Se tomó la razón de 9 pipas de vino en 54 barriles, que lleva Toribio García en su recua, para entregar en México a Diego Rey de Brisa.\n
Se tomó la razón de 22 pipas de vino y 8 arrobas en 134 barriles, que lleva Toribio García en su recua para entregar en la Puebla a Juan de Segura.\n
Se tomó la razón de 25 pipas de vino en 150 barriles, que lleva Toribio García para entregar en México a Julián Díaz de Posadas.\n
Se tomó la razón de 12 pipas de vino en 72 barriles, que lleva Toribio García vecino de la villa de Córdoba, para entregar en México al Capitán Juan de Cabañas.\n
Se tomó la razón de 5 pipas de vino en 30 barriles, que Juan Caballero remite a la Puebla, en recua de Toribio García para entregar a Lope Hernández.\n
Pedro García de Meza, hijo de Toribio García, difunto y de Ana de Leyva [Leiva], vecino de esta villa, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casado con María de Cabrera, las cual llevó en dote 100 pesos, una caja de ropa, una cama, y él tendría 100 pesos, durante el matrimonio procrearon a Rosa María; y disuelto dicho matrimonio él pasó a segundas nupcias con doña Manuela Altamirano, quien llevó al matrimonio 250 pesos, 100 de ellos en reales y lo demás en géneros, y él tendría 100 pesos que le quedaron por muerte de doña María de Cabrera. Señala que tiene cuentas con su tío el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], doña Juana de Contreras [Gatica] y con el Alguacil Mayor Francisco de Solís a quienes ordena se les pague. Declara que estuvo asistiendo a un tío suyo en la ciudad de Oaxaca [roto]. Menciona por sus bienes un solar de 50 varas en cuadro, que compró a censo principal redimible al Cabildo y Regimiento de la villa de Córdoba, en 100 pesos de réditos que son 15 pesos de tres años; en dicho solar tiene fundada un casa de vivienda y del cual tiene vendido medio solar a su hermano. Asimismo, declara que está fundando un trapiche en términos de esta jurisdicción, en el paraje que llaman La Palmilla, en 4 caballerías de tierra que compró a [Juan] García de Miranda, su primo, en 688 pesos a censo principal que quedaron impuestos sobre dichas caballerías; también posee 3 suertes de caña sembradas en dicho trapiche. Señala que tiene en su poder 100 pesos de su hija Gertrudis, los cuales hizo donación doña Josepha [Josefa] García de Miranda, su prima. Por otro lado declara que durante su matrimonio con doña Manuela de Altamirano han procreado a Gertrudis, Juana y a Antonio. Nombra por albacea testamentario al Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva] del [roto] y Mendoza, y por herederos a sus hijos; y como tenedora de bienes, tutor y curador de sus hijos a doña Manuela Altamirano, su mujer.
Sem títuloPedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa, vende a Fernando Nieto Solano, vecino de ella, medio solar para casa en esta villa, de 25 varas de ancho y 50 de largo, que linda por el oriente con Juan de Betancur [Letancur]; por el sur con solares de las Casas Reales, calle Real en medio; y por el poniente con medio solar de Antonio de Pedraza, su cuñado. Declara que obtuvo el solar de su madre Ana de Leiva, viuda de Toribio García, como parte de lo que recibirá de herencia cuando ella muera. Lo vende en precio de 20 pesos de oro común.
Sem títuloEl Capitán Juan de Miranda [y Leiva], Alcalde [roto] de Córdoba, uno de los primeros pobladores de esta villa, hijo legítimo de Juan Díaz [roto] y de doña Bernardina de Leyva [Leiva], otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que tiene deudas con Miguel Méndez, Diego Núñez Centeno, Toribio [García] y Juan García [de Miranda], sus hijos, y Tomás de Jáuregui. Manda se entreguen 10 pesos a la cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta villa. Declara [roto] tuvo cuentas con el Capitán Manuel Barbosa Cuello, vecino de Alvarado, de pescado que le dio. Menciona que para la obra de la iglesia parroquial de esta villa, [roto] se le encargó la fábrica para cobrar las mandas y gastar lo necesario, de lo cual hizo cuaderno de recibo y gasto. Declara que a él le deben Francisco Ramón Guzmán; Pedro Picaso [Picasso], dueños de carros de Orizaba; Juan Ruiz Durán; el Corregidor Alonso de [Guzmán], y otras personas a las que manda se les cobre. Señala por sus bienes dos solares que se le repartieron en la fundación de esta villa; [veinticinco] bestias mulares de carga; cabezas de ganado. Declara estar casado con Ana de Burgos Durán, dentro del matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a María y Ana de Leyva [Leiva], que al presente están casadas con Juan García de Miranda y con Toribio García; a Joseph [José] de Leyva [Leiva] y a Juan de Leyva [Leiva]. Nombra por sus albaceas testamentarios a Juan García de Miranda y a Ana de Burgos; como tutora y curadora de bienes a Ana de Burgos Durán, y como sus universales herederos a Joseph [José] y Juan. Por otra parte menciona que a su hijo Joseph [José] lo deja a cargo de su recua. Finalmente manda se haga inventario de sus bienes.
Sem títuloFrancisco González de Velilla, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Alhama en los Reinos de Granada, hijo legítimo de Andrés González de Velilla y de Catalina Muñoz, casado con Melchora de los Reyes [Blanco], hija de Baltazar Blanco, difunto, y de María Álvarez, vecinos de esta villa de Córdoba, otorga recibo de dote por la cantidad de 2 001 pesos de oro común que recibió por parte de María Álvarez, su suegra, y Nicolás Blanco, su cuñado, describiéndose en la escritura los efectos y principal que recibió. Asimismo, declara que por la virginidad de su esposa al tiempo de contraer matrimonio le mandó en arras propter nuptias la cantidad de 1 000 pesos de oro común, que sumado a la cantidad anterior resultan 3 001 pesos, los cuales se obliga a tener y guardar.
Sem títuloSe tomó la razón de una pipa de vino en 6 barriles, que Joseph [José] de Arrieta remite a México, en recua de Toribio García para sí mismo.\n