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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANC-P-0001-PC_0001_0001 · Unidad documental simple · 1635/08/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Leonor Alonso, vecina de esta villa de Córdoba, natural del puerto de Moguel [Moguer] en los Reinos de Castilla, hija legítima de Francisco Moreno y de Isabel Alonso Capinsona [sic], vecinos del dicho puerto, ya difuntos, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara por bienes una casa y su solar; 2 suertes de tierra “que la villa nos dio a mí y a mí marido”; manda que dichas tierras se den al convento de Nuestra Señora de la Merced y Redención de Cautivos de esta villa. Nombra albaceas a Pedro Rodríguez y Antonio Hernández, vecinos de esta villa.

JUAN MORENO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0014 · Unidad documental simple · 1663/02/13
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Juan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento a Tomás Tinoco, vecino de esta jurisdicción, un rancho de labor que posee en el rincón que llaman del Encino jurisdicción de esta villa, de la vereda que va desde el pueblo de Amatlán al Naranjal, el cual linda por el poniente con tierras de Joseph [José] de Brito y por el oriente con un arroyo que divide las tierras de [roto] y las del comedero de la boyadas de los carros de dicho alférez mayor; por el norte con tierras que fueron de Alonso Galván y por el sur con el río Blanco. Declara que junto con el rancho le entrega una casa de jacal grande de 9 brazas de largo, una cocina y el apero que se menciona en la escritura. Lo arrienda por tiempo de 6 años en 50 pesos de oro común cada uno.

DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0015 · Unidad documental simple · 1663/05/31
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Diego de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario, declara que hizo petición a los señores justicias de esta villa, para que le otorguen un solar para hacer casa de vivienda, el cual es de su comodidad uno que la villa tiene en la en la plaza de ella, que linda por el oriente con solar del señor Alférez Mayor Juan García Valero, por el norte con dicha plaza, por el poniente con solar que fue del Alguacil Mayor Bartolomé Rodríguez Bolaños, por el cual ofreció dar 60 pesos de oro común impuestos a censo redimible en favor de los propios de esta villa. También señala que por auto celebrado en el Ayuntamiento las justicias le concedieron el solar que solicitó, con agregación del que le sigue, por ser barranco e inútil, con calidad de que haga escritura de obligación. Por lo que cumpliendo con el auto expresado, otorga que se obliga de dar y pagar a la villa de Córdoba 3 pesos y 2 tomines de oro común de censo de tributo y rédito en cada un año hasta la redención del principal.

JOSÉ BLANCO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0021 · Unidad documental simple · 1663/06/26
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Domingo Márquez, vecino y Alguacil Mayor de la ciudad y provincia de Tepeaca, declara que por cuanto habrá tiempo de seis años que Juan de la Cruz “por otro nombre Juan Grande”, su esclavo, se ausentó y huyó de su casa y servicio; que en ese entonces no pudo hacer diligencia para buscarlo debido a que estuvo preso en la cárcel de la Santa Inquisición. Asimismo dijo que al presente tuvo noticias que en 1658 dicho esclavo fue aprehendido por Gaspar González, vecino de esta villa. En ese tenor solicitó a Gaspar González la entrega de dicho esclavo, y como no lo presentó, recibió a cambio 360 pesos de oro común por el valor y salarios personales. Por tal motivo, señala que cede y traspasa al citado Gaspar González los derechos sobre el esclavo Juan de la Cruz, para que otorgue escritura de venta en caso de que quiera disponer de él como cosa suya.

DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0033 · Unidad documental simple · 1663/05/09
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Hernando Esteban Abad, vecino de esta villa, declara que vendió al Alférez Juan García Valero, 4 suertes de tierra que tiene en esta jurisdicción, en el pago de la venta Vieja, que las compró por bienes de Gaspar [de los] Reyes, vecino que fue de esta villa, dichas tierras lindan por el oriente con otras 2 suertes de tierra de dicho alférez; por el poniente con baldío de esta villa; por el norte con el río de Tleapa. Las vende por precio de 100 pesos de oro común.

DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0034 · Unidad documental simple · 1663/08/06
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Bachiller Jhoam [Juan] Bermúdez de Escobar, Clérigo Presbítero, hijo legítimo de Luis Felipe Bermúdez y María Blas de Escobar, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad e isla de la Palma una de las Canarias, de donde es natural, Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que después de su fallecimiento sus albaceas celebren misas por su alma; se den 2 pesos de sus bienes a las tres cofradías que están fundadas en la iglesia parroquial, la del Santísimo Sacramento, la Limpia Concepción y de las Benditas Ánimas del Purgatorio. Declara que fue casado con doña Andrea de Paz Monterrey y cuando contrajeron matrimonio doña Juana Ramírez, cacica de Tlaxcala, le dio en dote 3 000 pesos de oro, porque la había criado. Ordena que la herencia de sus padres la hereden sus sobrinos Manuel y María, hijos legítimos de Luis de Brito Bermúdez difunto y de Beatriz Bermúdez [de Escobar] su hermana. Declara que debe y le deben las personas que se mencionan en la escritura. Señala por sus bienes la herencia paterna y materna que le corresponde, un jacal que tiene en un rancho fundado en esta villa, ropa y menajes de casa. Nombra albaceas a sus compadres Diego de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario de esta villa, y Salvador de Brito Lomelín; y como heredero universal nombra a su alma.

JOSÉ BLANCO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0035 · Unidad documental simple · 1663/09/26
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Nicolás Blanco, hijo legítimo de Baltazar Blanco y María Álvarez, ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que después de su fallecimiento sus albaceas celebren más de quinientas misas por su alma; de sus bienes se dé a Ana González 1 000 pesos para ayuda a su estado, dado el caso de no tomar estado dispone que con dicha cantidad se casen cinco huérfanas de esta villa; también se den a María Álvarez su sobrina 200 pesos, a Gertrudis de Gatica su sobrina otros 100 pesos y a Josep [José] de Olivera que ha criado en su casa 400 pesos de oro común. Declara que es casado con doña Ana de Sandoval, viuda que era de Juan Manuel [del Polear], durante el matrimonio no han tenido hijos. Señala por sus bienes y de la dicha su mujer las casas que habitan, dos negras, un negro de cinco años y una mulatilla, así como otros bienes que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas a Joseph [José] Blanco y Marcos Blanco, sus hermanos, e instituye como su universal heredera a la dicha su mujer Ana de Sandoval.

DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0058 · Unidad documental simple · 1666/08/05
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Miguel de Prado, Profesor de Medicina y Cirugía, declara que tiene convenido con algunas personas asistirlas en esta villa, por tiempo de un año, que empezó a correr desde primero de julio del presente año. En dicho convenio se obligó a curar a las personas que se mencionan en la escritura, a sus mujeres, hijos, esclavos y demás familias que no ganan salario; asimismo, a preparar los medicamentos caseros que fueren necesarios sin que por ello se le tenga que pagar más, salvo los medicamentos de botica que se pagarán aparte. Y por su trabajo y asistencia le han de pagar por tercios adelantados las personas siguientes: el Alcalde Diego de Brito Lomelín 30 pesos; el Alcalde Francisco de Aguilar 40 pesos; el Capitán Nicolás Blanco 70 pesos; el capitán [roto] 15 pesos; Joseph [José] Blanco 35 pesos; Marcos Blanco 30 pesos; Jacinto Pérez [Padrón]; Pedro Juárez [roto]. Y para su debido efecto otorga que se obliga a asistir sin ausencia ni falta ni demora.

ALONSO DE SALCEDO Y PAZ, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0014 · Unidad documental simple · 1673/04/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, estante en esta villa de Córdoba, otorga poder a Diego de Brito Lomelín, su hermano, vecino de esta villa, para que en su nombre compre de fiado o contado a Antonio [de] Mayorga, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de hacer panela que el susodicho tiene en esta jurisdicción al pago de la Peñuela, nombrado San Francisco de Paula, con las tierras, casas y calderas, moliendas, cañas dulces, ganados, avíos y aperos. Asimismo, para que reconozca el censo que sobre dicha hacienda está impuesto y cargado a favor del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de México.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0016 · Unidad documental simple · 1673/04/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, y Diego de Brito Lomelín, compadres y vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que para mayor unión y conservación del [parentesco] y amor que se tienen, y para mayor servicio de [Dios Nuestro] Señor y bien de ellos, hacen compañía en el trapiche de hacer panela que Pedro López del Castillo compró a Antonio de Mayorga y Felipa de la Cruz, su mujer, compuesto por 3 caballerías y 2 suertes de tierra en esta jurisdicción, que linda con el sur con una barranca que divide dichas tierras y las del pueblo de Amatlán, y por las demás partes con los baldíos de esta villa. El trapiche y demás bienes y efectos que lo componen montan la cantidad de 3 858 pesos 4 reales, los cuales pone Pedro López del Castillo por su parte en esta compañía, en tanto Diego de Brito Lomelín pone en esta compañía la solicitud y trabajo de su persona y los bienes necesarios que tiene para dicha hacienda, como lo es la casa de su vivienda en esta villa, su esclavo Francisco y demás géneros necesarios, durante cuatro años que dure la compañía.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL