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MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0003 · Item · 1673/02/19
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Nicolás Blanco y Ana de Sandoval, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, hacen gracia y donación a Francisco de Solís, sobrino de los otorgantes y Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa, de un solar de 50 varas con cuadra que tienen en esta villa, en donde el susodicho tiene hecha su casa de vivienda, la cual linda por el [roto] con solar de Pedro Suárez; por el norte con el Capitán Joseph [roto]; por el poniente con solar y casa de los otorgantes.

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MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0041 · Item · 1677/11/30
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su legítima mujer, vecinos de la villa de Córdoba, instituyen y fundan una capellanía de misas rezadas por sus almas, las de sus padres, hermanos y demás personas de su intención, con la dote de 4 000 pesos de oro común que aplican a censo redimible sobre una hacienda de hacer azúcar, nombrada San Miguel Azezenatl, jurisdicción de esta villa de Córdoba, compuesta de 14 caballerías de tierra, compradas por los otorgantes a los herederos de los fundadores de esta villa, la cual linda por el oriente y sur con tierras de los herederos del Alférez Mayor Juan García Valero; por el norte con tierras del pueblo de Amatlán, Joseph [José] de Olivera, Gaspar González y del Regidor Joseph [José] de Leiva; y por el poniente con baldíos de esta villa. Nombran por capellán propietario a Baltazar González de Velilla [Blanco], [su sobrino], [hijo de Francisco González de Velilla y de Melchora de los Reyes Blanco], Clérigo de menores ordenes, que actualmente está oyendo teología en los Reales Colegios de San Pedro y San Juan de la ciudad de los Ángeles, para que a su título se ordene de orden sacro hasta el presbiterato y la sirva por el resto de su vida. Como capellán propietario nombran a don Joseph [José] Sentís, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y de doña Ana González de Velilla, sobrina de los otorgantes, vecinos de la villa de Córdoba. Cuyos capellanes han de decir 80 misas rezadas cada año por las almas de los otorgantes y demás personas de su intención, percibiendo 200 pesos anuales por los réditos de dicho censo. Por otro lado, el Capitán Nicolás Blanco se nombra como primer patrón de la capellanía y en segundo lugar a Ana de Sandoval, su esposa, y por falta de ésta al Capitán Joseph [José] Blanco.

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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0078 · Item · 1699/08/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Tomás López de Sagade de Bugueiro, vecino de esta villa, dijo que es acreedor de los bienes del Capitán Nicolás Blanco y de su mujer doña Ana de Sandoval, difuntos, por cantidad de 3 000 pesos que le legaron a doña Juana de Ojeda, su mujer, cuya cobranza de dicho principal y réditos no ha tenido efecto hasta el día de hoy. Y teniendo noticias de que el Alférez Juan García del Castillo, como albacea testamentario y tenedor de bienes de don Lope de Yribas [Iribas], difunto, quien lo fue de los susodichos Blanco y su esposa, ha rematado una casa perteneciente a dichos bienes en esta villa y estar en poder de Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, la cantidad de 2 000 pesos que se pusieron en depósito en el ínterin que se aplican y adjudican a quien los hubiese de haber. Por tanto, presentó solicitud para que se le entregaran los 2 000 pesos a cuenta de los 3 000, en el que ofreció fianza de depositaria en la persona de don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], su hermano, lo cual tuvo a bien el alcalde mayor de esta villa y mandó se le entregasen los 2 000 pesos. Y poniéndole en ejecución para el otorgamiento de la fianza que tiene ofrecida; estando presente don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], dueño de trapiche de hacer azúcar, otorga que fiaba a don Tomás López de Sagade de Bugueiro, de tal manera que entrando la dicha cantidad en su poder, dará recibo de ellas y quedará dicho Alonso Gómez Dávila, libre del depósito y obligación que de ellos tiene otorgada, quedando la cantidad en poder de su hermano por cuenta de los 3 000 pesos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0080 · Item · 1699/08/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Carlos Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General en esta villa de Córdoba por Su Majestad y partido de Huatusco, como juez del conocimiento de los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de don Lope de Yribas [Iribas], dijo que como consta en el escrito presentado por don Tomás López de Sagade [Bugueiro], marido de doña Juana de Ojeda, tiene pedido como acreedor de dichos bienes se le paguen y entreguen 2 000 pesos a cuenta de 3 000 pesos que le legaron a su mujer el Capitán Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su mujer, difuntos. Cuyos 2 000 pesos resultaron del remate de una casa en almoneda pública, y están en depósito con Alonso Gómez Dávila. Y por cuanto don Tomás López de Sagade ha ofrecido fianza para el mayor seguro de recibo y entrego, manda por la presente se le entreguen los 2 000 pesos a cuenta de los 3 000 del legado, y que habiendo otro acreedor de dichos bienes con mayor derecho, Tomás López los ha de devolver.

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MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0041 · Item · 1681/12/31
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás Blanco, hijo legítimo de Baltazar Blanco y de María Álvarez, sus padres difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena que de sus bienes se den 1 000 pesos de oro común por iguales partes a cuatro doncellas pobres para ayudar a tomar estado; 4 000 a Antonia, niña, su sobrina, hija legítima de don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, y de doña Ana González de Velilla, su sobrina; 4 000 pesos de oro común a Juana, niña expuesta, que está criando en su casa. Declara que si José, niño, su sobrino, hijo legítimo de don Antonio Sentís [de Ojeda] y doña Ana González de Velilla, “quiere ser de la Iglesia”, sus albaceas impongan 4 000 pesos de oro común sobre su hacienda de trapiche de hacer azúcar para dote de una capellanía, y a título de ella se ordene el dicho José como primer capellán propietario. También ordena se dé a dicho José, su sobrino, uno de los negritos criollos que tiene en su trapiche; a la dicha Antonia, su sobrina, dos negritas que tiene en su casa; a Juana, niña que está criando, dos negritas que han nacido en su casa; a cada una de las dos hijas de José de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, se le den una de las negritas criollas que tiene en su casa. También manda 200 pesos de oro común para ayuda de la obra de la capilla mayor y crucero de la iglesia parroquial; asimismo, manda un negrito, su esclavo, al glorioso Patriarca San José, para que sirva por todos los días de su vida. Declara que es casado con doña Ana de Sandoval, durante el matrimonio no han tenido hijos. Señala que adeuda y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Declara por sus bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel [Azezenatl]; una casa de vivienda de piedra. Nombra por sus albaceas testamentarios a Ana de Sandoval, su mujer, al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su sobrino; e instituye como sus universales herederos a la dicha Ana de Sandoval y al Capitán don Lope de Yribas [Iribas].

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MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0019 · Item · 1691/06/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Ana González de Belilla Blanco, vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], declara que en 16 del presente mes y año otorgó testamento abierto, pero al presente se le ofrece añadir en él por vía de codicilio las cláusulas siguientes: Primeramente señala que tiene por esclava cautiva a Thomasa [Tomasa] de Sandoval, mulata, que será de edad de veinticinco años, mujer de Miguel López, que es una de las que heredó de su tío Nicolás Blanco, y debido a que le ha servido, “mando que después de mi fallecimiento goce de su libertad”. Por otra parte declara que doña Ana de Sandoval, su tía, le dejó ordenado que “por todos los días de mi vida” le mande decir por su alma una misa rezada por la pitanza ordinaria al Santo Cristo, y para descargo de “mi conciencia mando” se ajusten cuenta con los presbíteros encargados de las misas. Finalmente, declara que en atención a que el Capitán Nicolás Blanco, su tío, la nombró por su heredera en el testamento que otorgó, y en una de sus cláusulas mandó se dé cumplimiento al testamento de doña Ana de Sandoval, su mujer de quien fue albacea; por tanto “para descargo de mi conciencia y de la de mi tío”, manda que su albacea dé cumplimiento a lo que faltare en dicho testamento de Ana de Sandoval así como al de Nicolás Blanco.

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MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0021 · Item · 1696/03/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Juana de [Ojeda], vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de don Tomás [López] de Sagade Bugueyro [Bugueiro], dijo que los difuntos Nicolás Blanco y doña Ana de Sandoval, su mujer, le legaron y mandaron 3 000 pesos de oro común de sus bienes como consta en una cláusula de su testamento bajo cuya disposición falleció Nicolás Blanco; y que habiendo solicitado don Tomás Segade, su marido, por medio de la Real Audiencia a don Lope de Yribas [Iribas], albacea de Nicolás Blanco, los 3 000 pesos del legado, se despachó ejecución contra los bienes que dejó Blanco; y no habiendo entre sus bienes de donde sacar dicha cantidad, más que de un trapiche y hacienda, con lo cual se atrasaría mucho la cobranza, aunado a que podrían salir otros acreedores de Nicolás Blanco y oponerse a la ejecución de los bienes, beneficiándoles más el pago de contado; por lo cual convienen los otorgantes en que don Lope de Yribas [Iribas] otorgue obligación de pago por los 3 000 pesos, dejando libres dicho trapiche y hacienda. Asimismo, don Lope de Yribas [Iribas] se obliga a pagar dicha cantidad de la siguiente manera: 500 pesos a finales de mayo, 500 pesos para fines de agosto de esta año; y por los 2 000 peso restantes, se obliga a pagar 500 pesos cada seis meses después de los dos primeros plazos.

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MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0006 · Item · 1682/04/16
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Ana de Sandoval, mujer del Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, hija legítima de Salvador Moreno y Juana de Ojeda, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de Sevilla, en el barrio y arrabal de Triana, de donde ella es natural, otorga su testamento en donde declara fue casada en primeras nupcias con Juan Manuel [del Polear], con quien no tuvo hijos, y en segundas nupcias con el Capitán Nicolás Blanco, con quien tampoco ha tenido hijos. Ordena se digan por su alma 1 000 misas rezadas y las tres misas que llaman de la reina. Manda se le den 10 pesos de limosna a cada una de las cofradías citas en la iglesia parroquial de esta villa. Ordena se le dé a Juana, niña expuesta que ha criado en su casa, 2 000 pesos de oro común para ayuda a tomar el estado que Nuestro Señor fuere servido darle. Manda se le den a cada una de las mujeres pobres de esta villa 4 pesos, y a las que de ellas no tuvieren sayal ni manto y por falta de ellos han dejado de oír misa, en lugar de dichos 4 pesos se provea a cada una de un manto y una saya. Ordena se den de sus bienes 400 pesos para la obra que se está haciendo de la capilla mayor de la iglesia parroquial de esta villa de Córdoba. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, y una casa de morada en esta villa, en la calle de San Juan. Declara ser hermana de la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, por lo cual ordena que a su muerte se remita su patente al presbítero de dicha concordia para que se le digan las misas por su alma. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Nicolás Blanco y al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su sobrino, y como heredero universal a su marido.

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MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0032 · Item · 1644/06/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Manuel [del Polear], vecino de esta villa, hijo de Manuel Martín del Polear [sic] y de Beatriz Hernández Márquez, vecinos que fueron de la isla de La Palma, isla de Canarias, de donde es natural, otorga testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Amaro Luis por su servicio personal; a la viuda de José Hernández Vaquero; al Alférez Juan García Valero; a la viuda Beatriz de Sotomayor, y a otras personas que se mencionan en la escritura. Señala por sus bienes la casa de su morada, una negra esclava llamada María y veintinueve mulas y machos de recua. Menciona por sus deudores a Pedro Hernández de Asperilla, por un pleito que entre los dos se conchabaron, y en caso de que éste pague manda que se le den 200 pesos a los herederos de Jacinto [ilegible] a quien se los debe y le tiene embargado 800 pesos. Declara que fue casado con Ana de Sandoval, quien llevó de dote 500 pesos, pero él no se acuerda con cuanto la dotó. Nombra por sus albaceas testamentarios a Ana de Sandoval, y a Jusephe [José] de Medices [Medises], su cuñado; y por sus universales herederos nombra a su mujer, y a sus hermanas de las que no ha tenido noticia, y si fueren muertas que se herede a los hijos de éstas.

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MX UV.USBIX ANC-P-0005-PC_0005_0008 · Item · 1649/08/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan Manuel del Polear, vecino de esta villa y natural de la isla de la Palma, hijo legítimo de Manuel Martín del Polear y de Ana Márquez, otorga su testamento en el cual declara estar casado desde hace veintidós años con Ana de Sandoval, no habiendo tenido hijos. Entre sus bienes declara tener solar, casa y menaje; veintiocho mulas aparejadas, cinco de silla y un caballo; una negra llamada María; entre otros bienes. Ordena recoger una escritura en poder de Diego Díaz de los Pozos, Escribano Público de la ciudad de la Veracruz, en razón de unas tierras que compró este año, la cual ordena se remita a sus hermanas Juana y Ana que están en la isla de la Palma en el lugar de la Punta Llana [Puntallana]. Manda que lo registrado en un libro de deudas y cuentas que ha tenido con [roto] Fernández de Asperilla, sea para la fábrica de la parroquia de esta villa. Nombra como albacea al Regidor Antonio de Brito Lomelín y a la dicha Ana de Sandoval, a quien también nombra como heredera.

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