecisiete años. Declara por bienes la casa de su morada de cal y canto, con solar de cincuenta varas de frente y cincuenta de fondo, ubicado en la calle que va a dar a la Lagunilla, hace frente calle en medio con solar que fue de José Gómez Dávila, difunto; por el norte linda con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el oriente con casa de doña Marina Gómez Dávila. Asimismo, tiene por bienes dos solares y medio en el barrio de San Sebastián y en ellos dos hornos de cocer cal y uno para teja; los muebles y menaje de casa; 250 pesos en reales que tiene en una caja; 85 pesos que le debe don Francisco Valero; 50 pesos que le debe Manuel Francisco de Urquía. Nombra albacea testamentario a Gaspar Rendón y a Diego de Palma, mercaderes y vecinos de esta villa, por tenedor de bienes sólo nombra a Gaspar Rendón. Nombra a sus ocho hijos como herederos universales.
UntitledJuan de Leiva, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Payo Patiño Dávila, Corregidor de esta provincia, 85 pesos y 6 tomines de oro común por razón de 3 cargas y un jiquipil y 5 zontles de cacao, que recibió comprado a 25 pesos carga, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de dos meses.\n
Juan de Leiva, vecino del pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Diego Sánchez, tratante en el río de Alvarado, 120 pesos de oro común, por razón de 5 cargas de cacao de Tabasco, que del susodicho recibió compradas a 24 pesos cada carga.\n
Cristóbal de Paz se obliga de pagar a Juan de Leiva, 232 pesos y 4 tomines, los cuales son por razón y de resto de siete mulas.
Constantino Romano, vecino de la ciudad de Tepeaca, se obliga de pagar a Juan de Leiva, 100 pesos de oro común, los cuales le debía a Juan Blanco por razón de unos novillos.