María Josefa Ortiz, hija de don Roque Ortiz y de doña María Andrea Morales, difuntos, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: manda sea sepultada en la manera que lo disponga su albacea. Declara que sus bienes consisten en una casa de edificio bajo, con dos departamentos de vivienda, ubicado en esta ciudad a la calle que llaman de las Locerías. No tiene herederos forzosos. Manda que después de su fallecimiento se venda la expresada casa, y de su valor se divida en cuatro partes iguales, aplicándose una parte para su hermana Manuela [Ortiz], otra para su hermana Juana [Ortiz], otra para misas por su alma, y otra para alimentos de las señora y niñas que existan o entren a la casa del Beaterio de esta ciudad, y carezcan de facultades; advirtiendo, que si por alguna razón ella tuviese que disponer de su casa antes de su muerte o gravarla por alguna cantidad, ya sea que se separe de dicho Beaterio donde actualmente se halla, ya sea por alguna enfermedad, o por cualquier otro motivo, en ese caso, y de lo que quede libre de su pertenencia al tiempo que ella fallezca se harán las particiones por el mismo orden que queda explicado. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de sus bienes a don José Francisco González de esta vecindad.
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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0016
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1837/02/07
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