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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0165 · Unidad documental simple · 1834/11/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

María Josefa Estefanía de Tejada y Erazo, de esta vecindad, viuda del Teniente Coronel don Juan José de Erazo, ha hecho manifestación de un documento en papel simple, otorga que todo su poder a don José Antonio Valdez y Mosqueira, vecino de Veracruz para que defienda a la comparente en todos los pleitos y negocios que le ocurran, y cobre las cantidades de pesos que le pertenezcan por cualquier título. Y generalmente para todos los asuntos que al presente tiene o en adelante se le ofrecieren, así demandado como defendiendo, pueda parecer en todos los tribunales eclesiásticos o seculares.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0073 · Unidad documental simple · 1836/07/02
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa Estefanía de Tejada y Erazo, mayor de edad, dijo que es dueña legítima de una casa ubicada en la ciudad de Veracruz a la calle nombrada de la Amargura con el número público 260, cuya finca se hallaba muy deteriorada y para su reparación consiguió de su pariente don José Antonio Valdez y Mosqueira la cantidad de 1 200 pesos; por lo que, ahora reduciendo a efecto, por el presente confiesa ser cierto y verdadero haber franqueado don José Antonio Valdez y Mosqueira los 1 200 pesos referidos y declara que es su voluntad se imponga ese capital en la propia casa con pensión de réditos de un 5 por ciento anual, y se obliga a que le será satisfecha esa suma tan luego como fallezca la otorgante, y para seguridad del pago hipoteca la expresada casa.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0041 · Unidad documental simple · 1838/11/27
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Protocolización del expediente relativo al intestado de doña María Merced Martínez de Fontes, en el cual y por renuncia de don José María Rodríguez Roa, recayó el cargo de albacea dativo en don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega. En cuyo expediente se encuentra la declaración testamentaria de doña María Merced Martínez de Fontes, con fecha en la villa de Xalapa a 9 de diciembre de 1829, en la cual menciona ser nativa de la ciudad de Veracruz, hija legítima de don Nicolás Martínez de Fontes y de doña Bárbara Olivera. Asimismo, declara que la casa de su morada la compró su madre con la herencia paterna correspondiente a su hermano Andrés Martínez de Fontes, difunto, y a ella. Menciona que la escritura de dicha casa se la entregó al teniente coronel don Pedro de Garza, esposo de su sobrina María del Rosario de Bono, hija del capitán de artillería don Benito de Bono. Declara que debe a varias personas, entre ellas al padre don Pedro Cos, capellán de Santa Teresa en Puebla, 124 pesos; al boticario don Antonio Cal, 100 pesos; a don José Cardozo en el portal de Flores, 10 pesos. Declara que a ella le deben varias personas, entre ellas la maestra zapatera Francisca Silva, 15 pesos; Severa Salinas, 18 pesos; Petra, hija del chino bordador, 8 pesos. Nombra como albacea al coronel Juan José de Erazo, con consulta del padre don José Policarpo Rodríguez. El remanente de sus bienes ordena se distribuyan en misas por su alma, la de su hermano, sus padres y sus hermanas Ángela, Trinidad Guevara y la Casa de Ejercicios de San Ignacio de esta villa.

ÁNGEL BENÍTEZ, ESCRIBANO NACIONAL
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MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0173 · Unidad documental simple · 1834/12/13
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa Estefanía de Tejada de Erazo, viuda, albacea y heredera del Teniente Coronel de Juan José de Erazo; y doña María Josefa Erazo, hermana de dicho finado, vecinas ambas de esta ciudad, mayores de edad y libre de ajena administración, dijeron que el referido finado fue dueño legítimo de una casa ubicadas en la ciudad de Veracruz a la calle de la Cruz Verde, marcada con el número 796, sobre cuyo fundo se hayan impuestos de capital, uno de 2 000 pesos pertenecientes a la capellanía que fundó don Pablo Gómez Sandoval y otro de 1 800 de la obra pía fundada por doña Inés Duarte y Correa a favor del convento de San Agustín, por cuyos réditos se adeudan algunas cantidades sin que sea fácil satisfacerlas por hallarse los comparente en circunstancias angustiadas; más no siéndoles fácil pasar a la indicada ciudad de Veracruz a practicar las convenientes gestiones han resultado facultar a una persona y reduciéndolo a efecto otorgan que da todo su poder especial a don José Antonio Valdez y Mosqueira, vecino de dicha de Veracruz, para que a nombre de las comparentes haga formal y solemne sesión de la relacionada casa en favor de las mencionadas capellanías y obra pía por los principales referidos y por los réditos vencidos que se adeudan, transmitiendo el dominio y propiedad del enunciado fundo en los representantes de esas acciones, a cuyo fin formalice la cesión jurídica o públicamente con todos los vínculos.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO