Don Rafael Pensado y Navarrete, de esta vecindad, dijo que posee por suya propia una casa ubicada en esta ciudad al barrio de los Berros en sitio perteneciente a la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia, lindando por oriente con casa del finado José Manuel Tejeda, por norte con la de Nicolás Pozos y por sur con casita de rajas de un tal Carlos; y es dicha casa la misma que le compró a María de la Luz Aguilera de lo cual le resta pagarle un pico, sobre cuyo pago está convenido con la misma, sin que se halle ligada la repetida casa y por lo mismo puede disponer de ella libremente. Y por la presente, otorga que le vende a don José Ignacio Fuentes, vecino de la ciudad de Puebla la casa que queda deslindada en precio de 218 pesos y 6 reales, cuya suma queda en poder del mismo señor Fuentes en descuento de mayor cantidad que le adeuda el comparente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Rafael Pensado y Navarrete, de esta vecindad, dijo que por resto de cuentas le es deudor a don José Ignacio Fuentes, del comercio de Puebla, de la cantidad de 1 119 pesos y 7 reales procedentes de efectos que le ministró para comerciar. Que, careciendo de facultades en el día para hacer el pago de ese adeudo, a la vez que se le demanda por don Andrés Escobedo, como apoderado del señor Fuentes, convino con dicho personero darle en abono una casa que el relacionante ha poseído como suya ubicada en esta ciudad al barrio de los Berros en precio de 218 pesos y 6 reales. Y en esta misma fecha ha formalizado escritura de venta de la referida casa a favor de su acreedor, agregando 5 pesos valor del armazón que tiene dicha casa, que deducidos del cargo queda éste en 896 pesos y un real. A dicha suma deben aumentarse 25 pesos por las dietas del apoderado que vino desde Puebla a este cobro; 15 pesos uno y medio real por el costo de las escrituras de venta; y 12 pesos 2 y 3 cuartilla reales de esta obligación cuyos derechos paga Fuentes y de la alcabala que también pagó el mismo apoderado por igual motivo, componiendo todas esas partidas la cantidad de 948 pesos 5 y una cuartilla real que es lo que al final resulta debiendo el comparente al señor Fuentes. Y reduciendo a efecto confiesa ser deudor al repetido don José Ignacio Fuentes de los relacionados 948 pesos 5 y una cuartilla de real y otorga que se obliga a satisfacerlo en mensualidades de la mitad del sueldo que goce en cualquier destino.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO