Juana de Olivares, vecina de esta villa, viuda de Francisco Vélez, hija de Diego de [Aralde] Molina y María de Olivares, vecinos de la ciudad de los Ángeles, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que debe al padre Francisco de Llanos y a la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa. Menciona que a ella le debe Pedro Gatica, Juan de Ferrera, Isabel Martínez, Diego Notario [sic]. Declara por sus bienes una casa de jacal nueva, una tembladera de plata, jubón de estafeta y otros bienes que se mencionan en la escritura. Señala que fue casada en primer matrimonio con Francisco [Pérez], quien no llevó a su poder cosa alguna, dentro del matrimonio procrearon a María de Caicedo que está casada, a Diego y a Juan, a quienes nombra como sus hereros. Y para cumplir este testamento nombra albacea testamentario a Juan Moreno Armario para que haga las diligencias necesarias.
UntitledJuan Moreno Armario, vecino de esta villa Córdoba, otorga que vende a Francisco de la Calle, vecino de esta dicha villa, una suerte de tierras ubicada en términos de esta villa, que por la parte del norte linda con tierra de Martín Álvarez; por la del poniente con tierras de Juan [de] Granados [Granada]; por la otra parte con tierras [roto] que fueron primero de Francisco de la Calle; y por otra parte con el ejido de esta villa. La vende en precio de 25 pesos de oro común.
UntitledJuana de Olivares, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Francisco Vélez, y que fue primero de Francisco Pérez, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que no tiene deudas; por sus bienes menciona una esclava negra llamada Isabel con dos crías, dos cajas de cedro, un manto nuevo, una saya, una tembladera de plata y unos zarcillos de oro. Señala que le deben los indios del pueblo de San Francisco Chocamán; Josephe [José] Hernández, Baltazar de Valle, Pedro Gatica y a otras personas. Ordena que se saquen dos bulas de difuntos, una por su abuela y la otra por Francisco Pérez; también manda que a su nieta Ana, hija de Juan Moreno Armario y de su hija María de Caicedo, se le dé para toda la vida una mulata llamada Inesilla. Declara que fue casada con Francisco Pérez, su primer marido, durante su matrimonio procrearon a María de Caicedo, a Diego que es de edad de veintisiete años y a Juan que es de edad de veinticuatro años; posteriormente en segundas nupcias se casó con Francisco Vélez, con quien no procreó hijos. Finalmente señala que tiene años que no sabe de su hijo Diego, pero manda que se le guarde herencia y se le espere por tiempo de cuatro años y en caso de que no aparezca, se venda esa herencia y de ahí se le mande a hacer misas a él y a ella. Nombra albacea testamentario a Juan Moreno Armario.
UntitledMaría de Caizedo [Caicedo], mujer legítima de Juan Moreno Armario, que antes lo fue de Juan García [de Lara], poblador de dicha villa, y dicho Juan Moreno Armario como tutor y curador de la persona y bienes de Francisco García, hijo legítimo de Juan García y la dicha María, en virtud de la tutela otorgan que venden al Alférez Juan García Valero, vecino de esta dicha villa, un solar [roto]. El solar se le dio a Juan García, por cuya razón le pertenece la mitad a María [de] Caizedo [Caicedo] y la otra a su menor hijo, por legítima paterna. Lo venden por precio de 10 pesos de oro común.
UntitledJuan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Domingo Antonio Gómez, su sobrino, vecino de esta villa, 6 suertes de tierra, las cuales tiene y posee en esta jurisdicción, incorporadas unas con otras al pago de la venta Vieja, que lindan por el oriente con tierras de los herederos de Juan Sid [Cid] difunto y por el medio día con el camino real que va de esta villa a la Veracruz; por el poniente con tierras y el ejido de esta villa; por el norte con el río Tleapa. Las cuales fueron primero de Juan Moreno de Armario y Gaspar de los Reyes, vecinos y pobladores que fueron de esta villa. Las vende por precio de 240 pesos de oro común.
UntitledEl Regidor Juan Cid, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Blas Hernández, vecino de esta dicha villa, 2 suertes de tierra eriaza que posee en los ejidos de esta villa, las cuales compró de Juan de Escobar, vecino que fue de esta villa, y las hubo de Pedro Hernández del Castillo, poblador que fue de esta villa. Dichas suertes lindan con tierras de la venta Vieja a la banda del sur; por la parte del norte con el arroyo “y corren para la Peñuela; y por la parte del poniente con tierras que fueron [Juan] Moreno Armario. La vende en precio de 60 pesos de oro común.
UntitledJuan Moreno Armario, vecino y poblador de esta villa de Córdoba, otorga que vende por juro heredad al Alférez Juan García Balero [Valero], vecino de esta villa, 2 suertes de tierra que tiene en el pago del cerro de Zacatepeque [Zacatepec]; dichas suertes lindan de las cabezadas de las tierras que eran de Jacinto Ruiz, que ahora son del dicho alférez, y corren hacia el cerro de Zacatepeque [Zacatepec]; por la banda del sur con suertes de tierras de Hernando de Arellana [Arellano], que son también del dicho Alférez Juan García Valero. Las vende en precio de 45 pesos de oro común, que ha recibido en reales de contado.
UntitledJuan Moreno Armario y María de Caicedo, su legítima mujer; conjuntamente con Juan Pérez de Olivares, hermano de dicha María; hijos de Juana de Olivares, difunta, y de Francisco Pérez, primer marido de doña Juana, vecinos de esta villa; otorgan que venden a [Diego] de Brito [Lomelín], vecino de esta villa, medio solar y casa de jacal, el cual linda con la plaza y cuadra de la iglesia parroquial de esta villa, calle en medio mirando [roto] iglesia, y por otra parte con [roto] propios y mirando hacia [roto]. Hacen la venta en el precio de 60 pesos. Finalmente declaran que dicho solar es el mismo que se le señaló a la dicha Juana de Olivares con su segundo marido Francisco [de] Vélez, poblador que fue de esta villa.
UntitledJuan Moreno Armario, vecino de esta villa, uno de los pobladores de ella, marido de María de Caicedo, primera mujer que fue de Juan García de Lara, tutor y curador que fue de Francisco García, por poder que tiene concedido, otorga que vende a Hernando Esteban Abad, caballería y media de tierra que tiene en términos de esta villa. Dichas tierras son las mismas que se señaló a dicho García de Lara y a María por la población que hicieron de esta villa; linda por la parte del [norte] con tierras de Martín Álvarez y por la [roto] con tierras del Regidor [Antonio] de Brito; por la parte del oriente con tierras del ayudante Matías de Betanzos; por otra parte con tierras de los indios del pueblo de Amatlán de esta jurisdicción, las cuales están eriazas y despobladas. Las venden en precio de 250 pesos de oro común, 125 que le ha de pagar para fin de septiembre del presente año, y los 125 [roto].
Untitled[Juan] Moreno Armario, vecino de Tehuacán, otorga que vende a Salvador de [Brito], vecino de esta villa, una casa que tiene de jacal, la cual es de 6 varas de largo, con sus puertas y ventanas, fundada en un medio solar, “del que le repartió el Cabildo de esta villa a Francisco Vélez fundador de ella y a Juana de Olivares su mujer, ya difuntos, de quien hubo María de Caicedo, mujer del dicho Juan Moreno, dicho medio solar, y por manda que le hizo Juana de Olivares, madre de la citada María de Caicedo para [roto] hiciese casa, y por haberse ido a vivir con el dicho Juan Moreno al pueblo de Tehuacán y no ser menester la dicha casa” la vende a dicho Salvador de Brito. Dicha casa linda por una parte con los solares de la iglesia parroquial, calle en medio, y a la banda de donde el sol sale, linda con todo el solaron en que está fundada la casa de piedra del Bachiller Diego [Núñez] Centeno; y por enfrente del norte con solar y casa de Agustín de Alcalá [Íñiguez], calle en medio; por la banda del poniente está el dicho medio solar, contiguo con el otro medio de que se dividió, que es de Diego de Brito [Lomelín], debajo de los cuales linderos está fundada dicha casa. La vende en precio de 45 pesos de oro común, que confiesa tiene recibidos.
Untitled