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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0066 · Unidad documental simple · 1836/06/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El presente escribano registra las actuaciones relativas al discernimiento hecho a doña Piedad Due, viuda de don José María Suárez, del cargo de tutora y curadora ad bona de su pupila hija María del Carmen Suárez Due, cuyas actuaciones comprehenden cuatro fojas.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0113 · Unidad documental simple · 1837/09/23
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Piedad Due, residente en este suelo, viuda de don José María Suárez, dijo que el 20 del presente mes, otorgó su testamento ante el presente escribano, y deseando darle firmeza a lo que declaró en la cláusula sexta acerca de los créditos pasivos y activos a la testamentaria de su difunto esposo, por la presente, por vía de codicilio ordena lo siguiente: ratifica que los créditos activos y pasivos de la testamentaria del nominado su difunto esposo, expresados en los autos son verdaderos, y manda se recauden los unos y se paguen los otros. También declara, que don Juan Nogueira le ha ministrado cuanto ella ha necesitado y le ha pedido, lo cual manda se le pague, sin exigirle comprobante alguno. Manda que se cumpla lo antes mencionado, junto con todo lo que dispuso en su testamento.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0049 · Unidad documental simple · 1838/06/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Piedad Due, viuda, mayor de edad, vecina del Plan del Río y presente en este suelo, otorga poder general al señor licenciado don José María Cordera, residente en esta ciudad, para que en su nombre gestione todo lo conducente en los negocios que estén pendientes por el intestado de su difunto esposo, promoviendo todo lo que sea necesario. Para que rija, gobierne y administre los bienes que le toquen a la comparente por fallecimiento de su esposo, girándolos, realizándolos, hipotecándolos, imponiéndolos o dándolos a partido según crea ser más ventajoso. Para que como tutora legítima que es de una niña que le quedó de su matrimonio, nombrada María del Carmen Suárez Due, se encargue dicho apoderado de percibir el haber que a esa menor le corresponde.

FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0024 · Unidad documental simple · 1838/10/30
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, de esta vecindad, otorga poder especial a don Ignacio Velasco, también de esta vecindad, para que, en su nombre presente a don Félix Lucido, apoderado de doña Piedad Due, la cuenta que le tiene formada, requiriendo su pago, así como, a todas las personas que le deban.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0078 · Unidad documental simple · 1839/06/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio Due, vecino de la ciudad de México y residente en esta, dijo que la señora su hermana doña Piedad Due, viuda de don José María Sánchez, dio su poder a don Félix Lucido para que administrase la venta del Plan del Río y sus tierras, y de los demás intereses de la testamentaria de aquel, entre los que se enumera, el que pudiera resultarse en el ramo de postas que contrató con la empresa de la Línea Unida de Diligencias. Que la señora Due rescindió el contrato celebrado respecto a las postas y le encargó al comparente la administración de todos sus bienes, por poder que le otorgó, y que revocó a Lucido, quedando pendiente en éste ultimo la liquidación de cuentas que ha tenido su efecto en esta fecha, que exhibe en estas fojas. El comparente, en virtud del poder que de su hermana tiene, aprueba la liquidación de cuentas y da por verídica sin margen de error de cálculo, y se da por entregado de los 537 pesos 2 reales 1 grano que resultan del alcance contra de Lucido, en la citada cuenta, y formaliza a su favor carta de pago y finiquito.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0085 · Unidad documental simple · 1838/09/15
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Piedad Due, viuda, mayor de edad, vecina del Plan del Río y residente en este suelo, dijo que el 16 de junio de 1836 dio poder general a don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate para que la representara en todos los negocios relacionados con la testamentaria de su finado esposo, don José María Suárez; y en 3 de agosto del mismo año confirió otro especial al mismo don Elías y a su hermano don Juan Nogueira para ciertos objetos concernientes a la misma testamentaria; y el 20 de junio de este año otorgó otro poder general al señor licenciado don José María Cordera para el mismo objeto que los anteriores, a causa de que los señores Nogueira no podían hacerse cargo por sus grandes ocupaciones. Asimismo, el señor Cordera recientemente ha sido promovido para juez de letras en el ramo civil, por cuyo motivo no le es posible seguir representándola. Por lo cual, revoca los poderes que anteriormente había otorgado y por la presente otorga poder general a don Félix Lucido, de esta vecindad, para que en su nombre gestione todo lo concerniente a los negocios que estén pendientes por el intestado de su referido esposo, promoviendo todo lo que sea necesario.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0054 · Unidad documental simple · 1838/12/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Piedad Due, natural y vecina de esta ciudad, hija de don Gerardo Due, difunto, y de doña Nicolasa García, otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casada con don José María Suárez, que falleció hace dos años y de cuyo matrimonio procrearon a doña María del Carmen Suárez Due, de ocho años de edad. Que cuando contrajo matrimonio no llevó a éste dote ni caudal alguno y su finado esposo tenía la negociación del Plan de Río y como a los tres años de casados quedó la negociación por su cuenta. Declara que su esposo falleció intestado, por lo que se siguieron autos en el juzgado de primera nominación de esta ciudad, habiéndose nombrado a la otorgante albacea dativa de Suárez y tutora de su hija, cuyos autos han terminado resultando a favor suyo 1 600 pesos y a su hija como heredera de su padre. Expresa que en el testamento que otorgó en esta ciudad el 20 de septiembre de 1837 y el codicilo del 23 del mismo mes y año, dijo que don Juan Nogueira, le había prestado cuanto había necesitado, por lo que dispuso que se le pagase, sin que procediese más requisito que un simple dicho, y que por lo mismo no le debe ni un maravedí. Declara que con su ex apoderado, don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, tiene pendiente un juicio de cuentas ante el señor Alcalde primero de esta ciudad, el cual sigue a su nombre su apoderado actual don Félix Lucido, a quién le tiene dadas las instrucciones necesarias para que gestione lo conducente. Declara que por fallecimiento de su esposo ha continuado con el arrendamiento de la expresada venta del Plan del Río y para su manejo tiene también dadas las instrucciones a su apoderado. Finalmente nombra por albacea a don José Antonio Due y por única y universal heredera a la expresada doña María del Carmen Suárez y Due.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0064 · Unidad documental simple · 1836/06/16
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Piedad Due, viuda de don José María Suárez, vecina del Plan del Río, mayor que expresó ser de veinticinco años, otorga poder general a don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, de esta vecindad, para que a nombre de la comparente gestione lo conducente en los negocios del intestado de su referido marido, promoviendo el juicio de inventarios, haciendo se practique en la forma legal; para que pida adjudicación de ello; para que hayan de intervenir en los giros de las negociaciones, ya sea con el carácter de administradores o de cualquier otro que corresponda; para que como tutora legítima que es la otorgante de una hija que le quedó de su matrimonio nombrada María del Carmen Suárez Due, se encargue dicho apoderado de percibir el haber que a esa menor le corresponda, dando las cauciones y seguridades que el Juzgado ordene; y para que tome cuentas de todas las personas que deban darlas.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0028 · Unidad documental simple · 1839/03/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Comparecieron don Miguel Zires, agente de la empresa de diligencias establecida en México, transeúnte en esta ciudad; y don Félix Lucido, vecino de ella, como apoderado de la señora Piedad Due, quienes exhibieron una escritura otorgada en la ciudad de México el 18 de febrero del presente año, ante el escribano don Ramón de la Cueva, en la que consta que la señora Due, viuda de don José María Suárez, vecino que fue de Plan del Río, y don Diego Ramón Somera, que hoy es dueño del establecimiento todo de Diligencias Línea Unida, rescindieron el contrato que Suárez celebró en 1º de abril de 1835 para servir los extraordinarios que ocurrieran desde Corral Falso a Veracruz en los puntos de ese derrotero por el término de cinco años, el cual por su fallecimiento quedó a cargo de la citada esposa, quien por los motivos que en dicha escritura se menciona ha renunciado expresamente el año y días que faltan para concluir dicho contrata bajo las cuatro condiciones que en ella fueron sentadas. Y el señor Zires dijo que faltando solo que el señor Lucido como apoderado actual de la señora Due le haga entregas de las postas que administra en Veracruz, la Antigua, Puente Nacional, Plan del Río y Corral Falso, y estando anuente a hacerlo luego que fue impuesto de la resolución de su poderdante, han convenido en que dicha entrega se haga en este día bajo las bases y condiciones que expresa el papel que en dos fojas exhibe. Por lo que, a través de la presente, ratifica los cuatro artículos que contiene dicho convenio, obligándose el señor Zires por don Diego Ramón Somera, y el señor Lucido por la señora doña Piedad Due, a cumplir respectivamente, cada uno, por lo que les corresponde en las cláusulas estipuladas sin variar su sentido.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0067 · Unidad documental simple · 1836/06/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Piedad Due, viuda y albacea de don José María Suárez, dijo que los bienes de su finado esposo son responsables a la cantidad de 2 000 pesos que la madre del mismo dejó en poder de éste, para que se distribuyesen en la forma siguiente: 600 pesos para doña Ana Josefa Suárez; 400 pesos para la sobrina María Antonia; 400 pesos para el sobrino Francisco; 300 para José Manuel; 100 para María Guadalupe Cebollon; 100 por el bien de su alma; 30 pesos para la señora Agustina; 30 para la señora Dolores; 30 para la ahijada Marciala; y 10 para María Dolores Cano; que no habiendo proporción para exhibir de pronto esa suma, propuso judicialmente la relacionante que serían satisfechos dichos 2 000 pesos en el plazo de seis meses, caucionando el pago con responsabilidad de don Manuel de Cano y Valle y don Juan Nogueira, ambos de esta vecindad, los cuales han sido admitidos. En cuya virtud, la enunciada doña Piedad Due, confiesa que los bienes de su finado esposo, don José María Suárez, son responsables a la cantidad relatada, otorga que como tal albacea de su marido, tutora y curadora ad bona de su menor hija María del Carmen [Suárez Due] y administradora de los bienes, se obliga a que en el plazo de seis meses serán satisfechas los repetidos 2 000 pesos, bajo la garantía de don Manuel de Cano y Valle y don Juan Nogueira, quienes a su vez se constituyen fiadores pagadores por los referidos 2 000 pesos y se obliga a entregar esa suma en el preciso término de seis meses.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO