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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0289 · Unidad documental simple · 06/06/1620
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Juan de la Torre, natural de la ciudad de San Agustín [de la Florida], provincia de la Florida, hijo legítimo de Juan González de la Torre y de María de Leyva [Leiva], vecinos que fueron de la dicha ciudad, y residente en Jalapa, hace gracia y donación a su madre María de Leyva y a su hermana María González de la Torre, de unas casas de morada en la ciudad de San Agustín, ubicadas en la calle del Barrio Nuevo, linda con el Hospital de Nuestras Señora de la Soledad y con el pantano.

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MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0059 · Unidad documental simple · 1646/12/29
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Juan de Miranda [y Leiva], Alcalde [roto] de Córdoba, uno de los primeros pobladores de esta villa, hijo legítimo de Juan Díaz [roto] y de doña Bernardina de Leyva [Leiva], otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que tiene deudas con Miguel Méndez, Diego Núñez Centeno, Toribio [García] y Juan García [de Miranda], sus hijos, y Tomás de Jáuregui. Manda se entreguen 10 pesos a la cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta villa. Declara [roto] tuvo cuentas con el Capitán Manuel Barbosa Cuello, vecino de Alvarado, de pescado que le dio. Menciona que para la obra de la iglesia parroquial de esta villa, [roto] se le encargó la fábrica para cobrar las mandas y gastar lo necesario, de lo cual hizo cuaderno de recibo y gasto. Declara que a él le deben Francisco Ramón Guzmán; Pedro Picaso [Picasso], dueños de carros de Orizaba; Juan Ruiz Durán; el Corregidor Alonso de [Guzmán], y otras personas a las que manda se les cobre. Señala por sus bienes dos solares que se le repartieron en la fundación de esta villa; [veinticinco] bestias mulares de carga; cabezas de ganado. Declara estar casado con Ana de Burgos Durán, dentro del matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a María y Ana de Leyva [Leiva], que al presente están casadas con Juan García de Miranda y con Toribio García; a Joseph [José] de Leyva [Leiva] y a Juan de Leyva [Leiva]. Nombra por sus albaceas testamentarios a Juan García de Miranda y a Ana de Burgos; como tutora y curadora de bienes a Ana de Burgos Durán, y como sus universales herederos a Joseph [José] y Juan. Por otra parte menciona que a su hijo Joseph [José] lo deja a cargo de su recua. Finalmente manda se haga inventario de sus bienes.

ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0072 · Unidad documental simple · 1667/08/08
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

María de Leiva, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan García de Miranda, dijo que su marido vendió al Alférez Mayor Juan García Valero, caballería y media de tierra eriaza en el pago que llaman el Rincón, a precio de 250 pesos de oro común. Y por cuanto dicho Alférez tiene pagado y satisfecho el valor de las tierras, le ha pedido la escritura de venta, y poniendo en efecto la voluntad de su marido como albacea testamentaria, otorga que vende a dicho Alférez Juan García Valero, la caballería y media de tierra, en el precio señalado.

MARCOS BLANCO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0020 · Unidad documental simple · 1674/07/18
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

María de Leiva, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan García de Miranda, otorga su testamento donde declara haber procreado a Juana García de Miranda, ya difunta, casada con el Sargento Antonio Hernández, con quien tuvo un hijo nombrado Juan; a Josepha [Josefa] García de Miranda casada con Joseph [José] de Olivera; a María [García de] Miranda, doncella; y a Blas, que murió en la edad pupilar. Declara por bienes una caballería y media de tierra y una suerte de tierras que tiene en esta jurisdicción, las cuales lindan por el sur con tierras del Alférez Mayor Juan García Valero y por el norte con tierras que llevó en dote su hija Josepha [Josefa]. También declara tener una casa de vivienda, cubierta de zacate, con medio solar en que está fundada en esta villa, y una negra esclava nombrada María. Nombra como albacea a Joseph [José] de Leiva, su hermano, Regidor de esta villa, y como herederas a sus hijas Josepha [Josefa] y María y a su nieto Juan.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
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MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0089 · Unidad documental simple · 1719/08/27
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Isabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de [roto], hija de Juan Pérez de Moya y Tomasa [Martín], otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajada con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Tercera Orden es hermana de hábito descubierto, y sepultada en la iglesia de esta villa en el altar de Nuestra Señora de la Soledad. Declara es hermana de algunas cofradías de la iglesia de esta villa, manda repartan limosnas entre ellas. Declara fue casada por treinta años con Jerónimo de Leiva, durante éste procrearon a Nicolás, casado; a Fray Jerónimo, profeso lego del convento del Señor Santo Domingo de la ciudad de los Ángeles; a Matías, soltero; a Bernabela, mujer de Antonio de Aponte; a Juan, casado; y Antonio de Leiva. Habrá tiempo de diecinueve años que falleció su marido, en cuya testamentaria se formaron autos del juicio divisorio de sus bienes con sus herederos y ella fue nombrada su albacea, y de lo que a cada uno de sus hijos tocó constará en los autos en los que declara tenerles dado su paterna. Declara que en una de las cláusulas del testamento de don Nicolás de Olivera, le legó y mandó por vía de restitución 500 pesos, que no ha podido cobrar por haber recaído el albaceazgo en el Capitán Juan de los Santos Cubillos, difunto, y de lo que se siguen autos contra el susodicho. Señala que, por muerte de María de Leiva, su hija, mujer que fue de Tomás García, por no haber tenido hijos, la nombró a ella como su heredera y sus bienes está poder del Sargento Antonio de Villavicencio. Declara por bienes suyos la casa de su morada, de cal y canto, junto con su menaje, la cual está libre de censo. Tiene por esclavo a Francisco de la Cruz, negro [roto], manda que el día que ella fallezca goce de libertad y manda que esta cláusula sirva de título. Manda que a su hijo Antonio se le dé una caja y un relicario de plata. Nombra por sus albaceas al Licenciado don Nicolás de la Torre y [Mena], Vicario y Juez Eclesiástico, Comisario de la Santa Bula de Cruzada [roto]. Nombra heredera del quinto de sus bienes de Bernabela, su hija, y Bartolina de Leiva, su nieta, y por sus herederos a sus hijos.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0147 · Unidad documental simple · 1703/10/20
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Catalina de Esparragosa, natural de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], hija legítima de Alonso Miguel de Esparragosa y de María Martínez, vecinos que fueron de dicha ciudad; dijo que por la gravedad de su achaque no le da lugar para otorgar su testamento, por lo tanto, otorga poder al Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara estar casada con dicho regidor y durante dicho matrimonio han procreado diferentes hijos, unos casados y otros ya difuntos. Instituye y nombra por albacea testamentario y tenedor de bienes a su marido. Nombra por sus únicos y universales herederos a Antonio de Leiva, su hijo legítimo; a los hijos de José Gómez Dávila y de doña María de Leiva Esparragosa, su difuntos hijos; y a los hijos del Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, su hijo, y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; y a los hijos naturales del Capitán José de Leiva Esparragosa, su difunto hijo, que lo son Josefa de Leiva, María de Esparragosa y Juan José, niños.

JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0035 · Unidad documental simple · 1711/03/11
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Tomás García, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María de Leiva, su legítima mujer, difunta, y en virtud de poder para testar que le confirió en esta villa, por la presente otorga el testamento de su mujer de la siguiente manera: Declara que María de Leiva falleció el 14 de octubre pasado y el día 15 fue sepultada en la iglesia parroquial de esta villa. Dejó ordenado se diga una misa rezada a Santa Gertrudis, por la limosna de un peso, en su altar que está en la capilla de la Tercer Orden de Penitencia de esta villa; cuatro misas rezadas por la limosna de un peso a la Virgen de Cosamaluapam [Cosamaloapan] en su santuario; otra al Santísimo Cristo de Yshuatlan [Ixhuatlán] en su santuario; otra a San Miguel del Milagro, en su santuario; y otra a Nuestra Señora de Aquila, también en su santuario. Ordena se le entregue a Bernabela de Leiva, su hermana, dos sayas de piquin [Pekín], una casaca negra, un tapapiés de seda verde y una caja. Declara que hace poco más de seis años que contrajeron matrimonio y que María de Leiva llevó al matrimonio 232 pesos que le tocaron de su hijuela de partición de los bienes de Jerónimo de Leiva, su padre, y después, Isabel Pérez de Moya, su madre, les dio un cuarterón de solar en 25 pesos, asimismo, él llevó al matrimonio la cantidad de 250 pesos. Se nombra el otorgante como su albacea testamentaria de su mujer y como heredera universal a doña Isabel Pérez de Moya, su madre.

JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
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MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0011 · Unidad documental simple · 1692/04/28
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Doña Josepha de Miranda [Josefa García de Miranda], vecina de la villa de Córdoba, viuda, mujer que fue de Joseph de Olivera [José de Olivera], difunto, tutora y curadora de doña María de Leyva [Leiva], su hija legítima, declara que por cuanto la dicha su hija “mediante la voluntad de Dios Nuestro Señor y para su santo servicio ha elegido y tiene deliberado el ponerse en estado de Religiosa de Santa Clara en el convento de la ciudad de los Ángeles”, y atenta a que tiene ajustado con las religiosas de la entrada de la susodicha y concertada su dote en 5 000 pesos, “y me han pedido les otorgue obligación y seguro de dicha cantidad”, para que luego que llegue el caso de la profesión de la dicha doña María de Leiva se la entreguen. Por tanto, para que tenga efecto lo solicitado otorga por la presente que se obliga de dar y pagar a dicho convento de religiosas de Santa Clara 5 000 pesos en que tiene ajustado la dote de su hija. Por último, señala que para asegurar la cantidad hipoteca un trapiche de hacer azúcar, que tiene en esta jurisdicción, nombrado San Francisco, con sus tierras, cañaverales, ganado, esclavos y todo lo que le perteneciere.

NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0106 · Unidad documental simple · 1714/10/12
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Don Bartolomé de Estrada, vecino de esta villa, marido y conjunta persona de Anastasia de Betancur, en virtud del poder que tiene de la susodicha, vende a don Francisco Valero y Espinosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, caballería y media y una suerte de tierra en términos de Sacatapeq [Zacatepec], que fueron de María de Leiva, abuela materna, y que heredó la dicha su mujer. La vende al precio de 340 pesos, de los cuales 160 pesos le dio el comprador de contado y los 180 pesos restantes pagará para fin del mes de enero de 1715.

LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0001 · Unidad documental simple · 1674/01/14
Parte de Archivo Notarial de Córdoba

Joseph [José] de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, por cuanto está casado con Josepha [Josefa] García de Miranda, hija legítima de Juan García de Miranda, difunto, y de María de Leiva, vecina de esta villa, declara que ha recibido como dote de parte de su señora suegra los bienes, géneros y reales que se mencionan en esta escritura y que montan la cantidad de 643 pesos de oro común. Asimismo, Joseph [José] de Olivera otorga a su esposa, en honra de su limpieza y virginidad, la cantidad de 500 pesos de oro común en calidad de arras propter nuptias, que sumado a los 643 pesos de dote hacen 1 143 pesos oro común, los cuales se obliga a tener seguros y conservarlos sobre sus bienes.

DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL