Don José Guzmán y su hijo don Gorgonio Guzmán, de edad de veintidós años, vecinos de esta ciudad, dijeron que teniendo dicho Gorgonio necesidad de girar varios asuntos relativos a sus intereses y reputación, no pudiendo verificarlo por sí en razón de su minoría de edad, por ser preciso practicar gestiones judiciales, ni poder tampoco su padre dedicarse a ello, por sus atenciones y por carecer de instrucción, han resuelto que Gorgonio otorgue poder a persona que le desempeñe, a cuyo efecto su padre le ha dado autorización. Por lo tanto, Gorgonio otorga poder al licenciado don José María Aragón, de esta misma vecindad, para que a nombre del otorgante promueva cuanto contemple preciso en defensa de sus intereses y de la reputación del comparente, a cuyo fin cobre todo lo que le deban.
Sem títuloEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino, dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder general a Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, para que en su nombre lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, movidos o por mover, demandando como defendiendo, que tenga con cualquier persona y en cualquier juzgado, audiencia y tribunal, superiores e inferiores, de ambos fueros eclesiásticos y seculares. Asimismo, para que pueda vender un esclavo negro nombrado José Guzmán, criollo de catorce años, el mismo que hubo y compró de los bienes del Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, su difunto hermano,
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