Antonio Ferrera de Tévez, fundador de esta villa de Córdoba, como padre y legítimo administrador de Juan de Ferrera [de Tévez] y María [Ferrera] de Tévez, sus hijos y de Francisca de la Peña, su legítima mujer, difunta, otorga por él y en nombre de sus herederos que vende a Juan de la Rea, vecino de la ciudad de los Ángeles, dueño de carros, 3 caballerías de tierra en que tiene un rancho, las cuales están “por bajo del pago que llaman la Mata de los Otates”, jurisdicción de esta dicha villa, que linda por una parte con tierras de Juan Martín de la Piedra y Alonso Galván hacia el oriente; con tierras que posee el dicho Juan de la Rea y Jusepe [José] de Brito por la parte de abajo; y por la parte de arriba hacia el norte y camino real que va a la Veracruz con tierras de Agustín de Alcalá [Íñiguez] y del Alférez Juan García Valero. Lo vende en precio de 520 pesos de oro común.
Sans titreIsidro de Zetina [Cetina] y Juana de Morantes, su legítima mujer, vecinos de esta dicha villa, y la susodicha con licencia previa de su marido otorga poder general a su marido Isidro de Cetina, para que en su nombre pida, reciba y cobre de cualquier persona las cantidades que le debieren; así por aplicaciones que ante cualquier justicia se le hayan hecho en los autos y juicio divisorio de su primer marido José de Brito.
Sans titreDiego de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, como tutor y curador de José y María de Brito mujer de Manuel Fernández, sus sobrinos, hijos legítimos de Joseph [José] de Brito su hermano difunto y Juana de Morantes; también presente el dicho Manuel Fernández como marido y conjunta persona de María de Brito, dijeron que la dicha Juana de Morantes y los menores tienen una casa de vivienda que les dejó José de Brito [Lomelín] el “Viejo” e Inés de Morantes su mujer, en la cual tienen por mitad dicha Juana y los citados menores. Señala que tienen convenidos con la dicha Juana en que ella viva en la sala y alto, y que para dichos menores quede la tienda con su alto y cocina para poder arrendar; por lo que realizado el acuerdo los comparecientes otorgan que arrendan a Guillermo Aquino la tienda y alto por tiempo de un año, en precio de 31 pesos de oro común que les ha de dar y pagar por fin del año.
Sans titreDiego de Brito Lomelín, vecino de esta villa, como tutor y curador de Joseph [José] de Brito, su sobrino, hijo legítimo de [José] de Brito [Lomelín], su hermano, y de Juana de Morantes, su mujer, difuntos, por la presente otorga en arrendamiento a Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, una suerte de tierra con cuatro pedazos de caña dulce, entendiéndose que los tres pedazos son rastrojos de caña y uno de molienda, por tiempo de dos años a partir del primero de septiembre de 1679, por precio de 90 pesos de oro común anuales.
Sans titreDiego de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, tutor y curador de Joseph [José] de Brito, su sobrino, hijo de Joseph [José] de Brito [Lomelín], hermano del otorgante, y de Juana de Morantes, difuntos, otorga en arrendamiento a Francisco de Aguilar, vecino y Regidor por Su Majestad de esta villa, 2 suertes de tierra montuosa y eriazas, que su sobrino tiene y posee por bienes suyos heredados de su padre en esta jurisdicción, en la mata que dicen de Lemos, que linda por el oriente con tierras del trapiche que fue de Gaspar González; por el norte con las tierras del trapiche de dicho regidor; y por el sur con las del trapiche del Regidor Joseph [José] de Leiva. El arrendamiento lo hace por tiempo de seis años, a partir del 1 de enero de 1681, y por precio de 7 pesos y medio anuales.
Sans titreJoseph [José] de Brito, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo de los difuntos Joseph [José] de Brito y Juana [de] Morantes, vecinos que fueron de esta villa, dijo que a la muerte de sus padres por ser menor de catorce años y por tener algunos bienes, el 24 de marzo de 1670 le fue asignado como su tutor y curador Diego de Brito Lomelín, su tío, cargo que disfrutó hasta el día de su muerte en octubre de 1682, arrendando sus bienes y cobrando las rentas; y por cuanto ha carecido de ellos y está pasando muchas necesidades y trabajos sin poder buscar su vida, solicita se mande a doña Luisa de la Torre, viuda [de] su tío, como la persona en cuyo poder entraron los bienes de su tío, le entregue todos los bienes que le pertenecen para que él los administre y disponga a su voluntad.
Sans titreJoseph [José] de Brito, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Luis Fernández de Andrada [Andrade], vecino de esta misma villa, un solar eriazo de 50 varas en cuadro, el cual obtuvo por herencia de su tío y abuelo Joseph [José] de Brito [Lomelín]; dicho solar linda por el oriente con solar del Alguacil Mayor Francisco de Solís; por el poniente con solar de Joseph Gómez Dávila, calle en medio; por el sur con casa que fue del dicho abuelo y al presente es del Capitán don Tomás López de Zagade [Sagade]. La venta la hace por precio de 200 pesos de oro común.
Sans titreDoña Catalina de Esparragossa [Esparrogosa], mujer legítima de José de Leyva [Leiva], vecino y Regidor de esta villa, con expresa licencia de su marido, dijo que por cuanto su marido y ella poseen en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, un trapiche de hacer azúcar, cuyas tierras lindan por el oriente y parte del norte con tierras del trapiche que fue de Gaspar González, por lo restante del norte con tierras de los herederos de José de Brito; por el poniente con baldíos de esta villa; y por el sur con tierras del Capitán Nicolás Blanco. Asimismo, señala que tiene en esta villa una casa de vivienda con las paredes de cal y canto, cubierta de teja; sobre dicha hacienda de trapiche y casa tienen impuesto y cargado 1 000 pesos de principal de un censo a favor de la obra pía para casar huérfanas, que mandó instituir y fundar de sus bienes el padre Juan Francisco Ricardo, difunto, Cura Beneficiario que fue del partido de Tlacotepec; y para aumentar dicha hacienda de trapiche pretenden imponer y cargar sobre ella a censo principal redimible otros 500 pesos de oro común, los cuales para dicho efecto les da y tiene [roto] el padre Diego Jaymes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], actual Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico de dicho partido de Tlacotepec y patrón de dicha obra, para que a favor de ella hagan la imposición sobre dicha hacienda de trapiche y casa. Para cumplimiento de lo anterior otorga poder a dicho Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre y juntamente imponga y cargue sobre sus personas y bienes el dicho censo de los 500 pesos, y la obligue a la paga y satisfacción de sus réditos.
Sans titreJoseph [José] de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, mayor de veinticinco años de edad, vende al Capitán Tomás López de Sagade, vecino y Alcalde Ordinario de esta villa y su jurisdicción, la mitad de una casa alta de cal y canto, cubierta de teja, compuesta de una tienda, sala baja, aposento bajo, una sala alta y un aposento alto sobre la tienda, con el solar en que está fundada, que linda por el oriente y sur con solares de los herederos de Domingo Álvarez; por el norte con un solar suyo, la calle Real en medio; y por el poniente con solar de Antonio del Castillo; propiedad que él y su hermana María Brito [de Lomelín], heredaron de sus abuelos Joseph [José] de Brito e Inés de [Morantes], quienes la dejaron por el resto de sus días a Juana de Morantes, madre del otorgante, y de la cual su hermana vendió su parte a dicho Capitán. La vende por precio de 500 pesos de oro común, de los que tiene recibidos de contado los 470 y los 30 pesos restantes por pago de alcabala.
Sans titreCristóbal Moreno [roto], vecino de esta villa de Córdoba, vende a Benito Rendón, vecino de esta villa, medio solar de 50 varas de largo y 25 varas de ancho, que linda por el oriente con solar de Juan Antonio [roto], calle en medio; y por el norte con solar de Francisca [roto]. Declara que el solar lo heredó de Ana, niña, hija legítima del otorgante y de Melchora de los Reyes, su difunta esposa, asimismo, Melchora lo heredó de su madre Josepha [Josefa de] Brito, la cual lo recibió en forma de dote por parte de Joseph [José] de Brito [Lomelín] “el Viejo”, por haberla criado en su casa cuando contrajo matrimonio con Nicolás de Sierra, padre de Melchora.
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